Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
INVERSIONES COYOTE GRILL.S.A. con SII
Fecha: 15-05-2017 · Materia: Artículo 19 N° 21 CPR
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo por vulneración de derechos y deja sin efecto clausura de restaurante aplicada a contribuyente distinto del infractor, protegiendo derecho a actividad económica lícita.
Inversiones Coyote Grill S.p.A. (constituida 13 sept. 2016) subarrendó local comercial en Camino Internacional Km. 3.5, Pucón desde 22 sept. 2016, de Rodrigo Gómez Arriagada. El SII cursó infracción a Gómez Arriagada el 30 oct. 2016 por artículo 97 N°10 CT, imponiendo multa y clausura de 8 días (Res. 6092150511, 7 dic. 2016, notificada 9 ene. 2017). Gómez Arriagada no aceptó condonación ofrecida. Inversiones Coyote Grill inicio actividades 14 sept. 2016 ante SII e inició timbraje 4 nov. 2016. La clausura se programó para 27 ene. al 12 feb. 2017.
El Tribunal estima que la infracción fue cometida por Rodrigo Gómez Arriagada, quien debe soportar tanto la multa como la clausura. No es procedente dividir la sanción entre dos contribuyentes distintos. Aunque el local sea donde ocurrió la infracción, al momento de ejecutarse la clausura, quien funciona es Inversiones Coyote Grill S.p.A., no el infractor. El SII no acreditó que Gómez Arriagada ejerciera actividad en el establecimiento en ene.-feb. 2017. La teoría del levantamiento del velo invocada por el SII no es pertinente pues no se probó fraude tributario. La ejecución de clausura sobre
Se acoge reclamo por vulneración de derechos y se deja sin efecto la clausura del establecimiento comercial. No se condena en costas al SII por tener motivo plausible para litigar.
Temuco, quince de mayo de dos mil diecisiete. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece don WILFREDO URRUTIA ALEU , abogado, cédula de identidad N° [RUT reservado], domiciliado en calle Claro Solar N° 780, oficina N° 501 de la ciudad de Temuco, en representación de l contribuyente INVERSIONES COYOTE GRILL S.p.A., RUT 76.659.474 -3, representada legalmente por doña María Verónica Arriagada Díaz, cedula de identidad N° [RUT reservado], ambos domiciliados en Camino Internacional , kilómetro 3.5 de la comuna de Pucón, Región de la Araucanía, quien dentro de plazo legal interpone reclamo en el procedimiento de vulneración de derechos en contra de la Resolución N° 6092150511, de 7 de diciembre de 201 6, emanada de la Unidad de Villarrica de la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, la cual aplica sanción de clausura al local comercial de su representada por una infracción cometida por el contribuyente que funcionaba anteriormente en su domicilio, solicitando se deje la misma sin efecto, conforme los antecedentes que seguidamente se exponen: 1.- Manifiesta que el día 9 de enero de 2017 tomó conocimiento mediante la notificación N° 1591525 que se condena ba al pago de una multa por la suma de $2.027.250.- y clausura del establecimiento por 8 días al contribuyente Rodrigo Andrés Gómez Arriagada, quien funcionaba hasta hace un tiempo en el mismo domicilio. Indica que la empresa Inversiones Coyote Grill S.p.A se creó con fecha 13 de septiembre de 2016, esto es, con anterioridad a la resolución que dio origen a la sanción que se reclama y que el Sr. Gómez Arriagada, titular del uso del local comercial que registra domicilio en el Camino Internacional Km.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.
Empezar a buscarAcceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.