Inversiones Galleano LTDA. y en Comandita por Acciones con Servicio de Impuestos Internos de RM. Santiago Oriente.
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 36679-2019 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 4 abr 2023 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechazadas casación forma y fondo |
| Ministros | Haroldo Brito Cruz · Jorge Dahm Oyarzún · Leopoldo Llanos Sagrista · Manuel Valderrama Rebolledo (redactor) · María Letelier Ramírez |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRechaza casación forma y fondo de contribuyente que alegaba prescripción por dilación procesal (más de 10 años). El tribunal sostiene que el plazo no fue irrazonable considerando complejidad, diligencia judicial y actividad procesal, y que la suspensión de prescripción por reclamo fue legítima.
Hechos
Inversiones Galleano Ltda. declaró pérdidas de arrastre en años tributarios 2009-2011. El SII emitió Resolución 6700/2012 y Liquidación 475 (30 ago 2012) desconociendo tales pérdidas. La contribuyente interpuso reclamo ante Dirección Regional del SII (14 nov 2012), que se tramitó ~2 años. Luego, ejerció derecho de opción ante Tercer Tribunal Tributario y Aduanero (sep 2014). Primera instancia (31 may 2018): rechazó reclamo, desestimó excepción de prescripción. Corte de Apelaciones (26 sep 2019): confirmó. Contribuyente interpuso casación forma y fondo ante Corte Suprema alegando vulneración al plazo razonable (>10 años desde AT 2009) y deficiencias procedimentales.
Considerandos clave
La Corte Suprema desestima alegatos sobre falta de fundamentación (casación forma), constatando que el tribunal sí expuso argumentos de hecho y derecho para rechazar el reclamo. Respecto del fondo, rechaza infracción al derecho a ser juzgado en plazo razonable (art. 19 Nº3 CPR, art. 8 CADH): aunque reconoce demora, aplica estándar de razonabilidad ponderando complejidad del asunto, diligencia judicial y actividad procesal. Considera que la duración ante dirección regional (previa a opción por tribunal tributario) no es imputable a autoridades judiciales, y que la contribuyente aceptó proseguir sin reclamar. Rechaza que se aplique prescripción adquisitiva de 10 años, reafirmando que con el reclamo se suspende la prescripción tributaria. Desestima invocación a precedentes como fuente formal de derecho. Concluye que no hubo vulneración grave de garantías constitucionales ni infracciones a normas del Código Tributario o Civil sobre prescripción.
Resolutivo
Rechaza recurso de casación en forma y en el fondo interpuesto por Inversiones Galleano Ltda. Se mantiene firme la sentencia de la Corte de Apelaciones que confirmó el rechazo del reclamo tributario y la desestimación de la excepción de prescripción. Queda firme la validez de Resolución 6700/2012 y Liquidación 475.
Texto de la sentencia
Santiago, cuatro de abril de dos mil veintitrés.
En estos autos Rol Nº 36.679-2019, se ha tramitado un procedimiento de reclamación tributaria, en que la contribuyente Inversiones Galleano Limitada y Encomandita por Acciones, dedujo recurso de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia de veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El citado fallo confirmó el de primer grado, de fecha treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho, pronunciado por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana de Santiago, por el que se rechazó la acción de reclamación intentada, manteniendo firmes la Resolución Ex. N° 6700/2012 y la Liquidación No. 475, ambas de fecha 30 de agosto de 2012, emitidas por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (SII).
En virtud del mismo pronunciamiento, se desestimó la excepción de prescripción deducida por la sociedad reclamante.
Por sentencia dictada el 9 de julio de 2020, el Tribunal Constitucional acogió el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la sociedad reclamante, respecto del artículo 768 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, declarándose inaplicable el aludido precepto para este proceso.
Encontrándose la causa en estado, con fecha dieciocho de agosto de dos mil veinte, se ordenó traer los autos en relación.
I. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA:
PRIMERO: Que el recurso de casación en la forma invoca la causal prevista en el artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 170 N° 4 del mismo cuerpo legal, esto es, por faltarle a la sentencia las consideraciones de hecho y de derecho en que se fundamenta.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Industral Molina LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
Acoge casación por vulneración del derecho a plazo razonable (Conv. Americana DDHH art. 8°): declara prescrita la acción de cobro del Fisco por superar seis años desde válida presentación del reclamo tributario.
CMPC Celulosa S.A con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema rechaza casación de CMPC Celulosa contra SII por diferencias de impuesto de primera categoría año 1998. Confirma que la reclamación oportuna suspendió prescripción de la acción de cobro y que no existió nulidad de derecho público en la citación administrativa.
Tesoreria General de la Republica con Ergas Friedman Sara Myriam.
Corte Suprema rechaza casación de contribuyente y confirma que la acción de cobro de impuestos no ha prescrito, pues fue interrumpida por reclamación administrativa y posteriormente por requerimiento judicial dentro del plazo legal.
Constructora y Transportes Nalcahue SPA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional de los Rios
Rechaza casación en forma y fondo interpuesta por contribuyente contra sentencia de Apelaciones que confirmó liquidaciones de IVA por facturas falsas, por falta de acreditación de conocimiento de falsedad y defecto procesal en recurso.
Angostura Country Club S.A. con Servicio de Impuestos Internos
Rechaza casación en forma y fondo del SII contra sentencia que acogió reclamo de vulneración por revocación de exenciones territoriales sin notificación legal, por ser procedimiento cautelar incompatible con casación.
Abarza González y otro con Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Punta Arenas
Corte Suprema declara inadmisible la casación en forma y rechaza la casación en el fondo por falta de fundamentos concretos y específicos en los agravios deducidos contra la sentencia confirmatoria de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.