Laura Gutierrez Oyarzun con Juez TRIB. Director Regional Metrop. STGO Poniente del Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 13556-2013 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de San Miguel |
| Fecha sentencia | 7 ene 2014 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | INADMISIBLE Inadmisible casación de fondo |
| Ministros | Jorge Baraona González · Lamberto Cisternas Rocha · Milton Juica Arancibia · Ricardo Peralta Valenzuela (redactor) · Juan Escobar Zepeda |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRecurso de casación en el fondo interpuesto contra resolución que rechazó apelación extemporánea. La Corte Suprema declaró inadmisible la casación por dirigirse contra resolución que no era sentencia definitiva inapelable.
Texto de la sentencia
Santiago, siete de enero de dos mil catorce.
1° Que a fojas 28 comparece la abogada señora Laura Gutiérrez Oyarzún, en representación de la sociedad Jorge Villavicencio e Hijos S.A. y recurre de casación en el fondo contra la resolución de segunda instancia, que rechaza un recurso de hecho deducido en contra de la resolución, dictada por el Juez Tributario Director Regional Metropolitano Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, que negó la concesión del recurso de apelación deducido en contra de la sentencia definitiva, por extemporáneo.
2° Que el arbitrio procesal intentado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, sólo procede en contra las sentencias definitivas inapelables y contra las sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, naturaleza que no comparte aquella en contra de la cual se han interpuesto los recursos, motivo por el cual no serán admitidos a tramitación.
Y visto además, lo dispuesto en los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en lo principal de fojas 28.
Rol N° 13.556-13 Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Milton Juica A., Lamberto Cisternas R., Juan Escobar Z. y los abogados integrantes Sres. Jorge Baraona G. y Ricardo Peralta V.
Autorizada por la Ministro de Fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a siete de enero de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
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Rechaza casación en el fondo. La Corte Suprema confirma que la acción de indemnización por falta de servicio prescribió, siendo el dies a quo el año 1997 cuando se produjo el daño, no una supuesta continuación del mismo.
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La Corte Suprema rechaza la casación del SII por manifiesta falta de fundamento, confirmando que los excedentes distribuidos por cooperativa a socios por operaciones habituales están exentos de impuesto a la renta conforme al artículo 51 de la Ley General de Cooperativas, sin que el artículo 52 establezca excepción expresa.