Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

NO HA LUGARCorte Suprema · Rol 7105-20132 sep 2014

Hoteles de Chile S.A. con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte Suprema
Rol7105-2013
Fecha sentencia2 sep 2014
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoNO HA LUGAR
MinistrosHaroldo Brito Cruz · Lamberto Cisternas Rocha · Hugo Dolmestch Urra (redactor) · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Se rechazaron recursos de casación en forma y fondo interpuestos contra sentencia que acogía en parte reclamo tributario por liquidación de 2006. La Corte Suprema desestimó alegaciones sobre comisiones, asistencia técnica y reembolsos de gastos.

Análisis del SII

La Excma. Corte Suprema rechazó los recursos de casación en el fondo y en la forma interpuesto por la contribuyente, en contra de la sentencia dictada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó la de primer grado, en virtud de la cual se acogió en parte el reclamo interpuesto en contra de la liquidación de 2006.

El recurso de casación en la forma denunció infracción al artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 Nº 6 del mismo cuerpo legal, expresando el impugnante que la sentencia omitía pronunciarse sobre las alegaciones que había efectuado durante la secuela del proceso.

Al respecto la Corte Suprema indicó que para que se verificara la causal invocada era necesario que el fallo recurrido no hubiera decidido el asunto sometido a su conocimiento, sin embargo de la lectura de la sentencia impugnada se desprendía que ésta confirmaba la de primer grado con adicionales fundamentos, rechazando el reclamo, pues, como se leía de los considerandos tercero, cuarto y quinto se desestimaban sus alegaciones de manera que evidentemente decidió la cuestión sobre la que versó la apelación, motivo por el cual los hechos invocados no eran constitutivos de la causal de nulidad formal invocada.

En el recurso de casación en el fondo denunció infracción a los artículos 3° transitorio de la Ley N° 20.322, artículo 59 inciso cuarto N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, 26 del Código Tributario y vulneración del artículo 2558 del Código Civil y 96 y 233 del Código de Comercio.

La Corte Suprema indicó en lo referente al segundo acápite del arbitrio y que se sustentaba en la vulneración del artículo 59 inciso cuarto N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que tal alegación se fundaba en la impertinencia de exigir a la reclamante acreditar que la asesoría técnica se había prestado por medio de algún consejo, informe o plano, ello porque en la redacción de la norma que se estimaba infringida, no se establecía ningún requisito, puesto que la modificación del artículo indicado se había realizado con posterioridad a la notificación de la liquidación que originaba estos antecedentes, por lo que no le resultaba exigible. Lo que buscaba el recurrente era la modificación de las premisas fácticas que llevaron a los jueces de la instancia a desestimar su reclamo en esta parte.

Tampoco podía imputarse al fallo impugnado haber transgredido el artículo 26 del Código Tributario, ya que de la lectura del Ordinario N° 785 era posible advertir que este contenía una condición, la que debía ser cumplida por la reclamante para así beneficiarse de la franquicia, de manera que al fallar la circunstancia que permitía usar la exención, no se había vulnerado el precepto en comento, ello porque en estos antecedentes la impugnante no logró acreditar que los pagos realizados correspondieran entre otros, a comisiones, de modo que el recurso había de ser desestimado.

Texto de la sentencia

Santiago, dos de septiembre de dos mil catorce.

En los autos rol N° 7105-2013 de esta Corte Suprema, sobre reclamación tributaria, iniciados por la contribuyente Hoteles de Chile S.A., se dictó sentencia de primer grado con fecha quince de junio de dos mil once, que rola a fojas 268 y siguientes, en virtud de la cual se acoge en parte el reclamo interpuesto en contra de la liquidación N° 64, emitida el 10 de marzo de 2006, ordenando rebajar la suma de $4.221.649 y reliquidar la diferencia de impuesto adicional que se determinó por el período octubre de 2002, al no acreditar la contribuyente la retención y pago de dicho impuesto, correspondiente a remuneraciones pagadas o compensadas de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 74 N° 4 , 79 , 82 y 59 inciso cuarto N° 2 , de la Ley de Impuesto a la Renta.

Esta decisión fue recurrida de apelación por la contribuyente ya mencionada a fojas 274, y confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago con fecha dos de agosto de dos mil trece, según se lee a fojas 339.

A fojas 340, don Pablo Guerrero Valenzuela, en representación de la reclamante, dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo respecto de la sentencia de segundo grado, los que fueron ordenados traer en relación a fojas 404.

