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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA EL OLMO S.A con SII
Fecha: 11-02-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de avalúo de inmueble Rol 17500-26, corrigiendo superficie de 77.740 a 64.270 m², rechazando solicitud de coeficientes correctores por falta de fundamentación técnica específica.
Inmobiliaria El Olmo S.A. reclama el avalúo fiscal 2013 del inmueble Rol 17500-26, San Pedro de la Paz, que aumentó de $496.159.012 (31.12.2012) a $2.436.449.340 (01.01.2013), un incremento de 485,7%. La contribuyente alega que el Servicio consignó superficie de 77.740 m² cuando la real es 64.270 m², y que el avalúo fiscal ($1.96 UF/m²) es superior al valor comercial de mercado (aproximadamente 1.02 UF/m²), lo cual constituiría error de clasificación conforme artículo 149 del Código Tributario.
El Tribunal analiza que conforme a Ley 17.235 y Resolución Exenta 132/2012, el avalúo de terrenos se determina mediante la fórmula VTAH × ST, siendo VTAH el valor unitario del Área Homogénea y ST la superficie. Los ajustes mediante coeficientes correctores solo proceden cuando el inmueble presenta características no consideradas en la determinación del valor del Área Homogénea, debiendo el contribuyente acreditar fundadamente la pérdida de valor. La Resolución 132 enumera causales específicas de ajuste (superficie, relación frente-fondo, altura, otros), no incluyendo como causal válida que el
Acoge parcialmente el reclamo, corrigiendo la superficie del predio de 77.740 a 64.270 metros cuadrados. Rechaza la aplicación de coeficientes correctores. Confirma el avalúo determinado por el Servicio con la modificación de superficie indicada. No condena en costas por motivos plausibles de litigio.
Concepción, once de febrero de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 58 y siguientes , comparece don MAURO VALERO GOMEZ , Ingeniero Civil, RUT N°9.982.984-2, en representación de INMOBILIARIA EL OLMO S.A RUT: 79.686.750-7, ambos domiciliados para estos efectos en calle San Juan de Luz n° 4636, comuna de Ñuñoa, Santiago. Expresa que, conforme al artículo 149 del Código Tributario , interpone reclamo del avalúo asignado al inmueble Rol N ° 17500-26 de la Comuna de San Pedro de la Paz , fundado en las causales establecidas en los numerales 1 y 2 de la señalada norma legal. I. Antecedentes
Señala que Inmobiliaria El Olmo S.A ., es dueña del bien raíz denominado Lote 2 D 1 ubicado en Avenida Los Parques 310, Rol 17500 -26 de la comuna de San Pedro de la Paz.
Que el mes de febrero de 2013 apareció en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, el nuevo avalúo fiscal del predio, estableciéndose para la propiedad a contar de 01.01.2013 es de $2.436.449.340.
Mencionan que el avalúo fiscal del terreno al 31.12.2012 era de $496.159.012, lo que con el nuevo proceso de tasación del año 2013, significó un aumento de un 485,7%.
II. Normativa aplicable
En este punto hace mención al párrafo 1°, Titulo III, Libro T ercero del Código Tributario, como también al artículo 149 de la misma norma legal. III. Fundamento del reclamo
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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