Servicio de Impuestos Internos con C.M.C. S.A
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 34-2014 |
| Fecha sentencia | 28 may 2014 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA Fallada/revocada |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte revoca sentencia del Tribunal Tributario y acoge denuncia del SII contra CMC S.A. por registrar facturas falsas de un empleado y gastos ajenos al giro, condenando a multa del 150% de impuestos defraudados por infracciones al artículo 97 del Código Tributario.
Hechos
CMC S.A. fue denunciada por el SII por registrar 22 facturas falsas de Claudio Acevedo Nieto (empleado/gerente de comercio exterior) por servicios de transporte de documentación, y 38 facturas de gastos ajenos al giro (seguros, restaurantes), generando perjuicio fiscal de $7.067.124 en IVA y $13.556.456 en Renta. El Tribunal Tributario rechazó la denuncia por falta de prueba sin abrir término probatorio. El SII apeló. La Corte conoce la apelación para revisar la interpretación de la norma tributaria.
Considerandos clave
La Corte estima que el Tribunal incurrió en error procesal al no abrir término probatorio pese a que los hechos fueron controvertidos y el SII ofreció prueba. El procedimiento sancionatorio, aunque breve, debe respetar debido proceso y derecho a prueba. Conforme a la carpeta de fiscalización administrativa, se justifica que Acevedo emitió 38 facturas entre 2011-2012 sin justificar efectividad de viajes ni montos, siendo registradas por orden del gerente en remuneraciones sin vinculación real con servicios. Es anómalo que un empleado solo facture a su propia empresa. Las 38 facturas de gastos ajenos (seguros, restaurantes) no están vinculadas al giro cervecero. Existe dolo defraudatorio: los comprobantes de Acevedo coinciden con reducción inexplicable del sueldo del Gerente Fuenzalida, demostrando artificio para eludir tributos. Las conductas califican como infracciones del artículo 97 números 1 y 2. Se desestiman agravantes solicitadas por estar comprendidas en la conducta base. La sanción debe considerar duración de dos años y perjuicio fiscal.
Resolutivo
Se revoca la sentencia de 3 de marzo de 2014. Se acoge la denuncia del SII de 10 de febrero de 2014 y se condena a CMC S.A. como autora de infracciones del artículo 97 números 1 y 2 del Código Tributario a pagar multa equivalente al 150% de los impuestos defraudados, sin costas.
Texto de la sentencia
Santiago, veintiocho de mayo de dos mil catorce.
Se reproduce la sentencia en alzada eliminando sus consideraciones sexta a vigésima inclusive.
1°) Que la presente causa del ingreso RUC- 14-9-0000179-8 del 1º Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, ha sido elevada a esta Corte a fin que conociendo la apelación formulada por el Servicio de Impuestos Internos, revoque lo resuelto por el señor Juez de la instancia, todo por haber errado en la interpretación de las normas que regulan el conflicto sometidos por las partes al conocimiento y resolución del Tribunal.
2º) Conforme de la presentación de la apelante queda de manifiesto que el conflicto versa sobre las denuncia formulada contra la empresa CMC SA RUT 76.829.430 –5 por infracciones al artículo 97 N°4 del Código Tributario, todo conforme el procedimiento especial de sanciones del art. 161 del Código Tributario.
3°) Los hechos imputados por el fiscalizador consistirían en:
a. Registrar e incorporación de 22 facturas falsas provistas por don Alejandro Acevedo Nieto;
b. Registrar e incorporar 38 facturas de gastos ajenos al giro de la empresa.
c. Las anteriores maniobras importaron un perjuicio al Fisco por $7.067.124 por concepto de no pago de IVA y $13.556.456 por Renta.
La misma causa en primera instancia
Servicios de Impuestos Internos Dirección Regional con Cmc S a
Se desestima denuncia por infracciones al art. 97 N°4 del CT por deficiencia probatoria del SII y aplicación del principio de inocencia.
Cómo resuelve este tribunal
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