Servicio de Impuestos Internos con Suki Bunster Manmud **
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 1536-2015 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 5 oct 2015 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechaza casacion en el fondo |
| Ministros | Haroldo Brito Cruz · Lamberto Cisternas Rocha · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Arturo Prado Puga (redactor) |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRechaza casación del Fisco contra revocatoria de la Corte de Apelaciones que acogió reclamo tributario del contribuyente, por pérdida de sustento de las liquidaciones tras anulación de la liquidación matriz en causa conexa.
Hechos
Mahmud Sukni Sukni fue liquidado por diferencias de Impuesto Global Complementario y reintegro 2005 mediante Liquidaciones 364 y 365 de 13 de diciembre 2007. El Servicio de Impuestos rechazó su reclamo (primera instancia, agosto 2011). La Corte de Apelaciones de Santiago revocó en noviembre 2014, acogiendo el reclamo y dejando sin efecto ambas liquidaciones. El fundamento: la Liquidación 161 de 2007 (que sustentaba las 364 y 365) había sido anulada en causa conexa donde se probó la efectividad de las operaciones impugnadas. El Fisco interpuso casación.
Considerandos clave
La Corte Suprema confirma que la Liquidación 161 (sustento de las liquidaciones reclamadas) fue dejada sin efecto en causa conexa Rol 1083-15 al rechazarse la casación fiscal, por lo que las liquidaciones 364 y 365 carecen de base legal para subsistir. Rechaza además argumentos del Fisco respecto a falta de acreditación de operaciones: la prueba rendida en el juicio conexo fue valorada por los sentenciadores como probatoria de efectividad, decisión que no infringe norma regulatoria sino aprecia prueba, facultad que corresponde a los jueces de la instancia. Aclara que el artículo 21 del Código Tributario regula carga probatoria administrativa, no la de procedimiento de reclamación general.
Resolutivo
Se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido por el Consejo de Defensa del Estado. Queda firme la sentencia de la Corte de Apelaciones de 17 de noviembre 2014 que acogió el reclamo y dejó sin efecto las Liquidaciones 364 y 365.
Texto de la sentencia
Santiago, cinco de octubre de dos mil quince.
En estos autos ingreso rol N° 1536-15 de esta Corte Suprema, en procedimiento general de reclamación tributaria, por sentencia de nueve de agosto de dos mil once dictada por el Director Regional de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos se rechazó el reclamo interpuesto por Mahmud Sukni Sukni en contra de las Liquidaciones N° 364 y 365 de 13 de diciembre de 2007, por diferencias de Impuesto Global Complementario y reintegro del año tributario 2005.
Apelada esta sentencia por el contribuyente, fue revocada por la Corte de Apelaciones de Santiago en fallo de diecisiete de noviembre de dos mil catorce y, en su lugar, se declara que se acoge el reclamo deducido y se dejan sin efecto las liquidaciones Nº 364 y 365 de 13 de diciembre de 2007 practicada al reclamante.
En contra de esta última decisión el Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, dedujo recurso de casación en el fondo, el que se ordenó traer en relación por decreto de fs. 282.
Por resolución de fs. 283 de estos autos, se ordenó la vista conjunta de la presente causa con las Roles N°s 1083-15 y 1066-15.
Primero: Que en el recurso de casación se denuncia la infracción de los artículos 14 , 21 , 30 , 31 , 33 N° 1 , 54 y 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y 21 del Código Tributario.
Explica, en síntesis, que en la especie las facturas de compras impugnadas y que sirven de base a la Liquidación N° 161, de 29 de marzo de 2007 -que, a su vez, sirvió de sustento a las Liquidaciones N° 364 y 365 reclamadas en este procedimiento-, han sido calificadas como documentos no dignos de fe en las liquidaciones que le han servido de fundamento (aludiendo a las Liquidaciones N°s. 72 a 74 de 24 de febrero de 2005, practicadas contra la sociedad Sukni y Sukni Ltda. por diferencias de IVA), sin que los elementos acompañados al proceso permitan dar por probado por la reclamante la efectividad de las operaciones. Como consecuencia de lo anterior, no se da cumplimiento al requerimiento establecido en la ley en cuanto a que el costo directo se encuentre debidamente acreditado.
Asimismo, agrega, se han infringido las normas antes mencionadas respecto de las sumas que deben entenderse retiradas de la sociedad y aumentar la base del Impuesto Global Complementario, y al no aplicar la restitución que procedía conforme a la determinación de impuestos que le afectaba al reclamante.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Inversiones Ramaja S.A. con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion
Rechaza casación en el fondo. La Corte Suprema confirma que los jueces del grado correctamente rechazaron deducir como pérdida tributaria los fondos transferidos a una corredora de bolsa, pues no se acreditó operación bursátil real ni que la pérdida fuera inherente al giro del contribuyente.
Loreal Chile S.A con Dirección de Grandes Contribuyentes
Corte Suprema rechaza casación en forma y fondo interpuesta por L'Oréal Chile contra sentencia que confirmó liquidación tributaria por impuesto adicional, por falta de preparación del recurso formal y deficiente alegación de infracciones probatorias.
Sociedad Agricola Fal Limitada con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Talca
Corte Suprema rechaza casación formal por falta de incongruencia y desestima casación de fondo: la Corte de Apelaciones aplicó correctamente la ley al exigir acreditación de pérdida tributaria no probada en autos.
Inversiones Zebra Limitada con Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente**
Rechaza casación del SII: confirma que el Informe Nº8 de fiscalización constituye acto administrativo vinculante y genera expectativas legítimas que justifican anular la liquidación por diferencias en el precio de cesión de derechos sociales.
Inversiones Tongoy con Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente**
Rechaza casación del SII. Confirma que Informe N°8 de fiscalización constituye acto administrativo vinculante que generó expectativas legítimas al contribuyente, invalidando la liquidación por contradicción con acto propio.
Sociedad Huertos Collipulli S.A con Servicio de Impuestos Internos IX Region
La Corte Suprema rechaza los recursos de casación de ambas partes: el SII no probó infracciones de ley que alteraran los hechos establecidos (existencia de operaciones y defectos formales en facturas), y la contribuyente no acreditó que la prueba excluida en segunda instancia fuese suficiente para modificar la sentencia.