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NO HA LUGARCorte Suprema · Rol 4808-202520 may 2026

Cbp Financia Capital Factoring S.A. con Universidad Tecnológica Metropolitana

TribunalCorte Suprema
Rol4808-2025
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Fecha sentencia20 may 2026
RecursoCasación
SalaPrimera · Civil
ResultadoNO HA LUGAR Rechaza casacion en el fondo (m)
MinistrosArturo Prado Puga · María Repetto García (redactor) · Mauricio Silva Cancino · Mario Carroza Espinosa · Álvaro Vidal Olivares

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Rechaza casación de la ejecutada por confundir requisitos de mérito ejecutivo con los de cesión de factura electrónica; la factura fue irrevocablemente aceptada al no reclamarse en plazo, por lo que su cesión anterior y posterior anulación por nota de crédito no afectan la ejecutividad.

Hechos

CBP Financia demandó ejecutivamente a Universidad Tecnológica Metropolitana por factura N° 106 emitida el 19 de abril de 2020 por $7.978.950, cedida el 24 de abril. La Universidad opuso excepciones argumentando falta de aceptación (plazo 8 días no vencido) e impugnando la cesión. El 9° Juzgado Civil rechazó las excepciones (18 abril 2022), confirmado por Corte de Apelaciones de Santiago (23 enero 2025). La Universidad recurre en casación en el fondo a la Corte Suprema.

Considerandos clave

La Corte Suprema resuelve que la Ley N° 19.983 no exige que haya transcurrido el plazo de 8 días para que la factura sea cedible: solo requiere mención cedible y recibo. La cesión es válida antes de la aceptación irrevocable; esto solo incide en que el deudor pueda oponer excepciones al cesionario. La ejecutada no reclamó la factura dentro de los 8 días, quedando irrevocablemente aceptada. La nota de crédito emitida el mismo día de la cesión (dos horas después) es inoponible al cesionario conforme al artículo 3° inciso final de la Ley 19.983, que protege la circulación de facturas cedidas. La recurrente confunde requisitos de mérito ejecutivo con requisitos de cesión.

Resolutivo

Se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido por la Universidad Tecnológica Metropolitana contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago de 23 de enero de 2025, quedando firme la orden de continuar con la ejecución por el pago completo de la factura.

Texto de la sentencia

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Normas citadas

LEY 19983\tART. 4LEY 19983\tART. 1LEY 19983\tART. 3CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 464LEY 19983\tART. 9

Descriptores

Mérito ejecutivoServicio de Impuestos Internos (SII)Excepciones en el juicio ejecutivoRechaza excepciónInoponibilidad de excepciones personalesGestión preparatoria de notificación judicial de facturaAcción ejecutiva de cobro de facturaFactura irrevocablemente aceptadaCorrecta aplicación del derechoEmisión de nota de créditoFactura cedida

Cómo resuelve este tribunal

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