Kodak Chilena S.A.F. con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 2850-2019 |
| Fecha sentencia | 10 abr 2019 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | HA LUGAR EN PARTE |
| Resuelve a favor de | Ambos, en parte |
| Ministros | Ricardo Abuauad Dagach · Lamberto Cisternas Rocha · Hugo Dolmestch Urra · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Manuel Valderrama Rebolledo |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRecurso de casación contra sentencia que acogió parcialmente reclamo de contribuyente por diferencias de impuesto primera categoría 2008. Corte Suprema rechazó casación por falta de cuestión jurídica sobre normas sustantivas de deducción de gastos.
Texto de la sentencia
Santiago, diez de abril de dos mil diecinueve.
A los escritos folios N°s 8065-2019 y 8429-2019: a todo, téngase presente.
Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el abogado don José Antonio Yazigi Puelma, en representación de la contribuyente Kodak Chilena S.A.F., en contra de la sentencia de tres de octubre de dos mil dieciocho, escrita a fs. 204, que confirmó el fallo de primer grado, que acogió parcialmente el reclamo deducido respecto de la Liquidación N° 55, de 29 de julio de 2011, dictada por el Servicio de Impuestos Internos, por diferencias de Impuesto de Primera Categoría del año tributario 2008.
Segundo: Que tal decisión, en concepto del recurrente, configura las infracciones de los artículos 140 y 148 del Código Tributario , 159 del Código de Procedimiento Civil, 19 , 1698 , 1700 , 1702 , 1704 y 1706 del Código Civil, 35 y 39 del Código de Comercio y 2 transitorio de la Ley 20.322 . Explica que se dictó por el juez de primera instancia una medida para mejor resolver consistente en solicitar un informe al Departamento de Grandes Empresas Nacionales de la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, fuera de los presupuestos legales y dictada en una oportunidad diferente a la establecida por la ley, sin que se le diera traslado para hacerse cargo de las afirmaciones contenidas en él, mermando su derecho a defensa, siendo considerado por los sentenciadores para efectos de fundar su decisión.
También señala que se quebrantaron las normas reguladoras de la prueba, por cuanto presentó documentos que validan la declaración de impuesto a la renta del año tributario 2008, siendo descartados en consideración al informe agregado como medida para mejor resolver, descartando con ello las anotaciones realizadas en la contabilidad del contribuyente, sin señalar los fundamentos de esa decisión.
Tercero: Que la sentencia impugnada, confirmó la de primer grado, que en lo pertinente establece que el contribuyente no aportó antecedentes suficientes para acreditar en forma fehaciente los requisitos para que proceda la deducción como gastos de las partidas cuestionadas por el Servicio de Impuestos Internos, salvo en las que se refiere al castigo de deudores incobrables y castigo de mercaderías, por los montos de $ 78.147.581 y 22.045.577, los que da por acreditados y por ello acoge parcialmente el reclamo, ordenando modificar la Liquidación N° 55, en esos términos.
Cuarto: Que como puede advertirse, el recurso carece de una cuestión jurídica que permita a esta Corte abocarse al conocimiento del asunto, al no acusar y desarrollar alguna infracción a las normas sustantivas que establecen y determinan la procedencia de los gastos y su rebaja de la renta bruta por ser necesarios para producirla, y cuya falsa aplicación sería consecuencia necesaria de la pretendida nulidad objeto de esta litis. De ese modo, al no contener tales menciones se torna impracticable el estudio del asunto, al no estar facultada esta Corte para analizar el problema de fondo conocido en esta causa, cuestión que impide que el recurso pueda prosperar.
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo previsto por el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido en lo principal de fs. 206, en contra de la sentencia de tres de octubre del año dos mil dieciocho.
Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.
Normas aplicadas
Descriptores del SII
Gastos - Deudores incobrables y castigo de mercaderías - Médida para mejor resolver
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Ingenieria y Construccion Santa Maria LTDA con Servicio de Impuestos Internos
Contribuyente solicitó devolución de impuestos por pérdida de arrastre del año 2003 en declaración 2011. Aunque la pérdida fue reconocida por sentencia ejecutoriada anterior, la Corte confirmó el rechazo por falta de acreditación de la reinversión con documentación suficiente.
Sociedad Avicola Pollos Kutulas LTDA. con Servicio de Impuestos Internos.
Corte confirma rechazo de devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas al no acreditarse fehacientemente la pérdida tributaria con documentación suficiente.
Servicio de Impuestos Internos con Corte de Apelaciones de Santiago
SII impugnó por queja la inadmisibilidad de su recurso de apelación interpuesto subsidiariamente junto a casación en la forma. La Corte Suprema acogió la queja, estimando que la interposición conjunta en un mismo escrito no se contradice con la subsidiariedad y que la inadmisibilidad vulneró el debido proceso y tutela judicial efectiva.
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Recurso de casación interpuesto por el SII en contra de sentencia que acogió parcialmente reclamo por diferencias de IVA en liquidaciones de 2012-2015. La Corte Suprema rechazó la casación por cuanto el SII no cuestionaba propiamente la aplicación del derecho tributario sino solo el alcance de la prueba rendida.
Arias Caroca Gabriela de la Luz con Servicio de Impuestos Internos
Se rechazó recurso de casación sobre nulidad procesal de liquidación de impuesto global complementario e impuesto de primera categoría por año 2013. La contribuyente cuestionó aplicación del artículo 83 CPC pero no fundamentó adecuadamente la infracción denunciada ni objetó normas tributarias aplicadas.
Luco Morande Isabel Margarita con Servicio de Impuestos Internos
Recurso de casación contra sentencia que rechazó reclamo sobre nulidad de notificación de liquidación de impuesto global complementario. La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso por defectos formales en su presentación.