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Tribunal · solo Pro
COMERCIAL DOITE INTERNACIONAL LIMITADA con SII
Fecha: 31-08-2018 · Materia: Artículo 8 bis CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA+100M
Tribunal rechaza reclamo por vulneración de derechos de contribuyente que solicitaba devolución de PPM retenidos durante fiscalización, estimando que SII actuó dentro de sus facultades legales y la demora se debió a falta de diligencia de la reclamante.
Comercial Doite International Limitada solicitó devolución de PPM por $624.392.681 en AT 2017. El SII impugnó la declaración por diferencias detectadas mediante cruce de información, requiriendo antecedentes el 15.12.2017. La contribuyente acompañó documentación de forma incompleta y tardía. Posteriormente, el SII liberó parcialmente $323.447.787 el 08.06.2018, manteniendo retenido $300.944.894 pendiente de revisión de costo de mercaderías. La reclamante alegó actuación ilegal, arbitraria y vulneración de derechos fundamentales.
El Tribunal estima que el SII actuó dentro de sus facultades legales conforme a artículos 59 y 60 del CT y 200 del mismo código. Respecto del artículo 8 bis CT, señala que el presupuesto básico es la certificación de recepción de todos los antecedentes, lo que no consta en autos. Constata que la contribuyente no acompañó documentación en su oportunidad, incumpliendo su deber de diligencia. Respecto a la devolución de PPM, el tribunal sostiene que se requiere revisión previa de la exactitud de la declaración antes de autorizar la devolución, lo que integra facultades fiscalizadoras del SII. El
Se rechaza en todas sus partes el reclamo tributario. Se declara que el SII actuó con estricto apego a derecho. No se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivos plausibles para litigar.
pa
“COMERCIAL DOITE INTERNATIONAL LIMITADA con SERVICIO
DE IMPUESTOS INTERNOS XV DRM SANTIAGO ORIENTE”.
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
En Providencia, a treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho.
VISTOS:
El escrito de 22.06.2018, en que comparece doña Abby Flies Añón, abogada, en representación convencional de la sociedad COMERCIAL DOITE INTERNATIONAL LIMITADA , RUT N° 89.650.200-K, del giro de su denominación, ambas domiciliadas para éstos efectos en calle Cerro El Plomo N°5420, oficina 202, comuna de Las Condes , Región Metropolitana, quien interpone reclamo tributario en Procedimiento Especial de Reclamo por Vulneración de Derechos en contra de la actuación administrativa del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
ORIENTE, RUT N° 60.803.315 -7, representado legalmente por don Christian Soto Torres, RUT N°: [RUT reservado], Director de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (SII), según Resolución SII TRA N° 246/1758/2015, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281, Comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos, A fs. 1, comprobante de distribución de causa.
A fs. 2 a 31, documentos acompañados por la reclamante: Certificado
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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