Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

INADMISIBLECorte Suprema · Rol 2833-201010 sep 2012

Roa Quezada Gabriel con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte Suprema
Rol2833-2010
Corte de origenCorte de Apelaciones de Concepción
Fecha sentencia10 sep 2012
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoINADMISIBLE Invalida de oficio recurso de casación
MinistrosLuis Bates Hidalgo (redactor) · Hugo Dolmestch Urra · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Jorge Lagos Gatica

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Rechaza recurso de casación del contribuyente sobre prescripción, pero invalida de oficio la sentencia para excluir intereses moratorios devengados durante proceso nulo imputable al Estado.

Hechos

Contribuyente Gabriel Roa Quezada reclamó liquidaciones tributarias. Tribunal Tributario rechazó el reclamo. Corte de Apelaciones de Concepción rechazó excepción de prescripción extintiva y confirmó fallo. Roa recurrió de casación ante Corte Suprema alegando que el reclamo fue tramitado por juez delegado sin facultades jurisdiccionales, por lo que no suspendió prescripción y ya había transcurrido plazo al momento de la reclamación válida.

Considerandos clave

La Corte estima que el recurso denunció correctamente la norma tributaria pero erróneamente: el reclamo se interpuso en tiempo y forma, suspendiendo la prescripción conforme artículos 24, 200 y 201 del Código Tributario. No se requiere resolución que declare válidamente interpuesto el reclamo. Sin embargo, actuando de oficio advierte que la sentencia violó el artículo 53 inciso quinto del Código Tributario al mantener intereses moratorios. Estos solo se devengan por mora atribuible al contribuyente, pero el retraso procesal se debió a la tramitación por tribunal no establecido por ley (causa estatal). Distingue que los reajustes sí proceden para mantener valor de lo debido, pero los intereses son sanción por incumplimiento y la dilación no es atribuible al particular.

Resolutivo

Rechaza recurso de casación en el fondo, pero invalida de oficio la sentencia de la Corte de Apelaciones y la reemplaza excluyendo los intereses moratorios devengados durante el período en que el proceso se tramitó ineficazmente. Sentencia dictada con voto disidente que niega la procedencia de la casación de oficio por falta de defectos formales del recurso.

Texto de la sentencia

Santiago, diez de septiembre de dos mil doce.

En estos autos rol 2833-2010 de esta Corte Suprema, sobre procedimiento de reclamación de liquidaciones tributarias iniciado por el contribuyente don Gabriel Hipólito Roa Quezada, el reclamante dedujo recurso de casación en el fondo contra la sentencia dictada por una sala de la Corte de Apelaciones de Concepción que rechazó la excepción de prescripción extintiva opuesta en segunda instancia y confirmó el fallo de primer grado que no hizo lugar al reclamo.

A fojas 390, se trajeron los autos en relación.

I.- En cuanto al recurso de casación en el fondo:

Primero: Que por el recurso se denuncia la errónea aplicación de los artículos 24 inciso 2 ° , 200 y 201 del Código Tributario, que se estiman vulnerados por la sentencia de segundo grado al fundar el rechazo de la excepción de prescripción extintiva en la existencia de un reclamo del contribuyente por el cual el Servicio de Impuestos Internos se encontraba impedido de girar los impuestos liquidados, según lo dispuesto en el citado artículo 24, evento en el cual los plazos de los aludidos artículos 200 y 201 se suspenden.

Explica que para que se suspenda la prescripción se requiere de una "válida interposición del reclamo tributario", que no es otra que aquella proveída por el juez establecido en la ley, es decir, el juez natural y en el presente caso, el reclamo referido a las diferencias de impuestos de diferentes tributos fue resuelta por un "juez delegado" que carecía de facultades jurisdiccionales. En razón de ello, se anuló todo lo obrado en esta causa, la que se repuso al estado de "que el juez tributario competente provea conforme a derecho la reclamación de fs. 43 y continúe su tramitación hasta su terminación". En consecuencia, la reclamación tramitada por el juez delegado no podía suspender el término de prescripción y el Servicio de Impuestos Internos nunca estuvo impedido de girar los impuestos. Por ende, al momento de proveerse el reclamo por el juez natural, ya había transcurrido con creces el lapso de prescripción de la obligación tributaria y su respectiva acción de cobro, conforme a los artículos 24 , 200 y 201 del referido ordenamiento legal, contado desde la fecha de vencimiento de los tributos.

