Soclima Limitada con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 9699-2010 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 30 oct 2012 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechaza casacion en el fondo |
| Ministros | Jorge Baraona González · Luis Bates Hidalgo · Hugo Dolmestch Urra · Milton Juica Arancibia · Juan Escobar Zepeda (redactor) |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRechaza casación fiscal que impugnaba prescripción de acción fiscalizadora. Corte Suprema confirma que los hechos establecidos por Corte de Apelaciones (operaciones reales sin malicia) impiden ampliar plazo a seis años.
Hechos
SII emitió liquidaciones (680, 681, 683-688) en diciembre 2007 por diferencias de IVA y Renta sobre períodos 1989-1991, basadas en facturas de proveedores que el SII calificó como irregulares. Tribunal Tributario rechazó el reclamo de Soclima. Corte de Apelaciones revocó, declaró prescrita la acción fiscalizadora y dejó sin efecto las liquidaciones, al considerar las operaciones reales y sin malicia deliberada. SII dedujo casación en el fondo ante Corte Suprema.
Considerandos clave
La Corte Suprema analiza si la Corte de Apelaciones cometió errores de derecho al no aplicar el plazo de prescripción extraordinario de seis años del artículo 200 inciso 2 del Código Tributario, ni las normas sobre declaraciones maliciosamente falsas. Determina que los hechos ya establecidos soberanamente por la Corte de Apelaciones —operaciones reales debidamente registradas en contabilidad sin elemento de malicia— descartan la procedencia de ampliar el plazo. El recurso de casación intenta variar esos hechos, función ajena a este recurso, que solo escudriña la correcta aplicación del derecho a los hechos ya probados. No aprecia contravención al artículo 21 del Código Tributario ni a las normas de IVA e Impuesto a la Renta invocadas, pues el presupuesto de malicia no concurre según los hechos establecidos.
Resolutivo
Rechaza la casación en el fondo deducida por el Fisco. Queda firme la sentencia de Corte de Apelaciones que declaró prescrita la acción fiscalizadora y dejó sin efecto las liquidaciones tributarias cuestionadas.
Texto de la sentencia
Santiago, treinta de octubre de dos mil doce.
En estos autos rol 9.699-2010 de esta Corte Suprema, sobre procedimiento de reclamación de liquidaciones tributarias iniciado por la sociedad Soclima Ltda., el Fisco de Chile dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que revocó la de primer grado que rechazó el reclamo, y en su lugar, declaró prescrita la acción fiscalizadora del Servicio de Impuestos Internos y dejó sin efecto las liquidaciones Nos 680, 681 y 683 a 688 de autos.
A fojas 768, se trajeron los autos en relación.
Primero: Que el recurso de nulidad sustantiva denuncia la infracción de la norma del artículo 21 del Código Tributario que se produciría al estimar la sentencia impugnada que el Servicio de Impuestos Internos estaba obligado a acreditar que el contribuyente actuó a sabiendas o con conocimiento al efectuar declaraciones maliciosamente falsas basadas en facturas irregulares, no obstante que al aludido Servicio sólo le compete impugnar los documentos y es al contribuyente a quien le corresponde desvirtuar dichos cargos; de modo que al no entenderlo de esta forma, el fallo dejó de aplicar la norma aludida invirtiendo la carga de la prueba.
Segundo: Que como segundo error de derecho se denuncia la falta de aplicación del artículo 23 numeral 5 del DL 825 de 1974, al resolver los sentenciadores que no existen antecedentes suficientes para calificar las declaraciones cuestionadas como maliciosamente falsas, concluyendo por el contrario, que aquéllas obedecen a operaciones reales debidamente registradas en la contabilidad del contribuyente, a pesar de no haberse demostrado la efectividad material de las transacciones en los términos exigidos por la norma.
Tercero: Que por el recurso se denuncia además, la indebida omisión en la aplicación del inciso 2º del artículo 200 del Código Tributario y la falsa aplicación de su inciso 1º, al entender la sentencia que procedía la prescripción normal de tres años, en circunstancias que lo correcto era ampliar el plazo a seis años por las declaraciones maliciosamente falsas efectuadas por el contribuyente.
Cuarto: Que asimismo, se denuncian infringidos los artículos 30 y 33 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, al permitir la sentencia que se invoquen como costos sumas supuestamente pagadas en las facturas objetadas, cuya materialidad no se acreditó por parte del contribuyente y que no corresponde rebajar de la base imponible de dicho impuesto.
Consecuentemente, se deja de aplicar el referido artículo 33, al estimar el fallo recurrido que los costos y/o gastos rechazados no deben ser agregados a la determinación de la renta líquida imponible, permitiendo que se eluda el pago del mayor impuesto que en derecho corresponde.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Sukni y Sukni LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
La Corte Suprema rechaza la casación del SII contra la sentencia que acogió parcialmente el reclamo tributario, por cuanto no se acreditó vulneración de normas sobre prueba; la valoración de elementos de convicción es competencia de tribunales de instancia.
Pedro Astorga Canales con Servicio de Impuestos Internos Es Parte el Consejo de Defensa del Estado
Rechaza casación del SII por insuficiencia procesal: el recurso se aparta de los hechos establecidos en segunda instancia sin evidenciar infracción de leyes reguladoras de prueba, dejando firme la prescripción de liquidaciones tributarias.
Maria Fourcade Carmine con Servicio de Impuestos Internos
La Corte Suprema rechaza la casación del Fisco porque las liquidaciones por Impuesto a la Renta están vinculadas jurídicamente a las de IVA, cuya nulidad por extemporaneidad (Ley 18.320) arrastra necesariamente la invalidez de aquellas que se fundan en el mismo rechazo de facturas.
Salinas y Salinas Ingenieros LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema acoge casación del Fisco: anula sentencia que había dejado sin efecto liquidaciones por IVA e Impuesto a la Renta, estimando que el contribuyente perdió protección de plazo breve (6 meses) de Ley 18.320 por incumplimiento parcial de requerimiento de antecedentes.
Central de Abastecimiento Alimenticios LTDA con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema rechaza casación fiscal al estimar que la Corte de Apelaciones aplicó correctamente el plazo de prescripción de tres años (artículo 200 del Código Tributario, inciso primero) al no haber probado que declaración fuera maliciosamente falsa.
Vigueras Saez Henry Abraham con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema rechaza casación en el fondo deducida por contribuyente contra sentencia que confirmó rechazo de reclamación tributaria por facturas sin acreditación de efectividad material, reafirmando que corresponde al contribuyente probar la legitimidad de documentos y operaciones.