Qte:dir. Servicio de Impuestos Internos (flavia Ortiz Quezada) M.P. C/ Cristian Alberto Hernandez Torres
| Tribunal | Corte de Apelaciones de San Miguel |
|---|---|
| Rol | 418-2011 |
| Fecha sentencia | 8 abr 2011 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA Fallada/confirmada-aprobada |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe discutió sobre competencia de tribunal en causa donde el SII dedujo querella posteriormente. La Corte confirmó que el tribunal que comenzó conocimiento mantiene competencia sobre hechos que pudieran constituir múltiples delitos.
Texto de la sentencia
San Miguel, ocho de Abril de dos mil once.
PRIMERO: Que en conformidad a lo expuesto en la llegar a constituir dos delitos, del que comenzó a conocer el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.
SEGUNDO: Que establecido lo anterior, es preciso tener en consideración lo dispuesto por el artículo 159 del Código Orgánico de Tribunales, en cuanto que si el Ministerio Público decidiera investigar en forma conjunta hechos constitutivos de delitos respecto de los cuales correspondiere conocer a más de una juez de garantía, continuará conociendo de los mismos, el juez del lugar de comisión del primero de ellos.
Si bien la situación producida no es exactamente la misma, la norma citada pone de manifiesto que por decisión del Ministerio Publico, es posible la investigación y juzgamiento conjunto de hechos por un determinado tribunal, por lo que, con mayor razón, puede someter a la competencia de un juez el conocimiento de un mismo hecho, que pudiera considerarse constitutivo de más de un delito.
TERCERO: Que la circunstancia que con posterioridad al inicio del procedimiento judicial, se haya deducido querella por el Servicio de Impuestos Internos, no puede llegar a alterar la competencia ya fijada, máxime si todavía no se ha demostrado que dicho Servicio haya sufrido agravio alguno con lo actuado.
Por estas consideraciones se confirma la resolución apelada dictada en la audiencia del día 22 de Marzo pasado, correspondiente a la causa RIT 489-2011 del 11° Juzgado de Garantía.
Redacción del ministro Carlos Gajardo Galdames.
Pronunciada por los Ministros señor Carlos Gajardo Galdames, señora Ma. Teresa Letelier Ramírez y señora Adriana Sottovía Gimenez.
Cómo resuelve este tribunal
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