González Canales Carlos con Servicio de Impuestos Internos VII Dirección Regional Talca
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Talca |
|---|---|
| Rol | 24-2012 |
| Fecha sentencia | 8 mar 2013 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA Fallada/confirmada |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalEl SII apeló la recepción a prueba de un reclamo tributario solicitando agregar un punto sobre extemporaneidad. La Corte confirmó la resolución de primera instancia, estimando que la extemporaneidad, siendo materia de hechos constatables en el expediente, no requería prueba.
Texto de la sentencia
Certifico: que compareció a estrados, escuchó relación pública e hizo uso de su derecho de alegar la Abogada doña Carola Baeza Martínez, 15 minutos por el Servicio de Impuestos Internos. Talca, 08 de marzo de 2013.
1.- Que el Servicio de Impuestos Internos apela en contra de la resolución de siete de noviembre del año recién pasado que recibe la causa a prueba, solicitando que se agregue como punto en ella, uno relativo a los hechos que permitirían acreditar que el reclamo se presentó fuera de plazo.
2.- Que la extemporaneidad ha sido planteada como alegación dirigida a que se desestime el reclamo del contribuyente, lo que el juez a quo deberá resolver en definitiva.
3.-Que dicho aspecto de la controversia puede ser resuelto sin necesidad de recibirlo a prueba por cuanto recae sobre hechos que constan del proceso, en virtud de lo cual no es dable acceder a lo impetrado en el recurso.
Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 139 y 148 del Código Tributario, 89 y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, en su parte apelada, la resolución de siete de noviembre de dos mil doce, escrita de fojas 59 a 65, sin costas del recurso.
Cómo resuelve este tribunal
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