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Tribunal · solo Pro
Torres Bruna con SII
Fecha: 13-03-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de contribuyente por reavalúo excesivo de propiedad no agrícola, rebajándose avalúo de $67.525.524 a $51.319.398 por no considerar torres de alta tensión que afectan el terreno.
Mauricio Torres Bruna reclamó contra el reavalúo de su propiedad Rol N° 155-101 ubicada en Camino Termas N° 1195, Machalí, efectuado por el SII a partir del 01 de enero de 2013. El avalúo se fijó en $67.525.524, aumentando las contribuciones de $132.043 a $288.686. Torres Bruna alegó que el inmueble es atravesado por torres de alta tensión que generan franjas de terreno no utilizable, lo cual no fue considerado en la tasación y hace excesivo el reavalúo.
El Tribunal constató que no existían hechos controvertidos, pues el SII reconoció en su contestación que las torres de alta tensión existentes en la propiedad no habían sido consideradas en la ficha técnica del área homogénea, produciendo un detrimento en el valor del suelo. El SII propuso una rebaja del avalúo a $51.319.398 y de las contribuciones a $239.053 (cuotas 1-2) y $247.242 (cuotas 3-4) del año 2013, reconociendo que procedía el ajuste por las instalaciones eléctricas. El Tribunal, considerando este reconocimiento y los documentos aportados sin objeción, concluyó que la rebaja procede
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto el avalúo fiscal de $67.525.524 y se fija en $51.319.398 a partir del 01 de enero de 2013. Se rebajan las contribuciones a $239.053 (cuotas 1-2) y $247.242 (cuotas 3-4) de 2013. No se condena en costas. Los intereses legales se devengarán desde que la autoridad emita documentos para pagar la nueva cuota.
Rancagua, TRECE DE MARZO DE DOS MIL CATORCE.
CAUSA : “MAURICIO TORRES BRUNA CON S.I.I.”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
VISTOS:
UNO. La presentación de fojas 1, de fecha 29 de mayo de 2013 de don MAURICIO TORRES BRUNA , RUT N° 10.063.828-2, Odontólogo, con domicilio en calle Colón N° 406, de la ciudad de Rancagua, por la cual, Interpone Reclamo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 149 del Código Tributario, en contra del Avalúo asignado al inmueble Rol N° 155-101, ubicado en Caminos Termas N° 1195, Mirador de Nogales, comuna de Machalí, determinado por el Servicio de Impuestos Internos , en adelante, indistintamente denominado como “el Servicio” o el “SII”, fundando su pretensión en los antecedentes de hecho y de derecho, que resumidamente se pasan a exponer.
Indica el reclamante, que en febrero de 2013, el Servicio de Impuestos Internos le notificó el reavalúo de su propiedad antes individualizada, Rol N° 155 -101, lo que trajo como consecuencia que según el nuevo avalúo , las contribuciones subieran de $132.043 a $288.686 al primer trimestre de 2013.
Señala también , que el terreno respectivo es atravesado por líneas de alta tensión, lo que implica una pérdida de terreno no utilizable por las franjas de seguridad, por lo que a su juicio el aumento de las contribuciones es excesivo. Finalmente, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 149 y siguientes del Código Tributario, y demás normas pertinentes solicita tener por presentado reclamo en contra el reavalúo excesivo efectuado por el Servicio de Impuestos Internos, a fin de que este se acoja , rebajándose y con ello también la contribución respectiva.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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