Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

HA LUGAR EN PARTECorte de Apelaciones de Santiago · Rol 481-202413 mar 2025

Fast Security SPA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional STGO Oriente

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol481-2024
Fecha sentencia13 mar 2025
RecursoApelación
ResultadoHA LUGAR EN PARTE Confirma con declaración

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Se discutía si el SII cumplió requisitos formales para imponer anotaciones contra FAST SECURITY. La Corte confirmó que debe eliminar las anotaciones dentro de 3 días, sin perjuicio de que puedan reimponerse si se cumplen presupuestos legales.

Texto de la sentencia

Santiago, trece de marzo de dos mil veinticinco.

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del siguiente pasaje del párrafo primero del considerando 28°: “disponer que el Servicio deba cumplir con los requisitos formales que le impone la ley para imponer las anotaciones N° 52 y N° 4111 vigentes contra el contribuyente dentro de un plazo de 30 días contadas desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada o por el contrario deben levantarse y eliminarse si se mantienen las mismas condiciones”, el que se sustituye por: “las medidas que se disponen en lo resolutivo”.

Compartiendo esta Corte los fundamentos desarrollados por la sentencia de primer grado, no desvirtuados por los argumentos expuestos por ambos recurrente y, teniendo, además presente, lo dispuesto en el artículo 156 del Código Tributario, se confirma la sentencia dictada por el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, el dieciocho de octubre del dos mil veinticuatro, en la causa RUC 24-9-0000870-7 y RIT VD-15-00122-2024, con declaración que se acoge el reclamo por vulneración de derechos interpuesto en representación de FAST SECURITY SpA, sólo en cuanto el Servicio de Impuestos Internos debe eliminar las anotaciones N° 52 y N° 4111 efectuadas contra el contribuyente reclamante, dentro de un plazo de 3° día, sin perjuicio de que puedan efectuarse nuevamente si se presentan los presupuestos legales para ello, cumpliendo los requisitos que señala el artículo 8 ter del Código Tributario.

Regístrese y en su oportunidad devuélvase.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

La misma causa en primera instancia

Ha lugar en parte

Fast Security SPA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional STGO Oriente

Fast Security SpA reclama por vulneración de derechos tributarios al SII por restricción arbitraria en la emisión de documentos tributarios electrónicos mediante anotaciones causales sin fundamento y negación de folios condicionada a requerimiento de…

RIT VD-15-00122-2024Tribunal R. Metropolitana. Primero18-10-2024

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago en apelación: la proporción medida sobre los 1.067 recursos de esta base.Conoce Pro

Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago

RevocadaRol 543-2024Corte de Apelaciones de Santiago10 mar 2025

Saide Abusleme con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente

Revocada sentencia que acogió parcialmente reclamo tributario. Corte rechaza deducción de inversión en estacionamiento por insuficiencia de fondos documentados para justificar todas las compras de bienes raíces realizadas por el contribuyente entre 2011 y 2012.

Apelación
ConfirmadaRol 493-2024Corte de Apelaciones de Santiago6 mar 2025

Pelay Kluck con Servicio de Impuestos Internos XV DRM STGO Oriente

Corte de Apelaciones de Santiago confirma sentencia que rechaza nulidad y reclamo contra liquidaciones del SII, desestimando vicios de fundamentación y prescripción, aunque reconoce dilación procesal de 8 años que no invalida el fallo por complejidad del caso.

Apelación