Jacobs Chile SA con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 33-2021 |
| Fecha sentencia | 24 mar 2023 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe revoca parcialmente la sentencia de primer grado: tras declarar nula la Resolución del SII por vicios formales, el tribunal debe acoger íntegramente el reclamo y no puede rechazar la devolución solicitada.
Hechos
Jacobs Chile S.A. reclamó ante el Tribunal Tributario contra Resolución Exenta N° 3.835 (7 mayo 2014) del SII que rechazó devolución de $484.352.424 por utilidades absorbidas para año tributario 2013. El Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero acogió parcialmente el reclamo: dejó sin efecto la resolución (declarándola inválida por vicios formales conforme Ley N° 19.880), pero rechazó la devolución solicitada y la procedencia de la pérdida tributaria. Solo la contribuyente apeló; el SII no interpuso recurso. La Corte revisa por apelación.
Considerandos clave
El tribunal sostiene que al declararse nula la Resolución N° 3.835, queda resuelto íntegramente el conflicto planteado en el reclamo. Considera jurídicamente errado que el fallo de primer grado rechace la devolución después de haber invalidado el único acto administrativo objeto de conocimiento. Señala que la competencia del tribunal es determinar si la resolución del SII se arregla a la ley, no pronunciarse sobre el fondo de la devolución una vez anulada. Subraya que, al no recurrir el SII la anulación de su acto, esa decisión deviene inamovible, por lo que no corresponde mantener un rechazo de la devolución que carecería de sustento legal.
Resolutivo
Se revoca la sentencia de primer grado en la parte que rechaza la devolución de $484.352.424 más reajustes e intereses y la procedencia de la pérdida tributaria. Se acoge íntegramente el reclamo tributario deducido por Jacobs Chile S.A.
Texto de la sentencia
Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés.
Se reproduce la sentencia de primera instancia, con excepción del acápite “c) En cuanto a las supuestas inconsistencias entre el Libro de Remuneraciones y el Estado de Resultados del Balance de la Sociedad al 31/12/2012”, de los fundamentos 22°) a 24°), del acápite “d) En cuanto a la supuesta falta de acreditación de la cantidad de $541.639.387.-, correspondientes a la cuenta Temporary Staff”, de los motivos 25°) a 27°), del acápite “f) En cuanto a las provisiones por remuneraciones ascendentes a $844.341.816”, de los considerandos 31°) a 33°), del acápite “g) En cuanto a las indemnizaciones por años de servicios pagadas a trabajadores de la sociedad”, de los fundamentos 34°) a 36°), del acápite “h) En cuanto a las alegaciones de la actora relativas a la procedencia de la pérdida tributaria declarada y de la devolución solicitada” y de los motivos 37°) a 39°) y 41°), todo lo cual se elimina.
Asimismo, se suprime la expresión “, sin perjuicio de lo expuesto en el considerando 39°)” que se lee al final de los considerandos 18°), 21°) y 30°).
Primero: Que este proceso se inicia con la reclamación tributaria deducida por la contribuyente Jacobs Chile S.A. contra la Resolución Exenta N° 3.835, de 7 de mayo de 2014, emitida por el Primer Departamento de Fiscalización de Medianas y Grandes Empresas de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, que rechazó la solicitud de devolución de saldo de pagos provisionales por utilidades absorbidas por $484.352.424, formulada en la declaración anual de impuesto a la renta para el año tributario 2013.
Se pide en el reclamo que esta resolución sea dejada sin efecto y se le atribuyen diversos vicios, siendo el primero de ellos aquél que dice relación con que se decide rechazar la devolución de impuestos solicitada, pero no se determina un nuevo resultado tributario, esto es, se afirma por la compañía reclamante que el acto administrativo carece de la justificación necesaria y que le exige la ley, siendo por tanto nulo. En segundo término se alega que la resolución yerra en cuanto al resultado tributario declarado por la sociedad contribuyente; luego que las supuestas inconsistencias entre el Libro de Remuneraciones y el Estado de Resultados del balance de la sociedad al 31 de diciembre de 2012 no son tales y que la falta de acreditación de $541.639.387 correspondientes a la cuenta Temporary Staff no es efectiva, entre otros reproches.
En el petitorio del escrito la actora solicitó el acogimiento del reclamo y que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 3.835, validándose íntegramente los resultados tributarios determinados por Jacobs Chile S.A. para el año tributario 2013.
Segundo: Que en su parte resolutiva, luego de invocar los preceptos legales con arreglo a los cuales se pronuncia, la sentencia impugnada declara de manera textual, en lo que interesa, que “se acoge parcialmente el reclamo interpuesto en lo principal de fojas 1 por don Felipe Domínguez Celis (…) en representación de Jacobs Chile S.A., (…) en contra de la Resolución Exenta DRMSO N° 3.835, emitida con fecha 7 de mayo de 2014 por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solamente en cuanto se deja sin efecto la Resolución reclamada, según lo expuesto en los considerando 18°), 21°) y 30°), rechazándose las peticiones de declarar que es procedente la pérdida del ejercicio declarada para el año tributario 2013 y ordenar la devolución del saldo del pago provisional por utilidades absorbidas por $484.352.424.-, más reajustes e intereses, según lo expuesto en el considerando 39°)”.
Esta sentencia fue impugnada por vía de apelación únicamente por la reclamante Jacobs Chile S.A. y el Servicio de Impuestos Internos, en cambio, no interpuso en su contra recurso alguno.
La misma causa en primera instancia
Jacobs Chile SA con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
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