Soluciones Biotecnológicas Spa con Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Santiago Norte
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 52306-2026 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 16 oct 2026 |
| Recurso | (CIVIL) CASACIÓN FORMA Y FONDO |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechazadas casación forma y fondo (m) |
| Ministros | Leopoldo Llanos Sagrista · Pía Tavolari Goycoolea · Jean Matus Acuña · Mireya López Miranda · Gonzalo Ruz Lártiga |
Texto de la sentencia
Santiago, dieciséis de octubre de dos mil veintiséis.
Primero: Que, en este procedimiento de reclamación tributaria, seguido ante el Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana bajo el RUC 21-9-0000815-0, RIT GR-16-00145-2021, caratulado “Soluciones
Biotecnológicas Spa con Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional
Santiago Norte”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recursos de casación en la forma y el fondo, deducidos por la parte reclamante, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que revocó el fallo de primer grado que acogió la reclamación interpuesta por don Jorge
Javier Aylwin Bustillos, en representación de Soluciones Biotecnológicas SpA, en contra de la Res. Ex. SII N°280238350, de 31 de marzo de 2021, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos y, en su lugar, la desestimó.
Segundo: Que, la casación formal se sustenta en la causal contenida en el artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil, por haberse pronunciado la sentencia con omisión de los requisitos previstos en el artículo 170 del mismo cuerpo legal, específicamente los establecidos en sus numerales 4° y 6°, las consideraciones de hecho y de derecho que sirven de fundamento al fallo y la decisión del asunto controvertido, debido a la supresión de los ciertos considerandos del fallo de primer grado, razón por la cual el fallo de segunda instancia queda desprovisto de la decisión del asunto controvertido y de los razonamientos de hecho y de derecho necesarios.
Tercero: Que, sin embargo, de una atenta lectura del fallo de segunda instancia, no aparece que la sentencia haya omitido los requisitos establecidos en el artículo 170 del compendio adjetivo, toda vez que la razón de la supresión de algunas motivaciones del fallo de primer grado obedeció a dar coherencia a la decisión revocatoria que desestimó el reclamo de autos, de forma tal que el vicio denunciado no resulta ser efectivo y, por lo mismo, la casación en la forma no podrá prosperar.
Cuarto: Que, a través de recurso de casación sustancial se denuncia, en primer lugar, infracción de los artículos 132 y 144 del Código Tributario, porque concluye que las observaciones administrativas afectaron el resultado del ejercicio y el cálculo del Impuesto de Primera Categoría, sin expresar las razones lógicas, técnicas o de experiencia que permitan verificar esa conclusión. La falta de determinados antecedentes —en concepto del articulista— no demuestra, por sí sola que la rectificación carezca de eficacia ni que exista una diferencia tributaria que elimine el saldo solicitado. La sentencia incurre así en un salto lógico, pues pasa desde la existencia de observaciones administrativas y la ausencia de determinados documentos a la conclusión de que no procede ninguna devolución, sin demostrar la premisa intermedia consistente en que tales observaciones alteran efectivamente la determinación tributaria del Año Tributario 2018. La infracción denunciada no consiste en solicitar una nueva ponderación subjetiva de la prueba, sino en demostrar que la sentencia no exterioriza el razonamiento lógico y jurídico que vincula las observaciones B25, B58 y F108 con el rechazo íntegro de la devolución impetrada.
Normas citadas
Descriptores
La misma causa en primera instancia
Soluciones Biotecnológicas Spa con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Stgo Norte
Tribunal acoge reclamo de Soluciones Biotecnológicas SpA contra rechazo del SII a devolución de $45.402.778 por saldo a favor AT 2018, estimando que observaciones formales no afectan el cálculo del impuesto ni la procedencia de devolución.
Fallos que aplican las mismas normas
Abarza González y otro con Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Punta Arenas
Corte Suprema declara inadmisible la casación en forma y rechaza la casación en el fondo por falta de fundamentos concretos y específicos en los agravios deducidos contra la sentencia confirmatoria de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.
Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional de los Rios con Soc.comerc.e Ind.edwin Heuser LTDA.
Corte Suprema rechaza casación en forma e inadmite casación en fondo del SII por falta de desarrollo jurídico adecuado de los errores de derecho denunciados y expresión insuficiente de disconformidad con la valoración de prueba.
Parkrose S.A con Servicio de Impuestos Internos
La Corte Suprema declara inadmisible la casación en forma y rechaza la casación en fondo deducida por Parkrose S.A., confirmando que los hechos fijados por los tribunales inferiores sobre las pérdidas de arrastre son inamovibles en casación.
Banchile Factoring S.A. con Fisco de CHILE.
Corte Suprema acoge casación y revoca sentencia de alzada que había rechazado demanda de cobro por falta de legitimación pasiva del Fisco; declara que corresponde conocer del fondo mediante nueva integración de la Corte de Apelaciones.
Tellez Rioseco Lautaro con Tesoreria General de la Republica.
Rechazadas casaciones en forma y fondo presentadas por Tesorería y contribuyente. La Corte Suprema confirma que el requerimiento de pago del 23/9/1995 interrumpió la prescripción, por lo que procedía desestimar la acción de prescripción y acoger subsidiariamente el decaimiento del procedimiento administrativo.
Carrasco Contreras Gabriel con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema declara inadmisibles recursos de casación en forma y fondo interpuestos por contribuyente contra sentencia que confirmó rechazo de reclamo tributario por deficiencias formales.