Luis Alfonso Sepulveda Chavez y Otros con Soledad Maribel Sandoval Sepulveda
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 26831-2024 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Concepción |
| Fecha sentencia | 2 jul 2025 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Primera · Civil |
| Resultado | HA LUGAR EN PARTE Sentencia de reemplazo (m) |
| Ministros | María Repetto García · Mauricio Silva Cancino · Mario Carroza Espinosa · Raúl Fuentes Mechasqui (redactor) · María Melo Labra |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalLa Corte Suprema dicta sentencia de reemplazo confirmando la indemnización de $24.000.000 por compensación económica en regularización de propiedad, fijando el monto conforme al informe pericial que valuó el terreno en $50.379.151 descontando vivienda y cierre perimetral.
Hechos
Se trata de un conflicto sobre compensación económica derivado de regularización de propiedad conforme al artículo 28 del Decreto Ley N° 2695. Los demandantes (Luis Alfonso Sepúlveda Chávez y herederos de otros Sepúlveda Chávez) reclamaron compensación sobre un inmueble ubicado en calle Gacitúa N° 205 / Villagrán 1210, Mulchén. El Tribunal de primera instancia ordenó peritaje que valuó el terreno en $50.379.151. La sentencia de cuatro de marzo de 2023 fijó compensación en $24.000.000 distribuida entre los comuneros. Se interpuso casación en forma y fondo que llegó a la Corte Suprema.
Considerandos clave
La Corte Suprema valida el informe pericial como medida para mejor resolver que cuantificó la compensación. Confirma que la suma de $48.000.000 (monto base antes de distribución) comprende acertadamente el valor del terreno excluyendo vivienda y descontando cierre perimetral, cumpliendo así los objetivos indemnizatorios del artículo 28 del Decreto Ley N° 2695, orientados a evitar enriquecimiento sin causa y lograr equilibrio patrimonial entre interesados. Respecto de la exigencia de oír al Servicio de Impuestos Internos, considera que para predio urbano los informes de avalúo fiscal del SII del primer semestre 2022 contienen elementos suficientes para la apreciación requerida, sin verificarse el agravio invocado.
Resolutivo
Dicta sentencia de reemplazo confirmando la sentencia apelada de 4 de marzo de 2023, fijando compensación total en $24.000.000 (base $48.000.000 distribuida entre comuneros: $9.600.000 para Luis Alfonso Sepúlveda Chávez y $9.600.000 para herederos de Carlos y Héctor Sepúlveda Chávez según proporción hereditaria). Se confirma el pago con reajustes e intereses según lo determinado en sentencia apelada. Cada parte paga sus costas.
Texto de la sentencia
Santiago, dos de julio de dos mil veinticinco.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto del considerando vigésimo segundo que se eliminan, y lo indicado en los motivos undécimo y duodécimo de la sentencia de casación que antecede, y se tiene, además, presente:
1°. Que, consta en la causa un informe pericial que fuera ordenado por el tribunal de primera instancia como una medida para mejor resolver, cuya finalidad fue la cuantificación de la compensación económica demandada. El informe de tasación dio cuenta de que el valor del terreno correspondiente al inmueble ubicado en calle Gacitúa N° 205 / Villagrán 1210 , de la ciudad de Mulchén, alcanza un valor total de $50.379.151, asignando un precio al cierre perimetral del terreno de $2.000.000, consignando expresamente que la tasación no aplica al ítem vivienda.
2°. Que, tal como lo precisó la sentencia apelada, el monto de la compensación solicitada habrá de determinarse conforme el informe pericial señalado, siendo más concordante con la necesidad de cumplir los objetivos indemnizatorios previstos en el artículo 28 del Decreto Ley N° 2695, cuyo fundamento es precisamente evitar un enriquecimiento sin causa impidiendo que el requirente se beneficie injustamente de la regularización en perjuicio de terceros con igual o mejor derecho, otorgando una compensación económica como mecanismo de equilibrio patrimonial entre los interesados.
De esta manera, la suma de $48.000.000 que determinó el juez a quo comprende acertadamente el valor del terreno, excluyendo el ítem vivienda, que no fue considerado en el informe, y descontado ya aquel consignado como cierre perimetral, cumpliéndose las exigencias del artículo 28 del Decreto Ley N° 2695.
3°. Que, en cuanto a la exigencia de oír al Servicio de Impuestos Internos, al tratarse de un predio urbano, los informes de avalúo fiscal emanados de dicho Servicio, correspondientes al primer semestre del año 2022, contienen los elementos de juicio suficientes para efectuar la apreciación que subyace a la diligencia contenida en el inciso segundo del artículo 28 del mencionado Decreto Ley, sin verificarse el agravio que acusa el recurrente en este acápite.
4°. Que, en las condiciones anotadas, no cabe sino fijar la compensación solicitada en la suma de $48.000.000, teniendo en cuenta para ello el informe pericial ya referido.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Cortes Rojas Luis y Otros con Ortiz Cortes Veronica y Otros
Corte Suprema acogió casación y anuló sentencia que rebajó compensación en 60% por criterios de prudencia y equidad ajenos a la ley, debiendo aplicarse el valor comercial del bien excluidas solo las mejoras probadas por los demandados.
Urenda Salamanca y Otros con Servicio de Impuestos Internos V DR Valparaiso, Acumulada Causa Rol N° 14-2023-a-
Corte Suprema declara inadmisible casación en la forma y rechaza casación en el fondo deducida por herederos contra confirmación de rechazo de reclamaciones tributarias sobre impuesto a asignación hereditaria, por deficiencias en fundamentación del recurso y disconformidad con lo resuelto.
Mansilla Gonzalez Margarita con García Guichaman Irma
Rechaza casación en el fondo deducida por la demandada, confirmando la sentencia que acogió la demanda de compensación de derechos por $ 16.449.694, por no configurarse infracciones de leyes reguladoras de la prueba.
Andacollo de Inversiones LTDA. con Mejias Muñoz Patricia del Carmen
Corte Suprema rechaza casación de demandada contra sentencia que confirmó condena al pago de compensación por derechos conforme al Decreto Ley 2.695, desestimando alegaciones sobre valoración de construcciones por tratarse de cuestión fáctica ajena al recurso de casación.
Domingo Cea Novoa y Otros con Cristina Cea Novoa
Corte Suprema invalida de oficio las sentencias por omisión de trámite esencial: falta de audiencia al SII para determinar valor de derechos en compensación por regularización de posesión.
Synapsis Soluciones y Servicios It LTDA con Servicio de Impuestos Internos **
Reclamo tributario por liquidaciones del SII de 2011. La Corte Suprema acogió el recurso de casación y revocó la sentencia de apelaciones, acogiendo la reclamación por gastos que fueron acreditados como procedentes en el ejercicio 2010.