SOC. Pesquera Coloso con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 5834-2011 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 3 abr 2013 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | INADMISIBLE Invalida de oficio recurso de casación |
| Ministros | Jorge Baraona González · Haroldo Brito Cruz (redactor) · Hugo Dolmestch Urra · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte Suprema rechaza casación deducida por contribuyente contra sentencia que confirmó el rechazo de su reclamo tributario por diferencias de IVA y reintegro; invalida de oficio la sentencia para excluir intereses moratorios durante período de tramitación procesal inválida imputable al Estado.
Hechos
Pesquera Coloso S.A. reclamó ante Tribunal Tributario y Aduanero por diferencias de IVA (junio, agosto, septiembre 1999) y Reintegro del artículo 97 LIR (mayo 2000). El Tribunal Tributario rechazó el reclamo. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó ese rechazo. Pesquera Coloso dedujo recurso de casación en el fondo ante Corte Suprema. Previamente (3 de abril 2009), se había invalidado todo lo obrado por vicio de jurisdicción en el tribunal que tramitó originalmente el reclamo.
Considerandos clave
La Corte rechaza el recurso de casación porque: (1) la demanda carece de una cuestión clara sobre infracciones de normas decisorias (sustantivas sobre la procedencia de los cobros), incumpliendo así el artículo 772 CPC; (2) las denuncias sobre prueba documental y testifical constituyen cuestiones de apreciación de pruebas, no de vulneración de normas reguladoras, prohibido en casación de fondo; (3) el tribunal inferior no incurrió en errores de derecho. Sin embargo, de oficio y en virtud del artículo 785 inciso 2° CPC (por defecto de formalización del recurso), la Corte estima necesario corregir la indebida aplicación de intereses moratorios. Conforme al artículo 53 inciso 5° del Código Tributario, no procede generar intereses cuando el atraso obedece a causa imputable a los Servicios de Impuestos Internos o Tesorería. En este caso, la dilación procesal se debió a la tramitación inválida por tribunal sin jurisdicción (circunstancia imputable al Estado, no al contribuyente), por lo que los intereses durante ese período carecen de base legal, al no haberse producido por simple mora del contribuyente. Los reajustes sí proceden porque mantienen el valor de lo debido y no constituyen sanción. La casación de oficio es procedente porque el recurso se desechó por defectos formales y concurre manifiesta infracción legal en la aplicación de intereses.
Resolutivo
Se rechaza el recurso de casación deducido por Pesquera Coloso. Se invalida de oficio la sentencia de la Corte de Apelaciones y se la reemplaza por nueva sentencia que excluye los intereses moratorios devengados durante el período de tramitación procesal inválida imputable al Estado, manteniendo vigente el rechazo del reclamo en lo demás y los reajustes correspondientes.
Texto de la sentencia
Santiago, tres de abril de dos mil trece.
En estos autos Rol N° 5834-2011 de esta Corte Suprema, sobre procedimiento de reclamación iniciado por el contribuyente Pesquera Coloso S.A., se dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó el fallo de primera instancia, por el que se resolvió rechazar en todas sus partes el reclamo, relativo a diferencias de Impuesto al Valor Agregado por los períodos de junio, agosto y septiembre de 1999 y por Reintegro de Impuestos del artículo 97 de la Ley de Impuesto a la Renta de mayo de 2000.
A fojas 566, se trajeron los autos en relación.
I.- En cuanto al recurso de casación en el fondo:
PRIMERO: Que por el recurso de nulidad sustantiva se denuncian tres grupos de normas infringidas; en el primero se menciona la trasgresión de los artículos 6 letra A ) Nº 1 del Código Tributario y artículo 7 letra b ) del Decreto Ley Nº 7 de 1980 que contiene la Ley Orgánica Constitucional del Servicio de Impuestos Internos.
Señala que la sentencia desconoce la facultad del Director del Servicio de Impuestos Internos contenida en las normas denunciadas como vulneradas, que le autoriza para interpretar administrativamente las disposiciones tributarias, fijar normas, impartir instrucciones y dictar órdenes para la aplicación y fiscalización de los impuestos.
Así, el error se produce porque no se aplica respecto de las liquidaciones reclamadas la Circular Nº 93 de 19 de diciembre de 2001, vigente al momento de ser éstas emitidas, de forma que en ellas no se especifica claramente y con precisión el motivo por el que se impugnan las facturas, y, por el contrario su fundamento es genérico, disponiendo que las facturas son falsas, sin justificar respecto de cada uno de los proveedores dubitados cuál es la impugnación específica que se les hace.
SEGUNDO: Que por el segundo grupo de infracciones se denuncia la vulneración de los artículos 341 del Código de Procedimiento Civil y 1698 del Código Civil.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Juan Carlos Ortega Corvalan con Servicio de Impuestos Internos
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo del contribuyente, pero invalida de oficio la sentencia de la Corte de Apelaciones por indebida aplicación de intereses moratorios durante el período de tramitación procesal inválida.
Cines Nai Chile LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo presentado por el contribuyente, pero invalida de oficio la sentencia de la Corte de Apelaciones para eliminar los intereses moratorios devengados durante el período en que el proceso fue tramitado por tribunal sin jurisdicción.
Comunidad San Martín Vistoso con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema rechaza casación en el fondo pero invalida de oficio la sentencia para excluir intereses moratorios devengados durante el período de tramitación nula del proceso por incompetencia del tribunal.
Roa Quezada Gabriel con Servicio de Impuestos Internos
Rechaza recurso de casación del contribuyente sobre prescripción, pero invalida de oficio la sentencia para excluir intereses moratorios devengados durante proceso nulo imputable al Estado.
Venegas e Insulza LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema rechaza recurso de casación por defectos formales y falta de infracción de ley decisoria, pero anula de oficio la sentencia por indebida aplicación de intereses moratorios durante el período de nulidad procesal.
SOC. Comercial e Industrial Star Food LTDA. con Servicio de Impuestos Internos *
Corte Suprema confirma condena tributaria pero excluye intereses moratorios devengados durante período de proceso nulo por tribunal incompetente, considerando que el atraso no fue imputable al contribuyente sino al Estado.