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Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

INVERSIONES MEJILLONES S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

Fecha: 27-10-2020 · Materia: Resolución · Juez: dora_bastia_santander

RECHAZA No Ha Lugar

Resumen (IA)

Se rechaza reclamo de Inversiones Mejillones contra resolución del SII que rechazó pérdida tributaria de arrastre del año 2003 para AT 2008-2009, por no acreditar que gastos del Proyecto Edelnor cumplan requisitos legales de deducibilidad.

Hechos

Inversiones Mejillones S.A. se constituyó el 20.03.2002 para adquirir acciones de Edelnor. Suez Tractebel incurrió en gastos de US$10.662.116 para reestructuración de Edelnor y toma de control. El 15.11.2002, estos gastos se traspasaron a Inversiones Mejillones, quien reembolsó dichos gastos a Suez. La empresa declaró pérdidas tributarias desde AT 2003, incluyendo estos gastos como «Reembolso gastos Proyecto Edelnor». El SII rechazó esta deducción mediante Resolución N° 230/2008 (AT 2005-2007) y N° 143/2010 (AT 2008-2009). Inversiones Mejillones reclama, alegando prescripción y que los gastos

Considerandos clave

El tribunal sostiene que, tratándose de pérdida de arrastre deducida en AT 2008 y 2009, los plazos de prescripción siguen la suerte del año en que se hace valer (no la del AT 2003), por lo que no hay prescripción. Sobre el fondo, reafirma que los gastos componentes de la pérdida deben cumplir requisitos legales: ser necesarios para producir renta, estar directamente relacionados con el giro del contribuyente que los deduce, y haber sido efectivamente incurridos por éste. En el caso, los gastos fueron incurridos por Suez Tractebel antes de que Inversiones Mejillones existiera legalmente, sin re

Resolutivo

Rechaza íntegramente el reclamo de Inversiones Mejillones S.A. y confirma la Resolución Ex. N° 17200 N° 143/2010 del SII. Condena en costas a la reclamante por la suma de $5.000.000.

Texto del fallo

Avm.-

INVERSIONES MEJILLONES S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

CONTRIBUYENTES.

RIT N° : Rol · solo Pro.

RUC N° : Rol · solo Pro.

En Providencia, a veintisiete de octubre de dos mil veinte.

VISTOS:

El escrito de 29.09.14, en que compareció don Rodolfo Porte Munizaga, abogado, en representación convencional de la sociedad INVERSIONES MEJILLONES, RUT N° 96.990.660-0, del giro de su denominación, domiciliada en Avenida Presidente Riesco N° 5561, oficina 402, comuna de Las Con des, Región Metropolitana, ante el Tribunal Tributario del Servicio de Impuestos Internos XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente, ejerciendo su Derecho de O pción respecto al reclamo tributario que fue presentado el 15.11.10 y que se encontraba pendiente de resolución en dicha sede, petición a la que se accedió por resolución de 13.02.15.

Por resolución , de 27.07.15 , este Tercer Tribunal Tributario tuvo por recibidos los autos que le fueron remitidos por Ord. N° 218, de 29.05.15, y se reinició la tramitación del reclamo tributario de 15.11.10 en que compareció don Luis Alberto Rosales Mi chelson, en representación legal de la sociedad INVERSIONES MEJILLONES, RUT N° 96.990.660 -0, ya individualizada, deduciendo reclamo tributario en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de la Resolución Exenta N° 17200 N° 143/2010 , que le modificó la pérdida tributaria declarada por la contribuyente para el Año Tributario 2008 a la suma de US$11.534.499,11, equivalente en peso chileno a $5.731.377.263.-; para el Año Tributario 2009 a la suma de US$11.676.808,90, equivalente en peso chileno a $ 7.431.705.024.-; y, le dio lugar en parte a la petición de devolución de pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas del Año Tributario 2008, accedie ndo a la cantidad de US$9.026,53, emanada de la Dirección de Grandes Contribuyentes del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, RUT N° 60.803.000 -K, representado en autos por don Bernardo Seaman González, Director de la Dirección de Grandes

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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