Inversiones Isla Kent SPA con XV Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 496-2025 |
| Fecha sentencia | 25 nov 2025 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalLa Corte revoca la sentencia de primer grado y rechaza íntegramente el reclamo tributario, confirmando la Resolución del SII que rechazó la deducción del sobreprecio pactado en 2012 entre partes relacionadas, por no constituir costo real de venta.
Hechos
Inversiones Isla Kent SpA compró inmueble en 2010 por 405.000 UF. En 2012, entre las mismas partes (vendedores que eran socios de la compradora), se rectificó el precio a 654.673 UF. En 2014, la sociedad vendió el inmueble a Banco de Chile. En AT 2016 declaró pérdida invocando el mayor precio. El SII rechazó deducir el sobreprecio de 249.673 UF mediante Resolución de 2019. El Tribunal Tributario y Aduanero acogió el reclamo del contribuyente. La XV Dirección Regional del SII apeló ante esta Corte.
Considerandos clave
El tribunal aclaró que la cuestión central es si el incremento de precio corresponde a costo real o gasto de venta. Concluyó que el sobreprecio no constituye costo directo real, sino convención entre partes relacionadas destinada a aumentar la pérdida tributaria, por las siguientes razones: (1) identidad personal entre vendedores y socios de la compradora con vínculo de consanguinidad evidencia operación entre partes relacionadas; (2) los supuestos requerimientos de pago de mayo y julio de 2012 no fueron seguidos de acciones de cobro efectivas, contradiciendo la justificación del aumento; (3) el incremento a 654.673 UF, aun considerando intereses, es notoriamente superior a lo que resultaría de la capitalización del crédito original (441.450 a 442.554 UF); (4) no se acreditaron operaciones comparables entre partes no relacionadas; (5) falta acreditación efectiva del pago del precio (solo 11 cheques por 1,84% de la pérdida declarada); (6) la pericia excedió rol técnico introduciendo argumentos jurídicos no debatidos. Respecto a prescripción, el SII fiscalizó AT 2016, no AT 2012.
Resolutivo
Se revoca íntegramente la sentencia de primer grado de 15 de julio de 2025 y se rechaza el reclamo tributario, confirmando la Resolución Exenta Nro. NUM004 del 30 de agosto de 2019 del SII. Se condena al contribuyente en costas.
Texto de la sentencia
Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticinco.
Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de sus considerandos 25°, 26°, 33°, 34°, 38° y 43°, y de los párrafos tercero del motivo 36°, segundo del considerando 37°, octavo, noveno y décimo del razonamiento 40° -incluyendo el cuadro inserto-, y sexto, séptimo y octavo del basamento 42° -incluyendo el cuadro inserto-, que se eliminan.
Y teniendo en su lugar y, además, presente:
Primero: Que para la adecuada decisión de la presente controversia, conviene compendiar sus hechos principales no discutidos:
I. El 19 de agosto de 2010 Inversiones Isla Kent SpA se constituyó por escritura pública.
II. El 22 de diciembre de 2010 se celebró contrato de compraventa del inmueble ubicado en DIRECCION000 y DIRECCION001 entre [CÉSAR], [MARTÍN], [JULIÁN] y [JOSÉ], como vendedores, y [RUBÉN], en representación de Inversiones Isla Kent SpA, parte compradora, por 405.000 UF, pagadero en 180 cuotas y con interés anual de 3%, fijándose la primera cuota para el 5 de marzo de 2012.
Inversiones Isla Kent SpA se integra por las sociedades Inversiones
Ducal SpA (representada por [CÉSAR]), Inversiones Olivia SpA (representada por [JOSÉ]), Inversiones Tic-Toc SpA (representada por [MARTÍN]) e Inversiones Der Linden SpA (representada por [JULIÁN]).
La misma causa en primera instancia
Inversiones Isla Kent SPA con XV Dirección Regional Santiago Oriente del SII
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