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NO HA LUGARCorte Suprema · Rol 1536-20155 oct 2015

Servicio de Impuestos Internos con Suki Bunster Manmud **

TribunalCorte Suprema
Rol1536-2015
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Fecha sentencia5 oct 2015
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoNO HA LUGAR Rechaza casacion en el fondo
MinistrosHaroldo Brito Cruz · Lamberto Cisternas Rocha · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Arturo Prado Puga (redactor)

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Rechaza casación del Fisco contra revocatoria de la Corte de Apelaciones que acogió reclamo tributario del contribuyente, por pérdida de sustento de las liquidaciones tras anulación de la liquidación matriz en causa conexa.

Hechos

Mahmud Sukni Sukni fue liquidado por diferencias de Impuesto Global Complementario y reintegro 2005 mediante Liquidaciones 364 y 365 de 13 de diciembre 2007. El Servicio de Impuestos rechazó su reclamo (primera instancia, agosto 2011). La Corte de Apelaciones de Santiago revocó en noviembre 2014, acogiendo el reclamo y dejando sin efecto ambas liquidaciones. El fundamento: la Liquidación 161 de 2007 (que sustentaba las 364 y 365) había sido anulada en causa conexa donde se probó la efectividad de las operaciones impugnadas. El Fisco interpuso casación.

Considerandos clave

La Corte Suprema confirma que la Liquidación 161 (sustento de las liquidaciones reclamadas) fue dejada sin efecto en causa conexa Rol 1083-15 al rechazarse la casación fiscal, por lo que las liquidaciones 364 y 365 carecen de base legal para subsistir. Rechaza además argumentos del Fisco respecto a falta de acreditación de operaciones: la prueba rendida en el juicio conexo fue valorada por los sentenciadores como probatoria de efectividad, decisión que no infringe norma regulatoria sino aprecia prueba, facultad que corresponde a los jueces de la instancia. Aclara que el artículo 21 del Código Tributario regula carga probatoria administrativa, no la de procedimiento de reclamación general.

Resolutivo

Se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido por el Consejo de Defensa del Estado. Queda firme la sentencia de la Corte de Apelaciones de 17 de noviembre 2014 que acogió el reclamo y dejó sin efecto las Liquidaciones 364 y 365.

Texto de la sentencia

Santiago, cinco de octubre de dos mil quince.

En estos autos ingreso rol N° 1536-15 de esta Corte Suprema, en procedimiento general de reclamación tributaria, por sentencia de nueve de agosto de dos mil once dictada por el Director Regional de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos se rechazó el reclamo interpuesto por Mahmud Sukni Sukni en contra de las Liquidaciones N° 364 y 365 de 13 de diciembre de 2007, por diferencias de Impuesto Global Complementario y reintegro del año tributario 2005.

Apelada esta sentencia por el contribuyente, fue revocada por la Corte de Apelaciones de Santiago en fallo de diecisiete de noviembre de dos mil catorce y, en su lugar, se declara que se acoge el reclamo deducido y se dejan sin efecto las liquidaciones Nº 364 y 365 de 13 de diciembre de 2007 practicada al reclamante.

En contra de esta última decisión el Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, dedujo recurso de casación en el fondo, el que se ordenó traer en relación por decreto de fs. 282.

Por resolución de fs. 283 de estos autos, se ordenó la vista conjunta de la presente causa con las Roles N°s 1083-15 y 1066-15.

Primero: Que en el recurso de casación se denuncia la infracción de los artículos 14 , 21 , 30 , 31 , 33 N° 1 , 54 y 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y 21 del Código Tributario.

Explica, en síntesis, que en la especie las facturas de compras impugnadas y que sirven de base a la Liquidación N° 161, de 29 de marzo de 2007 -que, a su vez, sirvió de sustento a las Liquidaciones N° 364 y 365 reclamadas en este procedimiento-, han sido calificadas como documentos no dignos de fe en las liquidaciones que le han servido de fundamento (aludiendo a las Liquidaciones N°s. 72 a 74 de 24 de febrero de 2005, practicadas contra la sociedad Sukni y Sukni Ltda. por diferencias de IVA), sin que los elementos acompañados al proceso permitan dar por probado por la reclamante la efectividad de las operaciones. Como consecuencia de lo anterior, no se da cumplimiento al requerimiento establecido en la ley en cuanto a que el costo directo se encuentre debidamente acreditado.

Asimismo, agrega, se han infringido las normas antes mencionadas respecto de las sumas que deben entenderse retiradas de la sociedad y aumentar la base del Impuesto Global Complementario, y al no aplicar la restitución que procedía conforme a la determinación de impuestos que le afectaba al reclamante.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO TRIBUTARIO\tART. 21 (DEL ART 1)

Descriptores

Carga de la pruebaLeyes reguladoras de la pruebaOnus probandi o carga de la pruebaRecurso de casación en el fondoReintegroConsejo de Defensa del Estado (CDE)Impuesto global complementarioRenta líquida del contribuyenteRechaza recurso de casación en el fondoReclamo tributarioAcción de reclamaciónCostosLiquidaciones tributariasReclamación de liquidacionesEfectividad de las operaciones

Cómo resuelve este tribunal

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