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NO HA LUGARCorte Suprema · Rol 55401-20165 mar 2018

Inversiones Valcan Limitada con Servicio de Impuestos Internos Oriente

TribunalCorte Suprema
Rol55401-2016
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Fecha sentencia5 mar 2018
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoNO HA LUGAR Rechazadas casación forma y fondo (m)
MinistrosLamberto Cisternas Rocha (redactor) · Jorge Dahm Oyarzún · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Jaime Rodríguez Espoz

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Rechaza casación forma y fondo deducida por contribuyente contra sentencia que denegó devolución de impuesto, por falta de acreditación de antecedentes contables y tributarios durante fiscalización, y por omisión de análisis de norma decisoria en el recurso.

Hechos

Inversiones Valcan Limitada reclamó contra Resolución Ex. 3946 del SII que denegó parcialmente devolución de $293.941.803 de PPUA para año tributario 2012. El Tribunal Tributario y Aduanero rechazó la reclamación fundándose en que la contribuyente no acreditó su resultado contable y tributario, ni aportó detalles de ajustes efectuados para determinar su pérdida tributaria. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó esta sentencia. La contribuyente dedujo entonces casación en forma (ultra petita) y de fondo ante Corte Suprema.

Considerandos clave

El tribunal rechaza casación en forma por no apreciar el vicio denunciado: la Corte de Apelaciones se limitó a pronunciarse sobre aspectos centrales para la litis según art. 170 CPC, cumpliendo con su obligación. En casación de fondo, el tribunal destaca que la reclamante omitió denunciar la infracción del art. 97 de la Ley de Impuesto a la Renta, disposición que constituye la piedra angular de su pretensión de devolución, impidiendo que se analicen los problemas jurídicos planteados. Además, respecto a la denuncia de infracción de arts. 132 y 10-14 CPC sobre prueba, ello responde a mecanismo de impugnación distinto y no satisface carga argumentativa de casación sustantiva. Finalmente, la alegación sobre art. 26 CT (buena fe en interpretación del SII) carece de fundamento y descansa en supuestos no establecidos.

Resolutivo

Se rechazan ambos recursos de casación en forma y de fondo deducidos por Inversiones Valcan Limitada, quedando confirmada la sentencia de la Corte de Apelaciones que denegó la devolución solicitada y la Resolución Ex. 3946 del SII que la rechazó parcialmente.

Texto de la sentencia

Santiago, cinco de marzo de dos mil dieciocho.

En estos autos ingreso rol N° 55.401-2016 de esta Corte Suprema, en procedimiento general de reclamación tributaria, por sentencia de  diecinueve de abril del dos mil dieciséis dictada por el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, se rechazó la reclamación interpuesta por Inversiones Valcan Limitada en contra de la Resolución Nº Ex. 3946, emitida por el Segundo Departamento de Fiscalización de Medianas y Grandes Empresas de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, con costas.

Apelada esta sentencia por la defensa de la contribuyente, fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago en fallo de seis de julio del año dos mil dieciséis.

En contra de esta última decisión, la reclamante dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo, los que se ordenó traer en relación por decreto de fs. 229.

Primero: Que el recurso de casación en la forma se basa en la causal cuarta del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, ultra petita, por extenderse el pronunciamiento a cuestiones no sometidas a la decisión del tribunal.

Explica el recurrente, en síntesis, que el tribunal rechazó la procedencia de la devolución solicitada y el monto, porque su parte no acreditó en autos el resultado contable que sirvió de base para la determinación del tributario y no aportó al proceso un análisis o detalle de los distintos ajustes (agregados y deducciones) efectuados para determinar su pérdida tributaria o renta líquida imponible negativa, con sus respectivos antecedentes, en circunstancias que en la resolución reclamada el Servicio de Impuestos Internos simplemente exigió la acreditación de dos cuentas, y en los escritos fundamentales del pleito no cuestionó el resultado contable ni tributario del año correspondiente.

Luego de exponer la forma en que los errores denunciados influyen sustancialmente en lo dispositivo del fallo impugnado, pide se invalide éste y se dicte sentencia de reemplazo que acoja el reclamo, con costas.

Segundo: Que de acuerdo al mérito de los antecedentes, uno de los aspectos estimados sustanciales, pertinentes y controvertidos en la causa, de acuerdo a la resolución que rola a fojas 77, fueron los prepuestos de hecho que hacen procedente la devolución solicitada por la reclamante en su declaración anual de impuesto a la renta para el año tributario 2012 , lo que fuera impugnado por la recurrente precisamente sobre la base de argumentaciones similares a las vertidas en su recurso, sin que tal pretensión prosperara, conforme aparece de fojas 87 y 100 de autos.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 170CODIGO TRIBUTARIO\tART. 148 (DEL ART 1)CODIGO TRIBUTARIO\tART. 26 (DEL ART 1)

Descriptores

Ley de impuesto a la rentaAusencia de error de derechoLey sobre impuesto a la rentaServicio de Impuestos Internos (SII)Pérdida tributariaCréditos contra el impuesto a la rentaReclamo tributarioDeniega solicitud de devolución de pago provisional de utilidades absorbidasReclamo de resoluciónPagos provisionales por utilidades absorbidas

Cómo resuelve este tribunal

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