Colmena Golden Cross S.A con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 671-2025 |
| Fecha sentencia | 7 may 2026 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRevoca sentencia que acogía reclamo tributario. Concluye que costas judiciales por conducta arbitraria/ilegal de Isapre no son gasto necesario para producir renta bajo artículo 31 LIR, sino gasto rechazado sujeto a impuesto único.
Hechos
Colmena Golden Cross S.A. (Isapre) reclamó liquidación tributaria nro. 4 del 27 de abril de 2022 que rechazaba como gastos deducibles las costas judiciales que debió pagar por condenas en recursos de protección acogidos por sus afiliados contra alzas de planes de salud declaradas arbitrarias/ilegales. Tribunal Tributario y Aduanero (28 agosto 2025) acogió el reclamo sin costas, anulando la liquidación. SII apeló. Corte de Apelaciones revoca por mayoría y rechaza el reclamo.
Considerandos clave
La Corte analiza la naturaleza de las costas como sanción procesal vinculada a conducta ilegal/arbitraria del litigante, no meramente a su derrota. Concluye que condenas en costas de los recursos de protección derivaron precisamente de que Isapre incurrió en actuar arbitrario/ilegal (alzas repetidas y contumaces de planes). Bajo estándar mayoritario de jurisprudencia, gastos necesarios deben ser inevitables, operativos y directamente vinculados al giro. Las costas no reúnen estos requisitos: (i) no son operativas sino derivadas de conducta contraria a derecho; (ii) no fueron inevitables pues la Isapre conocía la jurisprudencia mayoritaria que declaraba tales alzas ilegales; (iii) las alzas finalmente fueron dejadas sin efecto, por lo que nunca generaron renta legítima; (iv) SII ha mantenido criterio consistente desde 2014-2016 rechazando tales costas.
Resolutivo
Se revoca sentencia de 28 de agosto de 2025 del Tribunal Tributario y Aduanero y se rechaza, sin costas, el reclamo tributario contra Liquidación nro. 4 de 27 de abril de 2022. La liquidación que rechazaba las costas como gastos deducibles queda firme.
Texto de la sentencia
Santiago, siete de mayo de dos mil veintiséis.
Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus motivos decimocuarto, decimoquinto y decimosexto, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y, además, presente:
Primero: Que el Servicio de Impuestos Internos ha deducido recurso de apelación en contra de la sentencia dictada por el Cuarto
Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago el 28 de agosto de 2025 en causa RUC 22-0-0000556-3, RIT GR-18-00090-2022, mediante la cual acogió, sin costas, el reclamo interpuesto por Colmena Golden Cross
S.A. en contra de la liquidación nro. 4 practicada el 27 de abril de 2022 por el Director de Grandes Contribuyentes de aquel Servicio, y la dejó, en consecuencia, sin efecto.
Para resolver de ese modo, la referida sentencia calificó como gasto necesario para producir la renta las costas judiciales que debió pagar la contribuyente como consecuencia de las condenas que, en tal sentido, le impusieron diferentes cortes de apelaciones al acoger los recursos de protección que sus afiliados interpusieron con el fin de revertir las alzas de los precios base de sus planes de salud.
Segundo: Que la apelante pretende con su recurso que esta Corte revoque el fallo de primer grado y lo enmiende conforme a derecho, confirmando la liquidación reclamada, con costas.
La misma causa en primera instancia
Colmena Golden Cross S.A. con Servicio de Impuestos Internos Direccion Grandes Contribuyentes
Tribunal acoge reclamo de Isapre, declarando que costas personales pagadas por recursos de protección por alzas de planes de salud constituyen gastos necesarios para producir la renta, deducibles según art. 31 LIR, no afectos a Impuesto Único art. 21.
Cómo resuelve este tribunal
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