I. En cuanto al recurso de casación en la forma:

Primero: Que el recurso de nulidad formal se funda en la causal contemplada en el artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 Nº 6 del mismo cuerpo legal, expresando el impugnante que la sentencia omite pronunciarse sobre las alegaciones que efectuó durante la secuela del proceso.

Señala que el asunto controvertido en estos antecedentes radicaba en determinar la correcta calificación jurídica de los pagos efectuados por la reclamante a Marriott International INC, o si operó entre ambas sociedades una compensación por obligaciones recíprocas, por conceptos tales como comisiones, asistencia técnica y reembolsos. Expone que el fallo recurrido únicamente se refiere a la situación de los reembolsos de gastos, pero no decide acerca del estado de las comisiones pagadas por la recurrente, ni sobre los servicios de asistencia prestados por Marriott International INC, es decir, indica que la sentencia no resuelve el asunto controvertido, luego no se pronuncia acerca de todas las alegaciones formuladas por la contribuyente, contenidas tanto en su reclamo como en el escrito de apelación.

Segundo: Que para que se verifique la causal invocada es necesario que el fallo recurrido no haya decidido el asunto sometido a su conocimiento, sin embargo de la lectura de la sentencia impugnada se desprende que ésta confirma la de primer grado con adicionales fundamentos, rechazando el reclamo, pues, como se lee de los considerandos tercero, cuarto y quinto se desestiman sus alegaciones de manera que evidentemente decidió la cuestión sobre la que versó la apelación, motivo por el cual los hechos invocados no son constitutivos de la causal de nulidad formal invocada.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.

Normas aplicadas

Descriptores del SII

ARTÍCULOS 3° TRANSITORIO DE LA LEY N° 20.322-ARTÍCULO 59 INCISO CUARTO N° 2 DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA-26 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO -ARTÍCULO 2558 DEL CÓDIGO CIVIL – ARTÍCULOS 96 Y 233 DEL CÓDIGO DE COMERCIO-ARTÍCULO 768 N° 5 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte Suprema en casación: la proporción medida sobre los 647 recursos de esta base.Conoce Pro

Fallos que aplican las mismas normas

No Ha LugarRol 31.479-2019Corte Suprema5 feb 2026

Inmobiliaria la Rosa Limitada con Servicio de Impuestos Internos

Corte Suprema rechazó casación del SII contra revocación de la Corte de Apelaciones que dejó sin efecto liquidación por diferencias de impuesto de primera categoría 2010, respecto a enajenación de derechos sociales. Confirmó validez del informe de fiscalización como acto administrativo.

Casación
No Ha LugarRol 24.183-2019Corte Suprema22 oct 2025

Sociedad Agrícola Santa Ana del Rosario con Servicio de Impuestos Internos

Rechazó casación de contribuyente que cuestionaba rechazo de gastos por intereses de mutuos con empresas relacionadas en 2016. Tribunal confirmó que mutuos sin timbre ni formalización no permitían acreditar gastos, rechazando alegatos sobre sana crítica y buena fe.

Casación
No Ha LugarRol 8.247-2018Corte Suprema28 mar 2025

Empresas la Polar S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Cobro retroactivo de avalúo fiscal de inmueble: la Corte Suprema rechazó el recurso de casación de contribuyente que cuestionaba falta de fundamentación en la resolución que aumentó el avalúo a partir de 2014, considerando que el acto administrativo contenía antecedentes suficientes.

Casación
No Ha LugarRol 13.801-2019Corte Suprema14 mar 2025

Compañia Puerto de Coronel S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Rechazó casación de contribuyente concesionaria contra cobro suplementario de Impuesto Territorial. Tribunal confirmó que predio debía ser enrolado y gravado conforme ley 17.235, rechazando argumentos sobre falta de notificación y violación de buena fe.

Casación
No Ha LugarRol 20.637-2018Corte Suprema23 ago 2024

Empresa Constructora Tecsa S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Rechazó recurso de casación sobre negativa de devolución de impuestos por gastos rechazados (boletas de garantía) en 2011. La empresa alegó falta de fundamentación y uso indebido de antecedentes de terceros, pero la Corte Suprema confirmó la decisión de instancias anteriores.

Casación
Pro

Hay 5 fallos más sobre estas normas

Mismo articulado, con su rol, carátula y resultado, en las más de 1.700 sentencias de tribunales superiores de la base.

Conoce Pro