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Tribunal · solo Pro
MARTÍNEZ PEREZ con SII
Fecha: 06-09-2024 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidación de impuesto a la renta AT 2013, ordenando reliquidación por subdeclaración de ingresos no acreditada en su totalidad por el SII.
Contribuyente Gonzalo Martínez Pérez recibió liquidación N°316300000197 del 21/03/2016 por $6.811.085 en impuesto a la renta, reajustes e intereses para AT 2013. El SII le había citado el 14/12/2015 para acreditar observaciones sobre ingresos no declarados en F22 versus F29 y crédito de impuesto de primera categoría. El contribuyente alegó no recibir efectivamente la citación por cambio de domicilio no informado al SII, argumentando que disponía de documentos pero no los presentó por falta de notificación real.
El tribunal estableció que la notificación fue válida en el domicilio registrado en SII (Cerro Moreno 1702), aplicando artículos 13 y 68 del Código Tributario sobre obligación de informar cambios de domicilio. Analizó la prueba rendida y determinó que los ingresos efectivos fueron $27.994.601 según balance y F29, siendo este monto declarado en F22. Sin embargo, el contribuyente no acreditó la procedencia de costos y gastos por $13.682.601 conforme artículos 30 y 31 de la LIR, resultando base imponible de $27.994.601 en lugar de los $19.675.670 agregados por SII. Respecto a créditos por retiros
Se acoge parcialmente el reclamo, ordenando al SII disminuir la diferencia de impuesto determinada conforme a lo razonado sobre ingresos no acreditados. Se ordena reliquidación de impuestos. Cada parte paga sus costas.
“MARTÍNEZ PÉREZ, GONZALO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, seis de septiembre de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
A fojas 1, complementada a fojas 21, comparece don Diego Berríos de La Hoz , abogado, RUT N°15.620.486-2, con domicilio en Nueva Amunátegui N°1405, oficina 202, comuna y ciudad de Santiago, en representación de don GONZALO ALEJANDRO MARTINEZ PEREZ, factor de comercio, RUT N°13.473.481-7, domiciliado en Av. Walker Martínez 980 , Dpto. 82 Torre A, La Florida, quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 123 del Código Tributario, interpone reclamo en contra de la Liquidación N°316300000197, emitida por el Jefe de Unidad La Florida del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII) con fecha 21 de marzo de 2016, solicitando acogerla y se ordene dejar sin efecto dicha liquidación, a fin de que el SII practique una reliquidación, sin costas, conforme a los siguientes antecedentes:
Explica que su representado fue notificado por carta certificada el día 24/03/2016 de la Liquidación reclamada, en la que se señala que su representado fue requerido mediante Citación N°132319909, de fecha 14 /12/2015, a fin de que acreditara las Observaciones F53, F83 y G11 que inserta en recuadro explicativo, informándole que dentro del plazo de un mes, debía aclarar las inconsistencias que dicen relación con su Declaración de Renta Año Tributario (en adelante, AT) 2013, folio 240788843, resolviendo que en razón que hasta la fecha de la liquidación, su representado no dio respuesta a la Citación y/o no aportó antecedentes que permitan solucionar las observaciones o inconsistencias de su renta, se procedió a practicar la liquidación. Afirma que la partida reclamada es el impuesto a la renta de primera categoría.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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