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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA SIERRA NEVADA LIMITADA con SII
Fecha: 06-05-2026 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: anselmo_ivan_cifuentes_ormeno
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de tasación de bien raíz afecto a utilidad pública, aplicando coeficiente excepcional de 0,80 al terreno remanente por minusvalía singular no considerada en el avalúo.
Inmobiliaria Sierra Nevada Limitada reclama el avalúo fiscal de $602.494.493 asignado a sitio eriazo rol 439-48 en Los Ángeles, con 4.567 m². Una franja de 1.312,5 m² (28,7%) está afecta a utilidad pública por ensanche de Avenida Marconi, conforme certificados municipales. La ficha del área homogénea HMB072 no registra esta restricción singular. El SII segregó la franja afecta mediante desglose padre-hijo, manteniéndola exenta pero sin ajustar el valor unitario del terreno remanente.
El Tribunal estima que la controversia radica en si la afectación a utilidad pública genera minusvalía del terreno remanente no recogida por la ficha del área homogénea. Desestima la defensa del SII sobre improcedencia, ya que la reclamante cuestiona el avalúo, no la exención. Acredita la singular afectación urbanística y valora con cautela el informe de parte que propone depreciación de 25-35%. Conforme a resolución SII 129/2022, procede coeficiente excepcional cuando hay minusvalía objetiva por características particulares no consideradas en el área homogénea. Rechaza el coeficiente 0,50 por
Acoge parcialmente el reclamo. Ordena recalcular el avalúo del terreno remanente afecto a impuesto aplicando coeficiente excepcional equivalente de 0,80. Confirma la tasación en lo demás. No condena en costas, estimando que la reclamada tuvo motivos plausibles para litigar.
Concepción, a la fecha indicada al pie de firma.
VISTOS:
Que, a folio 1 4 y siguientes, comparece don Jorge Montecinos Araya, abogado, domiciliado en Avenida Chacabuco 1085, oficina 1102, cédula nacional de identidad número 9.086.407-6, en representación de Inmobiliaria Sierra Nevada Limitada, rol único tributario número 78.328.360 -3, representada legalmente por don Mario Andrés González Bello, empresario, cédula nacional de identidad número 8.971.552 -0, quien deduce reclamo en contra del avalúo fiscal asignado al bien raíz rol 439 -48, de la comuna de Los Ángeles, ubicado en Prolongación Avenida Marconi número 250.
Expone, en síntesis, que la tasación general practicada por el ente fiscalizador asignó al inmueble un avalúo que, para el primer semestre del año 202 3, ascendía a $602.494.493, tratándose de un sitio eriazo emplazado en el área homogénea HMB072. Refiere que el predio tiene una superficie total de 4.567 metros cuadrados y que una franja de 1.312,5 metros cuadrados, equivalente al 28,7% de su cabida, se encuentra afecta a utilidad pública por ensanche de Avenida Marconi, conforme al certificado de informaciones previas número 1145, al certificado de afectación a utilidad pública número 212, ambos de 4 de mayo de 2022, y al certificado número 32/2022, de 4 de julio de 2022, emitidos por la Municipalidad de Los Ángeles.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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Dos motivos principales:
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