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NO HA LUGARCorte Suprema · Rol 85426-202215 dic 2023

Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea con Inversiones Perquilauquen Limitada

TribunalCorte Suprema
Rol85426-2022
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Fecha sentencia15 dic 2023
RecursoCasación
SalaPrimera · Civil
ResultadoNO HA LUGAR Rechaza casacion en el fondo (m)
MinistrosDiego Munita Luco · Juan Muñoz Pardo · Arturo Prado Puga · Dobra Lusic Nadal · Ricardo Alcalde Rodríguez (redactor)

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Rechaza casación de la ejecutada. La Corte Suprema confirma que la sociedad de inversión realiza actividades terciarias gravadas con patente municipal, sin que el recurso acuse infracción normativa eficaz a las normas probatorias.

Hechos

Municipalidad de Lo Barnechea dedujo procedimiento ejecutivo en 2019 contra Inversiones Perquilauquén Limitada por cobro de patente municipal y derechos municipales por períodos 2017-2019 (total $3.305.649). La ejecutada opuso excepciones alegando no configurar hecho gravado por ser sociedad de inversiones pasivas sin local físico. El Juzgado Civil rechazó las excepciones y ordenó seguir ejecución. La Corte de Apelaciones confirmó. La ejecutada recurrió de casación en el fondo ante Corte Suprema.

Considerandos clave

La Corte Suprema establece que la inversión pasiva es la adquisición de bienes con fines rentísticos. El artículo 23 de la Ley de Rentas Municipales grava toda actividad secundaria o terciaria lucrativa. El Decreto Supremo 484/1980 define como actividades terciarias el comercio, distribución de bienes y prestación de servicios. Los tribunales del fondo constataron que la ejecutada realiza 'leasing financiero' (actividad terciaria) registrada en el SII, lo que configura el hecho gravado. El recurso se construye contra los hechos fijados por los jueces del fondo sin acusar eficazmente infracción a normas probatorias, lo que vedado a la Corte Suprema. La alegación sobre descuentos de inversiones en negocios afectos a patente constituye materia nueva no planteada oportunamente.

Resolutivo

Se rechaza el recurso de casación en el fondo. Queda firme la sentencia de la Corte de Apelaciones que confirmó el rechazo de excepciones y la continuación del procedimiento ejecutivo de cobro de patente municipal.

Texto de la sentencia

Santiago, quince de diciembre de dos mil veintitrés.

En estos autos sobre procedimiento ejecutivo de cobro de patente municipal tramitado ante el Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-14.048-2019, caratulado "Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea con Inversiones Perquilauquén Limitada" por sentencia de fecha veintiuno de enero de dos mil veinte, la juez suplente de dicho tribunal rechazó las excepciones de los numerales 4 ° , 7 ° y 14 ° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, ordenando seguir adelante con la ejecución respecto del cobro de patente y derechos municipales.

Apelada la decisión de primer grado por la ejecutada, una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por pronunciamiento de nueve de agosto de dos mil veintidós, la confirmó sin más.

En contra de esta última sentencia, la ejecutada dedujo un recurso de casación en el fondo.

PRIMERO: Que el recurrente de nulidad sustancial denuncia infracción a los artículos 26 , 23 y 24 del Decreto Ley Nº3.063, sobre Rentas Municipales en relación a los artículos 2 y 12 del Decreto Supremo Nº484, de 1980, reglamento de la misma ley, ello en razón de no considerar el carácter civil del giro de la sociedad ejecutada, que no comprende ninguna de las materias referidas en el artículo 24 recién señalado, pues se trata de una sociedad de inversiones pasivas y que no funciona en un local establecido. No existe, señala, conforme los antecedentes contables y tributarios acompañados al proceso, la verificación de un hecho gravado, pues sólo genera rentas que provienen de capitales mobiliarios.

Una segunda infracción normativa se fundó en el artículo 464 N° 7 en relación con el artículo 438 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, al no ser líquido el título presentado por la ejecutante, pues necesita una serie de cálculos y operaciones aritméticas que el documento invocado no contiene, toda vez que Inversiones Perquilauquén "precisó- es una sociedad matriz y por disposición del inciso final del artículo 24 de la Ley de Rentas Municipales, la determinación del capital propio debe descontar aquellas inversiones en negocios o empresas afectas al pago de patente. A su juicio es un error de derecho dictaminar que el artículo 47 del D.L. N° 3.063 sobre Rentas Municipales, concede mérito ejecutivo para el cobro de patente municipal al certificado emitido por el secretario municipal sin cumplir con las otras exigencias del título ejecutivo, esto es, eliminando los requisitos del artículo 438 Nº 3 del cuerpo legal señalado.

Por último, acusó la infracción al artículo 464 Nº9 del Código de Procedimiento Civil en relación al artículo 24 , inciso final del Decreto Ley Nº 3.063, ya que siendo la ejecutada una sociedad matriz, debe descontarse en la determinación del capital propio aquellas inversiones en negocios o empresas afectar al pago de patente, por lo que aquello cobrado por la Municipalidad debe ser un monto menor, afectando principios fundamentales en materia tributaria de modo de evitar el doble pago de tributos.

Pide así, se invalide la sentencia recurrida, y en la de reemplazo, acoja en todas sus partes las excepciones opuestas, con costas.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 464DECRETO 2385\tART. 23DECRETO 484\tART. 2

Descriptores

Actividad lucrativaActividad terciariaCobro patente municipalPatente comercialFalta de alguno de los requisitos o condiciones para que el título tenga fuerza ejecutivaNulidad de la obligaciónObjeto socialServicio de Impuestos Internos (SII)Carpeta TributariaIlustre Municipalidad de Lo BarnecheaPatentesRecurso en contra hechos del procesoSociedad de inversión pasivaExcepciones en el juicio ejecutivoAcción ejecutiva por no pago de patente

Cómo resuelve este tribunal

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