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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA SAN ANTONIO LTDA. con SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE
Fecha: 17-05-2019 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inmobiliaria San Antonio contra denegación de devolución de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas, confirmando Resolución SII 805/2015 por insuficiencia de acreditación de pérdida tributaria.
Inmobiliaria San Antonio Ltda. declaró en AT 2014 pérdida de ejercicios anteriores por $9.221.033.250 y solicitó devolución de $281.586.750 por Pagos Provisionales de Utilidades Absorbidas. El SII fiscalizó la solicitud mediante Citación 3-8 de 27.01.2015, requiriendo acreditación de pérdida declarada en AT 2007 relativa a operaciones de compraventa de bienes raíces del ejercicio 2006. La contribuyente aportó documentación incluyendo libros contables, escrituras públicas y planillas de cálculos. El SII rechazó la solicitud considerando insuficiente la documentación, mediante Resolución 805 de
El Tribunal establece que una declaración anual de renta en Formulario 22 contiene dos aspectos: autodeterminación de impuestos y solicitud de devolución, ambos íntimamente relacionados. La revisión debe abarcar ambos ítems. El tribunal constata que si bien la reclamante aportó antecedentes y respondió la citación, no logró desvirtuar las observaciones del SII. La documentación aportada (escrituras públicas, planillas Excel, informes sobre costos) fue la misma ante el SII, siendo insuficiente. El tribunal no puede pronunciarse sobre procedencia de devoluciones por competencia legal, pero sí an
No ha lugar al reclamo. Se confirma íntegramente la Resolución Exenta 805/2015 de 23.04.2015 que deniega la devolución solicitada. Se declara que no se condena en costas a la reclamante, estimando el tribunal que tuvo motivos plausibles para litigar.
PA
“INMOBILIARIA SAN ANTONIO LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE”
RUC: Rol · solo Pro.
RIT: Rol · solo Pro.
En Providencia, a diecisiete de mayo de dos mil diecinueve.
Por ingresado a despacho con esta fecha.
Proveyendo escrito de fecha 17.04.2019: Téngase presente.
VISTOS:
El escrito de fecha 12.08.2015, mediante el cual don Miguel Ignacio
Rosales Pérez , en representación de la sociedad INMOBILIARIA SAN
ANTONIO LTDA ., RUT N° 78.433.860-6, giro: de su denominación , ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Kennedy N° 5454, oficina 903 , comuna de Vitacura, Región Metropolitana, deduce r eclamo en contra de la Resolución Ex. N°805, de fecha 23.04.2015, notificada el 24 de abril del mismo año, que deniega solicitud de devolución de impuestos contenida en su Declaración de Impuesto a la Renta Año Tributario 2014 , emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE , RUT N°6 0.803.315-7, representada legalmente por don Claudio Ambiado Araya, Director de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (SII), según Resolución SII PERS. N°704, de fecha 14.12. 2012, ambos domiciliados en c alle General del Canto N° 281, piso 10, oficina N° 1003, Comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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