Cerpa Canales Armando con Servicio de Impuestos Internos *
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 6327-2013 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 2 sep 2014 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | HA LUGAR Acogida casación fondo, anulada sentencia de |
| Ministros | Lamberto Cisternas Rocha · Hugo Dolmestch Urra · Milton Juica Arancibia (redactor) · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Nibaldo Segura Peña |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte Suprema acoge casación en el fondo por errores en la valoración de pruebas e infracción de leyes reguladoras de la prueba. Anula sentencia de Apelaciones que rechazó reclamo tributario por falta de análisis del mérito de prueba documental del contribuyente y presunciones infundadas.
Hechos
Contribuyente Armando Cerpa Canales reclamó liquidaciones por IVA (años 1997-1999) e impuestos a la Renta (1999-2001) emitidas por el SII por registro de facturas calificadas de ideológicamente falsas. El Tribunal Tributario rechazó el reclamo desestimando la excepción de prescripción. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó en julio 2013, considerando las facturas como maliciosamente falsas y aplicando plazo de 6 años (art. 200 inc. 2º del Código Tributario). El contribuyente dedujo casación en forma y fondo, alegando que las facturas fueron declaradas reales en sobreseimiento definitivo penal y que se violaron leyes de prueba al no analizar documentos periciales de esa causa criminal.
Considerandos clave
La Corte desestima la casación en forma porque el art. 179 CPC (cosa juzgada por sentencias absolutorias penales) no requiere triple identidad del art. 177. Sin embargo, advierte que la ausencia de delito penal no excluye consecuencias en orden tributario. En casación de fondo, determina que se cometieron errores en la valoración de prueba: (i) se asignó presunción de veracidad a afirmaciones del SII sin fundar en actividad probatoria real; (ii) se omitió analizar documentos periciales de la causa penal que acreditaban realidad de operaciones; (iii) se violó art. 427 CPC al apoyarse en informes de funcionarios distintos de quienes emitieron las liquidaciones; (iv) se desconoció que facturas objetadas no obran en autos, lo que impide verificar la pretendida malicia. La carga de prueba tributaria fue incumplida por el SII al no aportar prueba material de falsedad.
Resolutivo
Se rechaza recurso de casación en la forma. Se acoge casación en el fondo. Se anula sentencia de la Corte de Apelaciones de 15 de julio de 2013 por errores en la valoración de prueba e infracción de leyes reguladoras de la prueba. Sentencia será reemplazada en resolución separada.
Texto de la sentencia
Santiago, dos de septiembre de dos mil catorce.
En estos autos Rol Nº 6.327-2013 de esta Corte Suprema sobre procedimiento de reclamación de liquidaciones tributarias iniciado por don Armando Cerpa Canales, se dictó sentencia de primer grado el veintiuno de agosto de dos mil doce, que rola a fojas 510 y siguientes, por la que se negó lugar a las nulidades opuestas por el reclamante y se rechazó el reclamo deducido en contra de las liquidaciones Nº 1.208 a 1.240 por Impuesto al Valor Agregado, Renta de Primera Categoría y Global Complementario de los años tributarios 1999, 2000 y 2001, rechazando la excepción de prescripción invocada, con costas a la reclamante, las que se fijan en la suma de $31.967.485.- que equivalen al 10% del monto del impuesto reclamado, reajustado. Dicha decisión fue apelada por el contribuyente a fojas 520, y objeto de pronunciamiento por la Corte de Apelaciones de Santiago el quince de julio de dos mil trece, el que rola a fojas 804 y siguientes, en virtud del cual se confirmó la sentencia apelada, con declaracion de que los intereses moratorios que establece el artículo 53 del Código Tributario no se han devengado durante el período comprendido entre las fechas en que se presentó el reclamo y la que lo tuvo por definitivamente interpuesto, esto es, entre el 15 de octubre de 2002 y el 9 de junio de 2009.
A fojas 808 y siguientes, la defensa del contribuyente dedujo sendos recursos de casación en la forma y en el fondo, los que se ordenó traer en relación por resolución de fojas 877.
EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA:
PRIMERO: Que por el recurso se expresa que la sentencia de segunda instancia incurrió en la causal del numeral 6º del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, al haber rechazado la excepción opuesta fundada en el sobreseimiento definitivo que se dictara por el 8º Juzgado del Crimen de Santiago, en la causa rol 815-2002, en virtud de lo dispuesto en el numeral 2º del artículo 408 del Código de Procedimiento Penal en favor de Armando Cerpa Canales, representante de Sociedad Comercial Manresa Limitada y de la recurrente, Empresa Comercial e Industrial Buen Sabor Limitada.
En dicha causa penal se denunció precisamente el registro en su contabilidad y en la de las sociedades Comercial Manresa Limitada y Empresa Comercial e Industrial Buen Sabor Limitada de las mismas facturas presunta e ideológicamente falsas, según el Servicio de Impuestos Internos, que dan lugar a las liquidaciones reclamadas, por lo que dicha excepción debió ser acogida. Sin embargo, la sentencia de primera instancia la rechaza, aduciendo las finalidades propias de cada procedimiento, diversas, y por no darse uno de los requisitos del artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la identidad de la cosa pedida. Tal razonamiento es erróneo, porque lo hecho valer es lo dispuesto en el artículo 179 del Código de Procedimiento Civil, que no requiere la concurrencia de los requisitos del artículo 177 y nada dice de las finalidades de los procedimientos. Además, la sentencia cita el artículo 148 del Código Tributario, señalando que las disposiciones del Código de Procedimiento Civil son aplicables en la medida que sean compatibles con la naturaleza de las reclamaciones, pero nada dice de la supuesta incompatibilidad.
A su turno, la sentencia de segunda instancia confirma esa tesis, indicando que no concurre la identidad de la cosa pedida, lo que ratifica el vicio en que se ha incurrido, porque el artículo 179 del Código de Procedimiento Civil invocado no requiere la triple identidad que se ha analizado, sin que sea obstáculo para su aplicación las diversas finalidades de los procedimientos y resulta compatible con el procedimiento general de reclamaciones del Código Tributario.
Denuncia que, entonces, la causal alegada se configura en la especie, porque la mantención de lo resuelto en primera instancia implica el pago de impuestos basado en el rechazo de facturas tachadas de ideológicamente falsas, cuando ya se ha resuelto en sede judicial que tales documentos corresponden a operaciones reales y efectivas
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Inmobiliaria Parques y Jardines S.A. con Servicio de Impuestos Internos Santiago Centro.
Rechaza casación en el fondo deducida por contribuyente contra sentencia que confirmó rechazo de devolución de PPM y crédito Sence, por defectos formales del recurso y falta de impugnación adecuada de hechos.
Inmobiliaria N L S.A. con Servicio de Impuestos Internos **
La Corte Suprema rechaza casación en forma y fondo interpuesta por Inmobiliaria NL S.A., confirmando que la pérdida tributaria de $1.326.282.540 del año 2008 no fue acreditada fehacientemente y que el SII ejerció válidamente sus facultades fiscalizadoras sin incurrir en prescripción.
Gonzalez Ponce Graciela con Servicio de Impuestos Internos
La Corte Suprema rechaza casación en forma y fondo interpuesta por contribuyente contra sentencia que confirmó liquidación tributaria por falta de acreditación del origen de fondos para inversión inmobiliaria.
Veliz Perez Juan Carlos con Servicio de Impuestos Internos
La Corte Suprema rechaza la casación del contribuyente por alegaciones alternativas e incompatibles sobre prescripción de la acción fiscalizadora, convalidando las liquidaciones de impuestos a la renta de 2007 por falta de acreditación del origen de fondos.
Cerpa Canales Armando con Servicio de Impuestos Internos *
Acoge casación en el fondo por infracción de leyes reguladoras de la prueba: anula confirmación de liquidaciones tributarias por falta de sustento probatorio idóneo de la malicia que justificaría plazo de prescripción extendido.
Sociedad Comercial Manresa LTDA. con Servicio de Impuestos Internos *
Acogida casación en el fondo. Anulada sentencia de Corte de Apelaciones que confirmó rechazo del reclamo tributario, por incumplimiento de reglas probatorias: los jueces validaron acusaciones sin contar con documentación de cargo que debió obrar en autos.