Azul Azul S.A. con Consejo para la Transparencia
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 123678-2022 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 28 jun 2023 |
| Recurso | Queja |
| Sala | Tercera · Constitucional |
| Resultado | HA LUGAR Acogido recurso de queja |
| Ministros | Diego Munita Luco · Sergio Muñoz Gajardo · Ángela Vivanco Martínez (redactor) · Mario Carroza Espinosa · Pedro Águila Yáñez |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte Suprema acoge queja de Azul Azul contra decisión del CPLT que ordenó entregar información sobre deudas tributarias, reconociendo que datos sobre morosidades, condonaciones y convenios de pago constituyen información sujeta a reserva tributaria que afecta el prestigio comercial de la sociedad.
Hechos
Alejandro Torres Musatto solicitó a la Tesorería General de la República información sobre deudas tributarias, condonaciones y convenios de pago de clubes de fútbol profesionales, incluyendo Azul Azul. La Tesorería rechazó invocando reserva comercial. El CPLT acogió el amparo, ordenando entrega con redacción de datos personales. Azul Azul interpuso reclamo de ilegalidad, rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago. Azul Azul recurre de queja a la Corte Suprema.
Considerandos clave
La Corte reconoce que la información tributaria por regla general es secreta conforme al Código Tributario, siendo excepción que ceda a publicidad. Analiza que las personas jurídicas son titulares del derecho a la honra, entendida como prestigio comercial. Concluye que los datos sobre morosidades, montos adeudados, condonaciones y convenios de pago constituyen información comercial sensible de Azul Azul sujeta a reserva tributaria del artículo 21 N° 2 de la Ley de Acceso a Información. Estima que su divulgación afectaría derechos económicos y comerciales de la sociedad. Rechaza que publicaciones previas sobre la calidad de deudora permitan equiparar con los montos específicos y detalles de convenios solicitados.
Resolutivo
Se acoge recurso de queja deducido por Azul Azul S.A. Se invalida sentencia de la Corte de Apelaciones de 11 de octubre de 2022. Se acoge reclamo de ilegalidad de Azul Azul. Se deja sin efecto la Decisión de Amparo C-5606-21 del CPLT de 25 de enero de 2022 y se deniega la entrega de la información requerida.
Texto de la sentencia
Santiago, veintiocho de junio de dos mil veintitrés.
Primero: Que, en estos autos Rol N° 123.678-2021, el apoderado de Azul Azul S.A.(en lo sucesivo Azul Azul), tercero interesado, dedujo recurso de queja en contra de los jueces de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y Abogado Integrante señor Joel González Castillo a quienes les imputa haber incurrido en falta o abuso grave al dictar sentencia definitiva que rechazó el reclamo de ilegalidad que interpuso respecto de la decisión del Consejo para la Transparencia (en adelante CPLT) que, por mayoría, acogió el amparo de acceso a la información presentado por Alejandro Torres Musatto en contra de la Tesorería General de la República y, en su mérito, ordenó a esta última, entregar al requirente copia de los oficios, resoluciones y convenios relativos a deudas tributarias y condonaciones que indica, suscritas por Azul Azul con dicho órgano administrativo. Precisando que, en forma previa a la entrega de la información, se debía tarjar todos aquellos datos personales y sensibles de contexto que figuren en los documentos, como por ejemplo la fecha de nacimiento, la nacionalidad, el estado civil, el teléfono, el correo electrónico particular, entre otros.
Segundo: Que, para una mejor compresión del asunto a resolver, cabe destacar los siguientes antecedentes procesales:
1.- Alejandro Torres Musatto, requirió a la Tesorería General de la República, copia de los oficios, resoluciones y convenios relativos a deudas tributarias y condonaciones que indica, respecto de los clubes de fútbol profesionales, entre ellos, la sociedad deportiva Azul Azul.
2.- La Tesorería General de la República denegó la entrega de la información solicitada, basada en la causal de reserva contenida en el artículo 21 N° 2 de la Ley de Acceso a la Información. Sostuvo que, la publicidad sobre el estado de morosidad de una persona jurídica, podría afectar su buen nombre o prestigio comercial y con ello sus derechos comerciales y económicos.
3.- En razón de lo anterior, el requirente dedujo amparo a su derecho de acceso a la información ante el CPLT, el que dio traslado a la entidad gubernativa.
4.- La Tesorería General de la República, al evacuar sus descargos, reiteró que todo lo relacionado con la existencia de deudas ajenas y otros datos relativos a las mismas, como son montos adeudados, porcentaje pagado y plazo pactado para el pago, se encuentra afecto a la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Acceso a la Información, toda vez que, su publicidad, comunicación o conocimiento afecta el buen nombre o prestigio comercial de las personas jurídicas, que se relacionan con derechos de carácter comercial o económico.
5.- Azul Azul se hizo parte del procedimiento administrativo, en calidad de tercero interesado y, solicitó el rechazo de la acción en comento, argumentando la misma causal del artículo 21 N° 2 de la Ley de Acceso a la Información. Precisó que, la información que se ordena entregar por el CPLT, es diferente a la que se publica en las memorias, balances y notas de prensa. Por tanto, entregar ésta, pone a la sociedad comercial en desmedro, puesto que, afecta su honra y prestigio comercial.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional con Castillo Bascuñan Jimena Paola
Rechaza queja del SII contra sentencia de Corte de Apelaciones que confirmó orden del Consejo para la Transparencia de entregar correos electrónicos institucionales como información pública complementaria a acto administrativo de no renovación de funcionaria.
Servicio de Impuestos Internos (direccion Regional)
Corte Suprema revoca sentencia de Apelaciones acogiendo recurso de queja del SII: información de donantes (nombre y RUT) está amparada por secreto tributario del artículo 35 del Código Tributario y causal de reserva del artículo 21 N° 5 de la Ley de Transparencia.
Consejo de Defensa del Estado.
Rechaza queja disciplinaria de la Contraloría contra sentencia que acogió reclamo de ilegalidad ordenando entrega de información sobre tramitación de resolución sancionadora, por no constituir falta grave de los jueces; confirma acceso a documentación como públicos según Ley N°20.285.
Servicio de Impuestos Internos.
Corte Suprema desecha queja del SII contra sentencia de Corte de Apelaciones que rechazó su reclamación de ilegalidad. Los jueces recurridos no incurrieron en falta o abuso grave al ordenar entregar datos de transferencias inmobiliarias (rol, comuna, fecha), pues no configuran renta reservable bajo artículo 35 Código Tributario.
Servicio de Impuestos Internos.
Corte Suprema desecha queja del SII contra sentencia que acogió amparo de acceso a información sobre condonaciones tributarias a Johnson's S.A., confirmando que las resoluciones administrativas del SII no están protegidas por secreto tributario del artículo 35 del Código Tributario.
Oyanader Morales Gonzalo (/vilches)
La Corte Suprema acoge recurso de queja y anula resoluciones que declararon incompetencia del juzgado laboral, estimando que la demanda por descuentos indebidos a remuneraciones es de competencia laboral conforme al artículo 420 letra a) del Código del Trabajo, no tributaria.