Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

NO HA LUGARCorte Suprema · Rol 4032-201319 mar 2014

Cementos Bio Bio del Sur S.A. con Servicio de Impuestos Internos VIII D.R. Concepcion.

TribunalCorte Suprema
Rol4032-2013
Corte de origenCorte de Apelaciones de Concepción
Fecha sentencia19 mar 2014
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoNO HA LUGAR Rechazadas casación forma y fondo
MinistrosHaroldo Brito Cruz · Lamberto Cisternas Rocha · Hugo Dolmestch Urra · Jorge Lagos Gatica (redactor) · Pedro Pierry Arrau

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Corte Suprema rechaza casación en forma y fondo interpuesta por Cementos Bio Bio contra sentencia que confirmó rechazo de reclamo tributario por falta de acreditación de deducibilidad de intereses y pérdida por conversión de deuda intercompañías, así como de crédito por impuestos pagados en Ecuador.

Hechos

Contribuyente de primera categoría (Cementos Bio Bio del Sur S.A.) cuestionó resoluciones del SII que rechazó: (i) deducción de intereses por préstamos entre empresas relacionadas y pérdida por conversión de deuda en UF/dólares, argumentando falta de prueba de existencia del préstamo; (ii) crédito por impuestos pagados en Ecuador por regalías de EDESA S.A., calificadas como rentas de fuente mundial sin derecho a crédito. Tribunal Tributario y Aduanero rechazó reclamo (31 octubre 2012). Corte de Apelaciones de Concepción confirmó (18 abril 2013). Contribuyente dedujo casación en forma y fondo.

Considerandos clave

Tribunal rechaza ambos recursos. En forma: (1) Causal art. 768 nº4 CPC (ultra/extra petita) no prospera porque la existencia del préstamo sí fue controvertida en juicio; los jueces se pronunciaron dentro del marco de la litis al exigir acreditación del hecho económico real, destino y condiciones del crédito—todos relevantes para cuantificar el gasto. (2) Causal art. 768 nº5 CPC (falta de pronunciamiento) tampoco procede: el fallo rechazó íntegramente el reclamo, incluyendo la negativa del crédito por impuestos en exterior. En fondo: (1) Art. 21 Código Tributario no infringido: la norma exige acreditación con documentos, libros o medios necesarios; bastaba contabilidad solo si era suficiente, pero aquí se requería prueba adicional. (2) Art. 132 Código Tributario (sana crítica) no demostrado: recurso no especifica errores cometidos ni desatiende parámetros lógicos; solo afirma sin argumentar. (3) Arts. 41A ss Ley Renta y Convenio Chile-Ecuador: recurso no impugnó el hallazgo esencial de que los ingresos no constituyen regalía sino rentas de fuente mundial, imprescindible para prosperar en este punto.

Resolutivo

Se rechazan los recursos de casación en forma y en fondo interpuestos por Cementos Bio Bio contra sentencia de Corte de Apelaciones de Concepción de 18 abril 2013. La sentencia de segunda instancia queda firme, confirmando el rechazo del reclamo tributario.

Texto de la sentencia

Santiago, diecinueve de marzo de dos mil catorce.

En autos rol 4032-2013 de esta Corte Suprema, sobre procedimiento de reclamación tributaria iniciado por Cementos Bio Bio del Sur S.A., se dictó sentencia de primer grado el treinta y uno de octubre de dos mil doce, que rola a fojas 534 y siguientes, en virtud de la cual se rechazó el reclamo deducido, con costas, confirmando íntegramente la Resolución N° 192 de 12 de agosto de 2011, dictada por la Dirección General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos.

Esta decisión fue recurrida de apelación por la sociedad reclamante a fojas 574 y confirmada por la Corte de Apelaciones de Concepción con fecha dieciocho de abril de dos mil trece, según se lee a fojas 618 y siguientes.

A fojas 619 y siguientes, la defensa de la contribuyente dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo respecto de la sentencia de segundo grado, los que se trajeron en relación a fojas 654.

En cuanto al recurso de casación en la forma:

PRIMERO: Que por el presente recurso se expresa, en primer término, que la sentencia de segunda instancia incurrió en la causal del numeral 4º del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, por el rechazo a la deducción de los intereses pagados por préstamos entre empresas relacionadas y de la pérdida proveniente de la conversión de la misma deuda, que en el ejercicio estaba registrada en UF y pasó a dólares, en razón de estar asociadas a una obligación de crédito cuya existencia no fue probada, a pesar de que ello no fue objeto de controversia en el proceso.

