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Tribunal · solo Pro
Asesorías e Inversiones ARO Ltda. con SII
Fecha: 23-12-2019 · Materia: Resolución · Juez: Óscar Meriño Maturana
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamo tributario sobre denegación de devolución de PPUA ($30.726.898) y pérdida tributaria ($173.520.382) por AT 2017, toda vez que contribuyente no acreditó cumplimiento de requisitos legales del art. 31 LIR para gastos cuestionados.
Asesorías e Inversiones ARO Ltda., contribuyente de Primera Categoría, solicitó en AT 2017 devolución de $30.726.898 por PPUA y declaró pérdida tributaria de $173.520.382 mediante F22. SII denegó ambas mediante Resolución Ex. 369/138 de 12.04.2018, cuestionando necesariedad y acreditación de gastos por remuneraciones ($83.088.459), otros gastos financieros ($85.716.625) y otros gastos deducidos ($245.591.129). Reclamante alegó que gastos eran necesarios para gestión de inversiones en sociedades anónimas y refinanciamiento de pasivos, y que aportó documentación en sede administrativa.
El Tribunal estableció que para que gastos sean rebajables de RLI, deben cumplir requisitos del art. 31 LIR: relación directa con actividad, necesariedad, efectivo pago/deuda y acreditación fehaciente. Analizó cada partida: remuneraciones de socios sin acreditar efectivo trabajo ni permanencia; intereses financieros sin precisar cálculo ni destino de fondos; honorarios profesionales parcialmente acreditados ($45.460.000 de $47.200.000); asesorías profesionales acreditadas ($14.768.339); corrección monetaria no acreditada; impuesto sustitutivo agregado correctamente conforme Ley 20.899; otras c
No ha lugar al reclamo tributario interpuesto por Asesorías e Inversiones ARO Ltda. Confírmase Resolución Ex. 369/138 de 12.04.2018 que denegó devolución de PPUA ($30.726.898) y rechazó pérdida tributaria declarada. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
ON
A SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
ASESORIAS E INVERSIONES ARO LIMITADA
RUT N*77.079.750-0
CUANTIA 643,78 UTM
EN SANTIAGO, A VEINTITRES DE DICIEMBRE DE DOS MIL
DIECINUEVE.
VISTOS:
El escrito de fecha 5 de septiembre de 2018, rolante a fojas 1 a 16 de autos, presentado por don CHRISTIAN NICOLÁS ASTE MEJÍAS, RUT
N*10.823.135-1, en representación de la empresa ASESORÍAS E INVERSIONES ARO LIMITADA, RUT N*77.079.750-0, ambos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo N05630, oficina 1601, comuna de Las Condes, Santiago, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Ex. N*369/(138) de fecha 12 de abril de 2018, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SIT), que denegó la devolución por concepto de pagos provisionales por utilidades absorbidas (en adelante PPUA) ascendente a $33.726.898.- y tuvo por no acreditada la pérdida tributaria por la suma de ($173.520,382.-), todo lo cual fuera solicita a través del Formulario N022 (en adelante F22) folio 226649317 correspondiente al año tributario (en adelante AT) 2017.
El reclamante, en resumen, señala que su representada explota el rubro de inversiones a todo nivel, requiriendo para ello un asesoramiento permanente, como también contar con servicios de contabilidad.
Indica que a través de su F22 folio 226649317 del AT 2017, solicitó una devolución ascendente a $30.726.898.- por concepto de PPUA y declaró una pérdida tributaria por ($173.520.382.-)
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Agrega que durante la etapa administrativa su representada puso a disposición del SII diversos antecedentes que respaldaban sus operaciones, los cuales describe a fojas 2 y 3 sin embargo, el Servicio no los tomó en consideración, emitiendo así el acto reclamado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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