Inmobiliaria el Faro SPA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional la Serena
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 56121-2025 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de La Serena |
| Fecha sentencia | 15 ene 2026 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechazado casación fondo manifiesta falta de fundamento |
| Ministros | Leopoldo Llanos Sagrista · Manuel Valderrama Rebolledo · Jorge Zepeda Arancibia · Pía Tavolari Goycoolea · Eduardo Gandulfo Ramírez |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte Suprema rechaza casación por manifiesta falta de fundamento: recurrente no explica cómo los errores de derecho alegados influyen sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
Hechos
Inmobiliaria El Faro SpA reclamó ante el Tribunal Tributario y Aduanero una liquidación del SII que calificó su declaración como maliciosamente falsa y rechazó goodwill tributario. El tribunal de primera instancia rechazó la reclamación. La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó el fallo (sentencia del 20 de noviembre de 2025). Inmobiliaria recurrió de casación en el fondo ante Corte Suprema invocando infracción a normas constitucionales, tributarias y civiles sobre procedimiento administrativo y deducción de goodwill.
Considerandos clave
La Corte examina si el recurso cumple requisitos formales del artículo 772 n°1 CPC: debe indicar errores de derecho y cómo influyen sustancialmente en lo dispositivo. Analiza los dos grupos de normas invocadas: (a) sobre la calificación de declaración falsa sin acto administrativo previo —recurrente construye infracción sobre hechos no establecidos según considerandos 37 y 38 del fallo de base, inamovibles en casación—; (b) sobre goodwill tributario —también se sostiene contra hechos no establecidos, en particular sobre la calificación del goodwill y existencia de inversión efectiva (considerandos 27 y 35). Concluye que ambos grupos de normas se fundamentan insuficientemente y no explican cómo sus supuestas infracciones modificarían lo dispositivo.
Resolutivo
Se rechaza la casación en el fondo por manifiesta falta de fundamento. Queda firme la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena del 20 de noviembre de 2025 que confirmó el rechazo de la reclamación tributaria.
Texto de la sentencia
Santiago, quince de enero de dos mil veintiséis.
1°) Que el recurso de casación en el fondo deducido en la presentación folio 44125-2025 por la parte reclamante, Inmobiliaria El Faro SpA, invoca como normas infringidas las siguientes disposiciones:
a) Artículos 6 y 7 de la Constitución Política de La República; artículos 21 inciso segundo ; 124 inciso final y 132 inciso final , todos ellos del Código Tributario; 20 del Código Civil y 1 N°8 de la Ley 20.322, en circunstancias que el Servicio de Impuestos Internos calificó la declaración de impuestos como maliciosamente falsa como un hecho no controvertido en la liquidación reclamada, sin haberse dictado el acto administrativo que así lo fundare, dejándole en indefensión.
b) Artículos 31 N° 9 y 41 N°6 , ambos de la Ley de la Renta; 19 del Código Civil y 132 del Código Tributario, en circunstancias que se encuentran acreditados los requisitos legales para la procedencia del goodwill tributario, donde acusa que la sentencia incorpora otros requisitos no contemplados en la ley. Asimismo, si bien el fallo impugnado alude a la existencia que la contabilidad es fidedigna, se rechaza la procedencia del aludido goodwill tributario.
Por su parte, en lo que refiere a las normas reguladoras de la prueba, acusa infracción al principio de no contradicción, por cuanto la sentencia recurrida, al reconocer que se genera la fusión impropia objeto del juicio y al reconocer el valor de la inversión, desconoce el tratamiento tributario respectivo 2°) Que según señala el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, elevado un proceso en casación de fondo el tribunal debe examinar si la sentencia objeto del recurso es de aquéllas contra las cuales lo concede la ley, y si reúne los requisitos que se establecen en los incisos primero de los artículos 772 y 776 del texto legal citado .
3°) Que, a su vez, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 772 N° 1 del Código de Procedimiento Civil, el escrito en que se deduzca el recurso de casación en el fondo debe señalar en qué consiste el o los errores de derecho de que adolece la sentencia recurrida, y el modo en que dichos errores influyen sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia.
4°) Que, analizado el recurso a la luz de las disposiciones legales referidas, las infracciones denunciadas se sostienen a base de fundamentos insuficientes que permitan comprender la forma en que éstos influyen sustancialmente en lo dispositivo del fallo y que pretenden modificar los hechos establecidos por la sentencia del grado, que hizo suyos los argumentos dictados por la del tribunal de base.
En efecto, en relación con los grupos de normas infringidas señaladas en el considerando 1°) precedente, se advierte lo siguiente.
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Otras sentencias de la Corte Suprema
Inmobiliaria la Herradura SPA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional la Serena
Corte Suprema rechaza casación en el fondo por manifiesta falta de fundamento; deja firme sentencia de Corte de Apelaciones que rechazó nulidad y negó goodwill tributario.
Inmobiliaria Guayacan SPA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional la Serena
Rechazada la casación por manifiesta falta de fundamento: los argumentos sobre nulidad por indefensión y goodwill tributario se construyen contra hechos inamovibles ya resueltos por los tribunales inferiores.
Huaico con Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos de Iquique
Se revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones y se rechaza el recurso de protección por no ser la vía adecuada para dirimir la controversia sobre interpretación del artículo 57 del Código Tributario respecto del pago de intereses.
Inmobiliaria Pan de Azúcar SPA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional la Serena
Rechazó casación por manifiesta falta de fundamento. La recurrente no demostró cómo los errores de derecho invocados influían sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
Inmobiliaria Cerro Grande SPA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional la Serena
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación por manifiesta falta de fundamento, al no explicitar cómo los supuestos errores de derecho influyen sustancialmente en lo dispositivo ni acreditar el perjuicio necesario para nulidad.
Inmobiliaria la Serena SPA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional la Serena
Rechazada la casación por manifiesta falta de fundamento. El recurso no explica cómo los alegados errores de derecho influyen sustancialmente en lo dispositivo ni cuestiona adecuadamente los hechos establecidos por los tribunales inferiores.