Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

CONFIRMADACorte de Apelaciones de Santiago · Rol 178-20243 abr 2025

Inmobiliaria Boston S.A con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol178-2024
Fecha sentencia3 abr 2025
RecursoApelación
ResultadoCONFIRMADA Revocada-confirmada

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Corte revoca parcialmente fallo del Tribunal Tributario: reconoce acreditadas las partidas Corrección Monetaria y Utilidad Financiera, rechazando las demás objeciones del SII por falta de acreditación suficiente de gastos e ingresos.

Hechos

Inmobiliaria Boston S.A. reclamó contra Resolución SII N°2109 (29.11.2016) que denegó devolución de $234.852.046 por corrección de errores propios AT 2013. El Tribunal Tributario y Aduanero rechazó el reclamo por falta de acreditación de agregados, deducciones y pagos provisionales por utilidades absorbidas. La contribuyente apeló ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Considerandos clave

El tribunal reafirmó que el contribuyente debe probar con documentación y libros de contabilidad la verdad de sus declaraciones (arts. 21 y 29 Código Tributario). Luego analizó cada partida: sobre Costo de Venta, Arriendos, Patentes, Gastos Comunes, Honorarios, Elementos de Decoración y Comisiones por Venta, concluyó que faltó documentación suficiente para acreditar su composición y necesariedad según art. 31 LIR. Respecto Gastos de Hotel estimó insuficientes para considerarlos necesarios para producir renta. Sobre Pérdidas Tributarias señaló que los ajustes debieron respaldarse contablemente, no solo con relatos de testigos. Sin embargo, reconoció que Corrección Monetaria de Cuenta por Pagar ya estaba correctamente reflejada en balance y que el SII se allanó a Utilidad Financiera e Inversión en Empresas Relacionadas. Las partidas Asesoría Publicitaria y Artículos de Oficina fueron determinadas como acreditadas por el SII, por lo que no correspondía analizarlas.

Resolutivo

Revoca parcialmente la sentencia del Tribunal Tributario en cuanto rechaza el reclamo sobre Corrección Monetaria y Utilidad Financiera, que se tienen por acreditadas. El SII debe determinar conforme al nuevo resultado tributario la procedencia de PPUA. Se confirma la sentencia en lo demás, manteniendo rechazadas las demás partidas impugnadas.

Texto de la sentencia

Santiago, tres de abril de dos mil veinticinco.

Se reproduce la sentencia en alzada, con las siguientes modificaciones:

a) Se suprime el numeral 6) consignado en la letra s) del fundamento décimo cuarto; y,

b) Se eliminan los considerandos décimo séptimo, décimo octavo, décimo noveno, vigésimo, vigésimo primero y vigésimo segundo.

Y se tiene en su lugar y además presente:

1°) Que en estos autos RUC 17-9-0000256-4, RIT GR-17-00028-2017, caratulados “Inmobiliaria Boston S.A. con Servicios de Impuestos Internos XV DRM Santiago Oriente”, provenientes del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, por sentencia de veintiocho de marzo de dos mil veinticuatro, se rechazó el reclamo formulado por la contribuyente contra la Resolución Nro.2109 de 29 de noviembre de 2016, que denegó la devolución de $234.852.046 originada en la corrección de errores propios para el AT 2013, ya que no tuvo por acreditada “la procedencia de los agregados y deducciones en su presentación y de los Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas”.

2°) Que cabe recordar que el artículo 21 del Código Tributario establece que “[c]orresponde al contribuyente probar con los documentos, libros de contabilidad u otros medios que la ley establezca, en cuanto sean necesarios u obligatorios para él, la verdad de sus declaraciones o la naturaleza de los antecedentes y monto de las operaciones que deban servir para el cálculo del impuesto”.

Y el artículo 29 del mismo cuerpo legal dispone que “[l]a presentación de declaraciones con el objeto de determinar la procedencia o liquidación de un impuesto, se hará de acuerdo con las normas legales o reglamentarias y con las instrucciones que imparta la Dirección incluyendo toda la información que fuere necesaria”.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

La misma causa en primera instancia

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago en apelación: la proporción medida sobre los 1.067 recursos de esta base.Conoce Pro

Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago

RevocadaRol 252-2024Corte de Apelaciones de Santiago1 abr 2025

Melón SA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional STGO Oriente

Revoca sentencia de primera instancia que acogió acción por vulneración del derecho de propiedad. Rechaza el reclamo por falta de derecho indubitado a la devolución tributaria, toda vez que no consta acreditado que la demandante tenga derecho cierto conforme a las leyes tributarias.

Apelación
No Ha LugarRol 539-2024Corte de Apelaciones de Santiago31 mar 2025

Araya Zacarias Manuel/ramos Narvaez Karla

Rechaza recurso de hecho del SII contra inadmisibilidad de apelación. El tribunal sostiene que las resoluciones sobre incidentes durante reclamaciones por vulneración de derechos solo son recurribles en reposición conforme al artículo 133 del Código Tributario, no por apelación.

Queja
RevocadaRol 349-2024Corte de Apelaciones de Santiago25 mar 2025

Lasen Sarras con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional STGO Norte

Revoca la inadmisibilidad y declara admisible el reclamo por vulneración de derechos, considerando que la sentencia de primera instancia no aplicó correctamente el artículo 156 del Código Tributario al evaluar los fundamentos de la acción.

Apelación