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INADMISIBLECorte Suprema · Rol 4735-201218 jul 2012

Ximena Ivone Guitart Fernandez con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte Suprema
Rol4735-2012
Corte de origenCorte de Apelaciones de Concepción
Fecha sentencia18 jul 2012
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoINADMISIBLE Inadmisible casación de fondo
MinistrosLuis Bates Hidalgo · Hugo Dolmestch Urra · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Guillermo Piedrabuena Richard

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Recurso de casación en el fondo interpuesto por contribuyente contra sentencia que confirmó rechazo de reclamo tributario. Casación declarada inadmisible por no cumplir requisitos formales exigidos en identificación clara de la infracción a norma decisoria de la litis.

Texto de la sentencia

Santiago, dieciocho de julio de dos mil doce.

1°.- Que en este juicio sobre reclamo tributario, seguido ante la Dirección Regional de Concepción del Servicio de Impuestos Internos, la defensa del contribuyente recurre de casación en el fondo contra la sentencia de segunda instancia, que confirmó el fallo de primer grado en la parte que rechazó su reclamación.

2°.- Que por dicho libelo se sostiene que el fallo impugnado incurrió en error de derecho al hacer suyo el criterio sustentado por el sentenciador de primer grado, relativo a desconocer la procedencia del artículo único, N° 4 de la Ley N° 18.320, permitiendo al Servicio actuar fuera de los plazos que concede dicho cuerpo legal, citando como única norma vulnerada la ya señalada.

3°.- Que, sin embargo, del propio tenor del escrito por el que se interpone el recurso de casación en estudio se puede constatar que éste no reúne los requisitos formales que exige el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que no expresa con la claridad que le es exigible a este medio de impugnación, la forma en que se habría producido la infracción que justificaría la nulidad sustantiva impetrada, prescindiendo y, por lo mismo, no estimar como transgredida las normas decisorias de la litis relativa a justificar la procedencia de su reclamo según lo estipulado en el Código Tributario, esto es aquellas que producen el efecto de resolver la cuestión controvertida.

4°.- Que por tanto, al apartarse el recurso de las exigencias aludidas que son las que permiten a esta Corte conocer lo que en concepto de la recurrente constituye la infracción, no es posible dar curso a la impugnación.

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en lo principal de fojas 282, en contra de la sentencia de ocho de mayo de dos mil doce, escrita a fojas 281.

Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Milton Juica A., Hugo Dolmestch U., Carlos Künsemüller L. y los abogados integrantes Sres. Luis Bates H. y Guillermo Piedrabuena R.

Autorizada por la Ministro de Fe de esta Corte Suprema.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

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Normas citadas

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 772

Descriptores

Admisibilidad del recurso de casación en el fondoServicio de Impuestos Internos (SII)No se denuncia infracción a la norma decisoria litisReclamo tributarioError de derecho/Influencia sustancialObligación de explicar errores de derecho denunciados

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