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Tribunal · solo Pro
MONTES CAUSIÑO con SII
Fecha: 19-12-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación de impuesto global complementario por no acreditarse efectividad de cotizaciones previsionales voluntarias del artículo 55 letra b) LIR por $12.873.330.
Contribuyente Manuel José Montes Cousiño fue fiscalizado por el SII respecto del año tributario 2011. En su declaración de renta declaró cotizaciones previsionales voluntarias por $12.873.330 acogidas al artículo 55 letra b) LIR. El SII practicó liquidación el 16 de diciembre de 2013 agregando esta suma a la base imponible del impuesto global complementario, entre otras partidas. El contribuyente no compareció a la citación del SII del 7 de noviembre de 2011 para presentar antecedentes justificatorios.
El tribunal analiza que conforme al artículo 21 del Código Tributario, corresponde al contribuyente probar la verdad de sus declaraciones. Examina la documentación aportada y concluye que no ha sido acreditada la efectividad de las cotizaciones previsionales del artículo 55 letra b) reclamadas. Aunque consta que efectuó retiros desde sociedades y depósitos de ahorro previsional voluntario, no aportó planillas de declaración y pago o certificados de la administradora que acrediten dichas cotizaciones. Desestima la prueba de Valcapital SpA por no ser institución autorizada para recibir depósitos
Se rechaza el reclamo y se confirma la Liquidación N°115000000490 practicada el 16 de diciembre de 2013. Cada parte paga sus propias costas, liberándose a la reclamante del pago de costas por motivo plausible.
“MONTES COUSIÑO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOSnte”
RIT N° : Rol · solo Pro
RUC N° : Rol · solo Pro
Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don MANUEL JOSE MONTES COUSIÑO, RUT N°4.779.220 -7, domiciliado en Avenida Apoquindo N°3001, piso N°6, comuna de Las Condes , ciudad de Santiago, quien, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la Liquidación N° 115000000490, practicada con fecha 16 de diciembre de 2013, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando dejar sin efecto dicha liquidación, con costas, rebajándose de la base imponible afecta al Impuesto Global Complementario determinado en dicha liquidación la suma total de $12.873.330, correspondiente a ahorro previsional voluntario acogido al artículo 55 letra b) de la Ley sobre Impuesto a la Renta y, en subsidio, el monto que el tribunal determine, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su libelo de reclamo relativo a los hechos, explica que el suscrito fue objeto de una fiscalización exhaustiva del año tributario 2011, donde se revisaron por parte del S II todas las inversiones del contribuyente, su participación en sociedades y retiros de aquellas en donde es socio. Agrega que finalmente se rechazó por parte del fiscalizador, aparte de una pequeña pérdida de operaciones de capitales mobiliarios, el monto a rebajar por concepto de APV durante el año 2012, manifestando que el contribuyente no ha aportado los antecedentes suficientes o necesarios que permitan solucionar las observaciones o inconsistencias de su declaración de renta.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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