Comercializadora e Inv Grama LTDA con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 3975-2010 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 26 nov 2010 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Tercera · Constitucional |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechaza casacion en el fondo |
| Ministros | Sonia Araneda Briones · Héctor Carreño Seaman · Mauricio Jacob Chocair (redactor) · Mónica Maldonado Croquevielle · Pedro Pierry Arrau |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRechaza casación en el fondo interpuesta por contribuyente contra sentencia que confirmó sanción por pérdida de factura sin emitir, por falta de fundamento en la impugnación de hechos.
Hechos
Comercializadora e Inversiones Grama Limitada fue denunciada por pérdida de factura de venta sin emitir N° 118 (extraviada el 5 de julio de 2005, reportada el 6 de septiembre de 2005, fuera del plazo de 10 días). El Tribunal Tributario y Aduanero rechazó sus descargos y aplicó multa de 5 UTM. La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia el 16 de abril de 2010. Grama recurre de casación en el fondo ante la Corte Suprema.
Considerandos clave
La Corte Suprema constata que los hechos quedaron establecidos por los jueces del fondo: pérdida no fortuita del documento y falta de medidas de resguardo. Rechaza que la carga de la prueba haya sido alterada, pues el artículo 97 N° 16 del Código Tributario exige al contribuyente probar el carácter fortuito de la pérdida. Desestima que una factura sin emitir escape al concepto de documento relacionado con actividades afectas a impuestos, pues la norma no distingue y el riesgo de perjuicio fiscal persiste. Declara que el artículo 384 N° 2 CPC no es norma reguladora de la prueba, por lo que su valoración es facultad soberana del tribunal de la instancia. Sobre costas, señala que no constituyen sentencia definitiva o interlocutoria recurrible de casación. En cuanto al aumento de sanción, la multa quedó dentro de los márgenes legales vigentes.
Resolutivo
Rechaza el recurso de casación en el fondo por manifiesta falta de fundamento, quedando firme la sentencia de la Corte de Apelaciones que confirmó la sanción por pérdida de factura.
Texto de la sentencia
Santiago, veintiséis de noviembre de dos mil diez.
Primero: Que en este juicio sobre reclamo de Acta de denuncia N°
25002088, Rol N° 3975-2010 de esta Corte, el reclamante
?Comercializadora e Inversiones Grama Limitada? recurre de casación en el fondo en contra de la sentencia de segunda instancia de dieciséis de abril de dos mil diez, que confirmó la de primer grado que rechazó la señalada Acta de Denuncia y aplicó una multa de cinco unidades tributarias mensuales.
Segundo: Que el recurrente funda su solicitud de nulidad en primer término en la infracción a lo dispuesto en el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República en relación con los artículos 1698 inciso 1 ° del Código Civil , 384 N° 2 del Có digo de Procedimiento Civil y 2 del Código Tributario . Lo anterior por cuanto correspondía al Servicio de Impuesto Internos acreditar la culpa en que incurrió la reclamante en la pérdida de una factura; y sin perjuicio de ello su parte, por medio de la prueba testimonial rendida, probó que el extravío de dicho documento fue de carácter fortuito. Por lo antes señalado se habría vulnerado el artículo 2 del Código Tributario, al no hacer aplicación de las normas antes indicadas.
También funda su recurso en la vulneración de lo que estatuye el artículo 97 N° 16 del último cuerpo legal citado, por cuanto lo que esta norma sanciona es la pérdida o inutilización de los libros de contabilidad o documentos que sirvan para acreditar las anotaciones contables o que estén relacionados con las actividades afectas a cualquier impuesto, en circunstancias que lo extraviado fue una factura sin emitir, en blanco, por lo que no puede sostenerse que sea un instrumento que sirva de base a la contabilidad del contribuyente, desde que no contenía datos respecto de alguna operación. Teniendo en consideración lo anterior, sostiene que sólo se puede concluir que el extravío de una factura sin emitir no configura la infracción denunciada.
Que en tercer lugar acusa la violación del artículo 19 N° 3 inciso 7 ° de la Constitución Política de la República y del artículo 9 del Código Civil en relación con el artículo 2 del Código Tributario, por cuanto se aumentó la sanción impuesta fundado en lo dispuesto en la Ley N°
20.125, publicada el 18 de octubre de 2006, que modificó el artículo 87 N° 16 del Código Tributario, en circunstancias que de conformidad con la normativa indicada no se le puede dar a la ley efecto retroactivo.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Ricardo Benjamin Eltit Jadue con Servicio de Impuestos Internos
La Corte Suprema rechaza la casación del contribuyente, confirmando que las facturas fueron falsas, que le corresponde probar su efectividad, y que su participación en la falsedad lo excluye del crédito fiscal conforme al artículo 23 N° 5 del DL 825.
Comercial Mas Luz LTDA con Servicio de Impuestos Internos*
Rechaza casación del Fisco. La Corte Suprema confirma que para acreditar delito tributario por falsedad maliciosa en declaraciones (art. 97 N°4 inc.2 CT) la carga probatoria recae en el denunciante, no en el contribuyente; el art. 21 CT no invierte esa carga en materia penal.
Cerpa Canales Armando con Servicio de Impuestos Internos *
Acoge casación en el fondo por infracción de leyes reguladoras de la prueba: anula confirmación de liquidaciones tributarias por falta de sustento probatorio idóneo de la malicia que justificaría plazo de prescripción extendido.
Sociedad Comercial Manresa LTDA. con Servicio de Impuestos Internos *
Acogida casación en el fondo. Anulada sentencia de Corte de Apelaciones que confirmó rechazo del reclamo tributario, por incumplimiento de reglas probatorias: los jueces validaron acusaciones sin contar con documentación de cargo que debió obrar en autos.
C/mauricio Eulogio Hernandez MUÑOZ. QTE.: Servicio de Impuestos Internos.
La Corte Suprema rechaza la casación del SII contra la absolución dictada por la Corte de Apelaciones, confirmando que no existió engaño ni devolución indebida de dineros, por lo que la conducta no es típica del delito tributario imputado.
Daniela Rita Konow Hott con Servicio de Impuestos Internos
Acoge casación de la contribuyente por violación de leyes probatorias: los jueces desconocieron el valor de instrumentos públicos que acreditaban el valor comercial del inmueble aportado, asignando erróneamente peso determinante al informe del SII sin que este desvirtuara las presunciones de veracidad de los documentos.