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HA LUGARCorte Suprema · Rol 14776-201421 ene 2016

Inversiones Protisa S.A. con Servicio de Impuestos Internos **

TribunalCorte Suprema
Rol14776-2014
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Fecha sentencia21 ene 2016
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoHA LUGAR Acogida casación fondo, anulada sentencia de
MinistrosHugo Dolmestch Urra · Milton Juica Arancibia (redactor) · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Jorge Lagos Gatica · Rosa Maggi Ducommun

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

La Corte Suprema acoge la casación y anula la sentencia de la Corte de Apelaciones que rechazó el reclamo de Protisa contra la liquidación N° 271, por existir conexión sustancial con otra causa que fue resuelta favorablemente al contribuyente respecto de las pérdidas de arrastre cuestionadas.

Hechos

Protisa S.A. determinó pérdidas tributarias en 2003-2005 e intentó imputarlas al año 2006 conforme al artículo 31 N° 3 de la Ley de la Renta. El SII cuestionó estas pérdidas mediante Liquidaciones Nros. 718-726 (2006) y practicó Liquidación N° 271 rechazando las pérdidas de arrastre, generando diferencia de $4.056.659.273, más $16.557.279 por gastos no acreditados y diferencias en corrección monetaria. El Tribunal Tributario y Aduanero rechazó el reclamo. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo el 9 de mayo de 2014. Protisa interpuso casación en el fondo ante la Corte Suprema.

Considerandos clave

La Corte Suprema constata que existe conexión evidente entre esta causa y el reclamo contra Liquidaciones Nros. 718-726 (Rol N° 23.456-14), cuyo resultado influye sustancialmente aquí. Advierte que el fallo impugnado aplicó correctamente el requisito de acreditación de pérdidas, pero desconoció que Protisa justificó documentalmente las pérdidas en el proceso de aquella otra causa, aplicándose el derecho contenido en artículo 8 bis N° 6 del Código Tributario de no aportar documentos ya acompañados al SII. Destaca que los oficios y circulares del SII sobre corrección monetaria fueron considerados por esta Corte en la causa precedente al acoger el reclamo contra las Liquidaciones Nros. 718-726, lo que tuvo incidencia directa en la determinación de la pérdida. El fallo impugnado vulneró el artículo 25 del Código Tributario al no reconocer el carácter provisional de esas liquidaciones. Respecto de los gastos por $16.557.279, mantiene el rechazo por falta de acreditación.

Resolutivo

Se acoge el recurso de casación en el fondo interpuesto por Inversiones Protisa S.A. y se anula la sentencia de la Corte de Apelaciones de 9 de mayo de 2014. Se dicta sentencia de reemplazo acogiendo el reclamo parcialmente (confirma rechazo de gastos por $16.557.279, pero acoge respecto de pérdidas de arrastre), dejando sin base legítima la Liquidación N° 271 en lo que toca a pérdidas de ejercicios anteriores.

Texto de la sentencia

Santiago, veintiuno de enero de dos mil dieciséis.

En los autos Rol 10.323-07, de la Dirección Regional Metropolitana del Servicio de Impuestos Internos, ingreso Nº 14.776-14 de esta Corte Suprema, referidos a un procedimiento de reclamación de liquidación por diferencias de impuesto de primera categoría del año tributario 2006, fundado en el rechazo de pérdidas de ejercicios anteriores, la reclamante Inversiones Protisa S.A. dedujo recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago de nueve de mayo de dos mil catorce, escrita a fojas 46, que confirmó el fallo de primer grado por el cual se rechazó el reclamo, confirmándose la Liquidación N° 271, de 16 de febrero de 2007. Consecuencialmente se ordenó el giro de los impuestos correspondientes.

Por decreto de fojas 64 se ordenó traer los autos en relación.

Primero: Que según plantea el recurso, la sociedad reclamante determinó un resultado de pérdida tributaria para los años tributarios 2003 a 2005, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 N° 3 de la Ley de la Renta, imputó dichas pérdidas a los resultados del año tributario 2006, sin embargo, el Servicio de Impuestos Internos cuestionó dicha pérdida tributaria por medio de las Liquidaciones Nros. 718 a 726, de 29 de mayo de 2006, las que fueron oportunamente reclamadas y, adicionalmente, practicó la Liquidación N° 271, impugnada en esta causa, que en lo esencial determina una base imponible positiva producto del rechazo de las pérdidas de ejercicios anteriores y de diferencias en el cálculo de corrección monetaria que derivan de la Liquidación N° 726, ya aludida, más el agregado de $16.557.279 como consecuencia de una impugnación de gastos. Por ello afirma que únicamente esta última partida ha podido debatirse en la presente causa.

El primer capítulo de casación se extiende a la infracción al artículo 25 del Código Tributario, por cuanto las liquidaciones de impuesto practicadas por el Servicio, cuyo es el caso de la N° 726, que modifica la corrección monetaria y rechaza la pérdida imputada al año tributario 2006, generando la liquidación N° 271, que es materia de reclamo en esta causa, tiene carácter provisional, mientras no haya pronunciamiento jurisdiccional definitivo sobre su procedencia.

En seguida se reclama la contravención al artículo 140 del Código Tributario, conforme al cual los vicios en que hubiere incurrido el pronunciamiento de primera instancia deben ser corregidos por el tribunal de apelación, norma que fue transgredida al validar la Liquidación N° 726.

Asimismo se denuncia la infracción al artículo 31 N° 3 de la Ley de la Renta, pues la situación en torno a las pérdidas solo puede entenderse modificada por liquidaciones que no hubieren sido reclamadas o por fallo judicial que haya ratificado las liquidaciones que objetan o revierten los resultados negativos determinados por el contribuyente.

Al mismo tiempo sostiene que se desatendió la norma del artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República, dada la evidente dependencia entre las causas a que se ha hecho referencia y la necesidad de que exista fallo definitivo en aquella en que debe resolverse sobre la efectividad de la pérdida.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

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Normas citadas

DECRETO LEY 824\tART. 31 (DEL ART 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 140 (DEL ART 1)DECRETO LEY 824\tART. 4 (DEL ART 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 25 (DEL ART. 1)

Descriptores

Servicio de Impuestos Internos (SII)Reclamo tributarioImpuesto a la Renta de Primera CategoríaLiquidaciones tributariasCorrección monetariaAcogido recurso de casación en el fondoAjustes y deducciónes a la rli

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