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INADMISIBLECorte Suprema · Rol 1927-20101 jul 2010

Ines Ruiz Vivero con Servicio de Impuestos Internos. Es Parte: Consejo de Defensa del Estado.

TribunalCorte Suprema
Rol1927-2010
Corte de origenCorte de Apelaciones de San Miguel
Fecha sentencia1 jul 2010
RecursoCasación
SalaTercera · Constitucional
ResultadoINADMISIBLE Inadmisible casación forma rechazada, casación fondo
MinistrosSonia Araneda Briones · Luis Bates Hidalgo · Haroldo Brito Cruz · Héctor Carreño Seaman · Pedro Pierry Arrau (redactor)

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Corte Suprema declara inadmisible la casación en la forma por defecto de presentación y rechaza la casación en el fondo por falta de cuestionamiento de las normas decisorias, dejando firme el rechazo de la reclamación tributaria.

Hechos

Inés Ruiz Vivero reclamó ante el SII XVI Dirección Regional contra liquidaciones 366-376 de julio 2002 por diferencias de IVA (feb, abr-nov 1998) e impuestos de renta de 1999, alegando inversiones no justificadas. El Tribunal de primera instancia rechazó la reclamación. La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó ese fallo. La contribuyente recurre de casación en forma y fondo ante la Corte Suprema.

Considerandos clave

Respecto de la casación en la forma: el recurso omite mencionar expresamente la causal de nulidad formal e indicar la ley que lo concede, incumpliendo el artículo 772 CPC inciso segundo, por lo que no es procedente. En cuanto a la casación en el fondo: aunque la recurrente denuncia infracción del artículo 2 del Código Tributario y garantías constitucionales relativamente a la prueba documental tributaria y contable, el recurso no cuestiona las normas decisorias de la litis respecto de los impuestos de renta y ventas, esto es, las normas que resuelven el conflicto. Sin tal cuestionamiento, el recurso carece de fundamento manifiesto, pues aun acogiendo los errores denunciados, no influirían en lo dispositivo de la sentencia.

Resolutivo

Se declara inadmisible el recurso de casación en la forma y se rechaza el de fondo. Queda firme la sentencia de la Corte de Apelaciones que confirmó el rechazo de la reclamación tributaria.

Texto de la sentencia

Santiago, primero de julio de dos mil diez.

Primero: Que en este juicio especial seguido por doña Inés del Carmen Ruiz Vivero ante el Servicio de Impuestos Internos XVI Dirección Regional Santiago Sur, la contribuyente recurre de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel . Este fallo confirma el de primer grado que rechaza la reclamación en contra de las Liquidaciones números 366 a 376 de 29 de julio de 2002, por diferencias de Impuestos a las Ventas y Servicios de los meses de febrero y abril a noviembre de 1998 y de Impuestos de Primera Categoría y Global Complementario del año tributario 1999 de la Ley de la Renta, correspondientes a inversiones no justificadas.

I.- En cuanto al recurso de casación en la forma:

Segundo: Que en este recurso se sostiene que el fallo impugnado ha sido pronunciado omitiendo un trámite esencial establecido en el número 4 del artículo 795 del Código de Procedimiento Civil, cual es,

?la práctica de diligencias probatorias cuya omisión podría producir indefensión?, puesto que la reclamante no pudo ni tuvo la oportunidad procesal de acreditar sus descargos. Lo anterior se produjo porque el tribunal de primera instancia rechazó la reposición que proponía agregar tres puntos de prueba, interpuesta en contra de la interlocutoria respectiva, dejando a su parte en indefensión ya que fue imposible complementar la documentación acompañada.

Tercero: Que del texto del escrito que contiene el recurso de casación en la forma, se puede constatar que éste no cumple con una de las exigencias previstas en el inciso segundo del artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que omite mencionar expresamente la causal de nulidad formal que invoca y la ley que concede el recurso, sin que la alusión abstracta que hace ?en la parte final de su presentación- a las ?demás normas pertinentes?, logre suplir dicha deficiencia.

Cuarto: Que por lo antes expresado, la nulidad formal de la reclamante no se encuentra en condiciones de acogerse a tramitación.

II.- En cuanto al recurso de casación en el fondo:

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 795DECRETO LEY 824\tART. 21 (DEL ART 1)

Descriptores

Recurso de casación en el fondoRecurso de casación en la formaImpuesto a las ventas y serviciosImpuesto global complementarioLiquidaciones por diferencia de IVAReclamación tributariaRechaza recurso de casación en el fondoDocumentos tributariosInfracción a normas reguladoras de la pruebaAuto de pruebaImpuesto a la Renta de Primera Categoría

Cómo resuelve este tribunal

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