Segundo: Que la cuestión jurídica propuesta incide en dilucidar si durante la extensión temporal que abarcó la nulidad del presente juicio corrió el término de prescripción de la acción de cobro de los impuestos, alternativa que la sentencia impugnada descarta basada en que el plazo de prescripción se suspendió al interponerse el reclamo tributario.

Tercero: Que la prescripción extintiva de las acciones judiciales, como se desprende de lo dispuesto en el artículo 2514 del Código Civil, requiere para configurarse de la inactividad del acreedor y del deudor durante el tiempo que señala la ley. Cuando semejante inactividad cesa, ya sea por parte del acreedor que reclama su derecho, o bien por parte del deudor que reconoce la existencia de la deuda, puede afirmarse, en términos generales, que la prescripción en curso se interrumpe.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO CIVIL\tART. 1683 (DEL ART. 2)CODIGO CIVIL\tART. 2514 (DEL ART. 2)CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 170CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 160CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 775CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 84CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 772CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 785CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE CHILE\tART. 7CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES\tART. 10CODIGO TRIBUTARIO\tART. 125 (DEL ART 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 147 (DEL ART. 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 124 (DEL ART 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 201 (DEL ART 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 24 (DEL ART. 1)

Descriptores

Casación de oficioPrescripción de la acciónPrincipio dispositivoServicio de Impuestos Internos (SII)Juez delegadoJuez NaturalIntereses moratoriosReclamo tributarioPrescripción acción de cobro de impuestosSuspensión de prescripción por presentación de reclamo

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte Suprema en casación: la proporción medida sobre los 2.140 recursos de esta base.Conoce Pro

Fallos que aplican las mismas normas

InadmisibleRol 5263-2010Corte Suprema4 oct 2012

Juan A. Loyola Opazo con Servicio de Impuestos Internos

Corte Suprema rechaza recurso de casación del contribuyente sobre prescripción tributaria, pero invalida de oficio la sentencia para excluir intereses moratorios devengados durante el proceso nulo, por ser atraso imputable al Estado.

Casación
InadmisibleRol 4155-2010Corte Suprema28 sep 2012

Juan Antonio Loyola Opazo con Servicio de Impuestos Internos

Rechaza recurso de casación del contribuyente sobre gastos y prescripción; invalida de oficio la sentencia para eliminar intereses devengados durante proceso inválido por tribunal incompetente.

Casación
InadmisibleRol 2506-2010Corte Suprema21 sep 2012

Comunidad San Martín Vistoso con Servicio de Impuestos Internos

Corte Suprema rechaza casación en el fondo pero invalida de oficio la sentencia para excluir intereses moratorios devengados durante el período de tramitación nula del proceso por incompetencia del tribunal.

Casación
InadmisibleRol 3598-2010Corte Suprema10 sep 2012

Fortex Chile S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Rechaza recurso de casación del contribuyente pero invalida de oficio la sentencia para eximir los intereses moratorios devengados durante el período procesalmente ineficaz causado por nulidad de la tramitación.

Casación
No Ha LugarRol 1167-2011Corte Suprema25 oct 2012

Ivan Merino Marquez con Servicio de Impuestos Internos

Rechaza casación del contribuyente sobre prescripción, pero invalida de oficio la sentencia por indebida aplicación de intereses moratorios durante período de nulidad procesal no imputable al contribuyente.

Casación
InadmisibleRol 8559-2011Corte Suprema15 ene 2013

Venegas e Insulza LTDA. con Servicio de Impuestos Internos

Corte Suprema rechaza recurso de casación por defectos formales y falta de infracción de ley decisoria, pero anula de oficio la sentencia por indebida aplicación de intereses moratorios durante el período de nulidad procesal.

Casación
Pro

Hay 5 fallos más sobre estas normas

Mismo articulado, con su rol, carátula y tribunal, en las más de 4.000 sentencias del Poder Judicial de la base.

Conoce Pro