Señala el recurrente que en la especie la objeción al pago de intereses y pérdida por conversión de deuda que hiciera el Servicio de Impuestos Internos se fundó, en términos generales, en que los desembolsos no cumplirían los requisitos generales y específicos del artículo 31 de la Ley de Impuesto a la Renta, para su deducción. Así, se señala en la contestación de tal organismo que el recurrente nunca se ha referido al destino de dichos préstamos, por lo que ello debía ser acreditado. No resulta lógico, entonces, solicitar que se pruebe en qué se invirtió una cantidad de dinero que, conforme a la lógica del tribunal, no habría sido percibida, y el punto de prueba fijado al efecto es coherente con ello, discutiéndose en el proceso las condiciones y destino del crédito, no su existencia. De esta manera, el razonamiento 22° del fallo incurre en la causal invocada al discurrir sobre la falta de prueba de un hecho que no formó parte de la controversia, por lo que termina solicitando se acoja el recurso, se invalide la sentencia atacada y se dicte la que corresponda con arreglo a la ley.

SEGUNDO: Que, en segundo lugar, la defensa de la contribuyente alega que se configura la causal consagrada en el numeral 5 ° del artículo 768, en relación con lo dispuesto en el artículo 170 Nº 6 , ambos del Código de Procedimiento Civil, por la falta de pronunciamiento de la sentencia de autos respecto de la procedencia del crédito en beneficio de Bio Bio, por impuestos pagados en el exterior.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

DECRETO LEY 824\tART. 31 (DEL ART 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 21 (DEL ART 1)DECRETO LEY 824\tART. 3 (DEL ART 1)

Descriptores

Beneficio económicoDerecho al debido procesoReclamacionesFuente de la renta

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte Suprema en casación: la proporción medida sobre los 2.140 recursos de esta base.Conoce Pro

Fallos que aplican las mismas normas

No Ha LugarRol 41062-2026Corte Suprema7 ago 2026

Inversiones Ramaja S.A. con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion

Rechaza casación en el fondo. La Corte Suprema confirma que los jueces del grado correctamente rechazaron deducir como pérdida tributaria los fondos transferidos a una corredora de bolsa, pues no se acreditó operación bursátil real ni que la pérdida fuera inherente al giro del contribuyente.

Casación
No Ha LugarRol 24142-2019Corte Suprema3 feb 2026

Sociedad Huertos Collipulli S.A con Servicio de Impuestos Internos IX Region

La Corte Suprema rechaza los recursos de casación de ambas partes: el SII no probó infracciones de ley que alteraran los hechos establecidos (existencia de operaciones y defectos formales en facturas), y la contribuyente no acreditó que la prueba excluida en segunda instancia fuese suficiente para modificar la sentencia.

Casación
No Ha LugarRol 25734-2019Corte Suprema10 oct 2025

Inversiones Nyar S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Corte Suprema rechaza casación en la forma por insuficiencia probatoria: la reclamante no acreditó fehaciente las pérdidas tributarias ni el PPUA alegado, pese a voluminosa documentación acompañada extemporáneamente sin cumplir requisitos legales de timbraje coetáneo.

Casación
No Ha LugarRol 9749-2019Corte Suprema30 sep 2025

Future Investements con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Metropolitana Santiago Oriente

La Corte Suprema rechaza los recursos de casación en forma y fondo interpuestos por Future Investments S.A. contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que confirmó el rechazo del reclamo contra liquidaciones de impuesto de primera categoría años 2010-2012, por insuficiencia probatoria en acreditación de gastos y corrección monetaria.

Casación
No Ha LugarRol 28133-2018Corte Suprema27 dic 2023

Street Machine Producciones S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Rechaza casación del SII contra fallo que acogió parcialmente reclamación de Street Machine, confirmando que gastos reembolsados a agencia extranjera (70% del pago) no se gravan con Impuesto Adicional, por estar acreditados según exigencias legales.

Casación
Pro

Hay 5 fallos más sobre estas normas

Mismo articulado, con su rol, carátula y tribunal, en las más de 4.000 sentencias del Poder Judicial de la base.

Conoce Pro