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INADMISIBLECorte Suprema · Rol 9646-201524 ago 2015

Inversiones Santa Veronica S a con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte Suprema
Rol9646-2015
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Fecha sentencia24 ago 2015
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoINADMISIBLE Inadmisible casación forma rechazada, casación fon
MinistrosHaroldo Brito Cruz · Lamberto Cisternas Rocha · Hugo Dolmestch Urra · Rafael Gómez Balmaceda · Arturo Prado Puga

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Corte Suprema rechaza casación en forma por inadmisibilidad y casación en fondo por falta de fundamento, confirmando la denegación de devolución de saldo a favor por pérdida tributaria no acreditada.

Hechos

Inversiones Santa Verónica S.A. solicitó devolución de saldo a favor por $62.952.991 del ejercicio 2010 mediante rectificación (Formulario 2117). El SII rechazó la devolución alegando falta de acreditación de la pérdida tributaria (Resolución Exenta N° 115000000027 de 10 de septiembre de 2012). El Tribunal Tributario y Aduanero rechazó el reclamo. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo. La contribuyente dedujo casación en forma y fondo ante la Corte Suprema.

Considerandos clave

Respecto de la casación en forma (causal ultrapetita): la Corte estima que las circunstancias y argumentos considerados en la sentencia reclamada no configuran la causal de ultrapetita invocada, por lo que declara inadmisible este recurso. Respecto de la casación en fondo: rechaza la denuncia de vulneración del artículo 132 inciso decimocuarto del Código Tributario, sosteniendo que el recurso carece de una cuestión jurídica clara que permita a la Corte pronunciarse sobre la infracción de normas sustantivas relativas a la procedencia de la devolución de impuestos. Al no contener tales menciones, el análisis resulta impracticable y el recurso no puede prosperar.

Resolutivo

Declara inadmisible el recurso de casación en la forma; rechaza el recurso de casación en fondo por manifiesta falta de fundamento. Quedan firmes la sentencia de la Corte de Apelaciones y el rechazo a la devolución de los $62.952.991 solicitados.

Texto de la sentencia

Santiago, veinticuatro de agosto de dos mil quince.

A fojas 342: a lo principal y segundo otrosí, téngase presente; al primer otrosí, téngase por acompañada.

1° Que los abogadas doña Marcela Garay y don Juan Ignacio Sáez en representación de la parte reclamante Inversiones Santa Verónica S.A., dedujeron recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó el fallo de primer grado que rechazó el reclamo deducido contra Resolución Exenta N° 115000000027 de 10 de septiembre de 2012, mediante la cual se declara improcedente la devolución de saldo a favor retenido de la Declaración de Impuesto a la Renta Año Tributario 2010, por un monto ascendente a $62.952.991, fundado en que la contribuyente no acreditó la pérdida tributaria informada.

I.- En cuanto al recurso de casación en la forma:

2° Que, en lo tocante a la pretensión invalidatoria formal, se invocó la causal N° 4 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, al rechazarse el reclamo en base a argumentos y motivos no esgrimidos por el Servicio de Impuestos Internos ni las alegaciones efectuadas por la reclamante, apartándose de los términos de la controversia planteada en estos antecedentes.

3° Que respecto de la causal de casación formal invocada, esto es, la ultrapetita, cabe señalar que las circunstancias desprendidas del mérito del proceso y que se consideren para decidir en uno u otro sentido, que es lo que se acusa por el recurrente como vicio formal, no son argumentos que puedan entenderse que configuran la causal invocada para anular la sentencia de que se trata, de modo que el presente recurso debe ser declarado inadmisible por esa razón.

II.- En cuanto al recurso de casación en el fondo:

4° Que por el recurso de nulidad sustancial denuncia la vulneración del artículo 132 inciso decimocuarto del Código Tributario . Señala que con fecha 19 de enero de 2012 presentó ante el Servicio de Impuestos Internos Formulario 2117 con el objeto de rectificar un error propio que incurrió al llenar el Formulario 22 correspondiente al año tributario 2010, indicando que la mayor parte del monto solicitado por pagos provisionales mensuales, en realidad se trataba de una solicitud de devolución por pagos provisionales por utilidades absorbidas, valorando el Formulario 2117 en dos dimensiones, hace nacer un nuevo plazo de fiscalización y no toma en cuenta el motivo determinante de la devolución, infringiendo las normas de la sana crítica.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 768CODIGO TRIBUTARIO\tART. 132 (DEL ART 1)

Descriptores

Manifiesta falta de fundamentoRecurso de casación en el fondoRecurso de casación en la formaInadmisibilidad del recurso de casación en la formaServicio de Impuestos Internos (SII)Rechazo por manifiesta falta de fundamentoReclamo tributarioVicio de ultrapetitaCausal de casación en la formaResoluciones exentasRechazo recurso de casaciónPérdida de arrastre

Cómo resuelve este tribunal

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