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NO HA LUGARCorte Suprema · Rol 24763-20186 sep 2024

Telemercados Europa S.A con Servicio de Impuestos Internos Dirección de Grandes Contribuyentes**

TribunalCorte Suprema
Rol24763-2018
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Fecha sentencia6 sep 2024
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoNO HA LUGAR Rechazadas casación forma y fondo (m)
MinistrosLeonor Etcheberry Court · Leopoldo Llanos Sagrista · María Letelier Ramírez · María Gajardo Harboe · Eduardo Morales Robles (redactor)

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Corte Suprema rechaza casación de forma y fondo interpuesta por Telemercados Europa. El tribunal confirma que la notificación de la resolución tributaria fue válida pese a omisión formal, por aplicación del principio de trascendencia, quedando firme el rechazo del reclamo.

Hechos

El Servicio de Impuestos Internos resolvió parcialmente a favor de Telemercados Europa en devolución por PPUA del año 2012 (Res. Ex. Nº 88, 9 mayo 2013). La empresa reclamó ante el Tribunal Tributario y Aduanero alegando nulidad de notificación por omisión formal en el acta (no constar que no se encontraron adultos para recibir). El Tribunal rechazó la reclamación el 8 nov 2017. La Corte de Apelaciones confirmó el 11 jun 2018. Telemercados interpuso recursos de casación en forma y fondo ante Corte Suprema.

Considerandos clave

La Corte rechaza la casación en la forma al determinar que no existe vicio de ultra petita: los sentenciadores resolvieron exactamente lo controvertido sobre la validez de la notificación y sus consecuencias. Respecto de casación en fondo, rechaza que se haya infringido el principio de trascendencia ni las normas invocadas. Estima que los hechos están firmes: la notificación se practicó válidamente dentro de plazo en domicilio, la empresa ejerció plenamente su derecho de defensa mediante reclamo fundado y oportuno. La omisión formal no impidió que produjeran efectos jurídicos. Rechaza el análisis de prueba propuesto por el recurrente por no especificar reglas de sana crítica infringidas, limitándose a criticas ordenatorias que no corresponden a casación en fondo.

Resolutivo

Rechaza recursos de casación en forma y fondo interpuestos por Telemercados Europa S.A. en contra de sentencia de Corte de Apelaciones de 11 junio 2018. Quedan firmes la validez de la notificación y el rechazo de la reclamación tributaria.

Texto de la sentencia

Santiago, seis de septiembre de dos mil veinticuatro.

En los autos ingreso rol N° 24.763-2018 de esta Corte Suprema, en procedimiento general de reclamación tributaria, por sentencia de ocho de noviembre de dos mil diecisiete, el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago rechazó la reclamación interpuesta por Telemercados Europa S.A., en contra de la Resolución Ex. N° 88, practicada con fecha 9 de mayo de 2013, por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, la que dio lugar en parte a la devolución como pago provisional de utilidades absorbidas (PPUA) solicitada por la reclamante, correspondiente al año tributario 2012.

Apelada esta sentencia por el contribuyente, la Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo de once de junio de dos mil dieciocho, confirmó la sentencia de primera instancia.

En contra de esta última decisión, el contribuyente interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo, los que se ordenaron traer en relación por decreto de veintiocho de febrero de dos mil diecinueve.

I.- En cuanto al recurso de casación en la forma.

1°) Que en el arbitrio de casación formal el contribuyente denuncia el que la sentencia incurrió en el vicio contemplado en el artículo 768 N° 4 del Código de Procedimiento Civil, esto es, ultra petita, por cuanto la resolución que recibe a prueba la causa, así como en el reclamo tributario y la contestación que efectuó el ente fiscalizador, se circunscribe a determinados hechos, fijando los márgenes dentro de los cuales el sentenciador emitirá un pronunciamiento de derecho.

Sin embargo, el fallo recurrido excede el ámbito de la litis, en cuanto funda la decisión del asunto controvertido en la ausencia de perjuicio para el reclamante, cuestión que jamás fue discutida en el proceso.

Agrega que, de los puntos de prueba fijados por el tribunal y que dan cuenta de los hechos controvertidos en la causa, no se consideró como materia de la litis acreditar el perjuicio y la trascendencia del vicio cuya omisión originó la nulidad de la notificación.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO TRIBUTARIO\tART. 132 (DEL ART. 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 148 (DEL ART 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 2 (DEL ART 1)CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 83CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 768

Descriptores

Principio de razón suficienteUltra petitaAlteración del onus probandiRechaza recurso de casación en el fondoNulidad de notificaciónPrincipios de la lógica, máximas de experiencia y conocimientos científicamente afianzadosReclamo tributarioFacultad privativa de los jueces de la instanciaErrores de derecho no influyen sustancialmente en lo dispositivo del falloRechaza recurso de casación en la formaDeniega solicitud de devolución de pago provisional de utilidades absorbidasReclamo contra resolución administrativaAusencia de infracción a las leyes reguladoras de la pruebaResolución que recibe causa a pruebaNo hay nulidad sin perjuicio

La misma causa en primera instancia

Rechaza

Telemercados Europa SA con SII Dirección de Grandes Contribuyentes

Se rechaza reclamo de Telemercados Europa contra Resolución Ex. N°88 del SII que rechazó devolución de saldos a favor por pérdida tributaria 2012, confirmando la resolución por falta de acreditación de gastos y partidas objetadas.

RIT GR-18-00443-2013Tribunal R. Metropolitana. Cuarto08-11-2017

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte Suprema en casación: la proporción medida sobre los 2.146 recursos de esta base.Conoce Pro

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