Mcwane Chile Inversiones Limitada con Servicio de Impuestos Internos Santiago Poniente.
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 37182-2015 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 22 sep 2016 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechaza casacion en el fondo |
| Ministros | Lamberto Cisternas Rocha · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Jean Matus Acuña (redactor) · Manuel Valderrama Rebolledo |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRechaza casación por defecto procesal: recurso no cuestiona la norma decisoria (art. 41 N° 10 LIR) que fundamenta la liquidación, vulnerando requisito de claridad del art. 772 CPC.
Hechos
MCWANE CHILE INVERSIONES LIMITADA reclamó liquidación tributaria N° 177 (mayo 2014) por Impuesto Primera Categoría 2013. El SII gravó diferencias de cambio por US$ 6.300.000 en deuda con matriz extranjera, disminución producto de variación dólar 2011-2012. Tribunal Tributario hizo lugar parcial (corrección monetaria $46.338.573). Corte de Apelaciones revocó y rechazó reclamo. Contribuyente interpone casación en el fondo.
Considerandos clave
La Corte Suprema constata que controversia se resuelve por art. 41 N° 10 LIR (obligaciones en moneda extranjera reajustables según cotización Banco Central), norma no modificada por Ley N° 20.630. El contribuyente denuncia infracción de art. 41 N° 9 (antes modificación), pero no cuestiona art. 41 N° 10 que es decisorio para la litis. Esta omisión viola art. 772 CPC, que exige señalar claramente la ley infringida y forma del quebrantamiento. Sin impugnación concreta de la norma aplicable, tribunal rechaza el recurso por defecto formal insanable.
Resolutivo
Rechaza casación en el fondo interpuesta por MCWANE CHILE INVERSIONES LIMITADA contra sentencia de Corte de Apelaciones de 8 de octubre de 2015. Queda firme fallo que rechaza reclamo y mantiene liquidación N° 177 del SII.
Texto de la sentencia
Santiago, veintidós de septiembre de dos mil dieciséis.
En estos autos Rol Nº 37.182-15 de esta Corte Suprema sobre procedimiento de reclamación, el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana de Santiago, por resolución de veintitrés de junio de dos mil quince, hizo lugar en parte al reclamo interpuesto por la sociedad MCWANE CHILE INVERSIONES LIMITADA, en contra de la Liquidación N° 177 de 5 de mayo de 2014, de la Dirección Regional Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, por concepto de Impuesto de Primera Categoría del año tributario 2013 y, en consecuencia, dejó sin efecto la referida liquidación y ordenó agregar a la determinación de la Renta Líquida Imponible la corrección monetaria tributaria sólo por la cantidad de $46.338.573.
Apelada esta sentencia por el Servicio de Impuestos Internos, una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago por fallo de ocho de octubre de dos mil quince la revocó y, en su lugar, rechazó el reclamo contra de la Liquidación N° 177 de 5 de mayo de 2014.
Contra este último pronunciamiento, la contribuyente dedujo recurso de casación en el fondo, el que se ordenó traer en relación.
Primero: Que en el recurso de casación se denuncia la infracción de los artículos 41 N° 9 de la Ley sobre Impuesto a la Renta vigente al 31 de diciembre de 2012, 1 N° 15 de la Ley N° 20.630 que modifica el aludido artículo 41 N° 9 , 8 de la Ley N° 20.630 y 3 del Código Tributario.
Explica que el artículo 41 N° 9 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, modificado por la Ley N° 20.630 se aplica a la determinación del impuesto del año comercial 2013, año tributario 2014, pues lo contrario importa aplicación retroactiva de la ley. Además, que el artículo 8 de la Ley N° 20.630 indique que entra en vigencia esta ley el 1 de enero de 2013 no altera lo anterior, porque esa época se condice con el artículo 3 del Código Tributario .
Luego de exponer la forma en que los errores denunciados influyen sustancialmente en lo dispositivo del fallo impugnado, pide que se invalide éste y que en el de reemplazo se haga lugar al reclamo.
Segundo: Que para el adecuado estudio de lo impugnado en el arbitrio, deben tenerse a la vista los hechos establecidos y lo razonado por la sentencia de segundo grado recurrida.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Graciela Carolina Mendoza Uriarte con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Chillan
Rechaza casación en forma y fondo presentada por contribuyente contra sentencia que confirmó clasificación de inmueble en Segunda Serie No Agrícola. Tribunal sostiene que recurso incumple requisitos de preparación y carece de fundamento suficiente respecto de hechos establecidos.
Valores Security S.A. Corredores de Bolsa con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional STGO Oriente
Rechaza casación en el fondo por falta de fundamento. La Corte Suprema confirma que la Corte de Apelaciones correctamente revocó el fallo que acogió el reclamo de devolución de impuestos, al encontrar insuficiencia probatoria sobre la materialidad de los servicios facturados.
Khamis Johannsen con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional STGO Oriente
Rechazada casación del SII por manifiesta falta de fundamento. Los errores denunciados sobre aplicación de coeficiente corrector no influyen sustancialmente en lo dispositivo, pues la sentencia se fundó en insuficiente fundamentación del acto administrativo, capítulo no atacado en el recurso.
Espinoza Toloza con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Talca
Corte Suprema rechaza casación por omisión de denuncia de norma sustantiva decisoria litis (art. 17 N°8 LIR) y confirma tributación de mayor valor en enajenación de inmueble aportado a EIRL, desestimando alegación de resciliación retroactiva.
Maderas Marcelo Zuniga EIRL con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional de los Rios
Corte Suprema declara inadmisible la casación de fondo por falta de fundamento jurídico específico, dejando firme el rechazo al reclamo de devolución de impuestos denegado por inconsistencias en declaraciones.
Bemobi Dco Servicios Tecnológicos Limitada con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
Corte Suprema declara inadmisibles los recursos de casación en forma y fondo interpuestos por Bemobi DCO contra sentencia que confirmó rechazo de devolución de crédito fiscal IVA por servicios de exportación.