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Tribunal · solo Pro
CONSTRUCTORA NOVATEC S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 28-12-2020 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Constructora Novatec contra denegación de franquicia tributaria por sistemas solares térmicos por incumplimiento de requisitos formales y sustanciales de la Ley 20.365.
Constructora Novatec S.A. desarrolló cinco proyectos inmobiliarios durante 2012 que incluían sistemas solares térmicos. Por error involuntario, en su declaración de diciembre 2012 no utilizó el crédito de la Ley 20.365. El 29.11.2013 solicitó rectificación administrativamente. La DGC mediante Resolución 17.100 N° 145-2016 denegó la petición por no acreditarse cumplimiento de requisitos. La constructora interpuso reclamo tributario argumentando error involuntario y acompañó antecedentes de los proyectos.
El Tribunal establece que las franquicias tributarias requieren interpretación restrictiva y estricta, exigiendo cumplimiento de todos los requisitos taxativos. Analiza cada proyecto constatando falencias: ausencia de contratos de construcción con valores unitarios, falta de declaraciones juradas sobre características técnicas de sistemas solares ante municipios, discrepancias entre facturas y certificados de recepción, y documentos sin especificaciones de equipos (marca, modelo, serie). El Tribunal enfatiza que la función fiscalizadora es exclusiva del SII y que en sede jurisdiccional solo pu
Se rechaza el reclamo, se declara improcedente la rectificación y se confirma íntegramente la Resolución Exenta DGC 17.100 N° 145-2016. Se condena en costas a la reclamante en $1.000.000 por falta de motivos plausibles para litigar.
LPP 1
“CONSTRUCTORA NOVATEC S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
CONTRIBUYENTES”
RIT N° Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
En Providencia, a veintiocho de diciembre de dos mil veinte.
VISTOS:
El escrito de 03.11.2016, de fs. 32 a 52, en el que compareció doña Yanet Fontanez Carrasco, abogado en representación judicial de CONSTRUCTORA NOVATEC S.A. , sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 86.856.700-7, con domicilio en Av. Presidente Riesco N° 5335, Piso 11, Las Condes, Región Metropolitana, quien interpone reclamo en Procedimiento General de Reclamaciones en contra de la Resolución Exenta DGC 17.100 N° 145-2016, de fecha 14.07.2016, que denegó la petición de rectificar el Formulario 29 sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuesto, del período diciembre de 2012 y la devolución de la suma de $192.168.289. -, por no haberse acreditado la procedencia del crédito por sistemas solares térmicos, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES, Rut N°60.803.000-K, representado legalmente por don Bernardo Lara Berríos, Subdirector Jurídico del S.I.I., ambos domiciliados en calle Teatinos N° 120, Quinto Piso, Comuna de Santiago, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1, Comprobante de Distribución de Causas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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