Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
EMPRESA CONSTRUCTORA FE GRANDE SA con SII
Fecha: 22-08-2025 · Materia: Giro · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de constructora contra sobretasa territorial por inclusión errónea de inmuebles ya enajenados en base imponible al 31 de diciembre de 2019.
Empresa Constructora Fe Grande S.A., empresa constructora perteneciente al Holding Salfacorp, fue girada por sobretasa del artículo 7 bis de la Ley N°17.235 por $3.226.213.- respecto de 108 inmuebles. La reclamante sostuvo que había vendido estos bienes con anterioridad al período respectivo, por lo que ya no era propietaria al 31 de diciembre de 2019. Argumentó que el SII no actualizó adecuadamente sus registros pese a recibir información de notarios y conservadores de bienes raíces mediante el Formulario 2890.
El tribunal estableció que conforme al artículo 7 bis de la Ley N°17.235, la sobretasa se calcula sobre la suma de avalúos de bienes raíces de propiedad del contribuyente conforme registro de propiedad del Conservador, al 31 de diciembre del año anterior. El artículo 16 de la Ley N°17.235 impone al SII mantener actualizado el catastro de bienes raíces utilizando información de escrituras públicas, inscripciones, notarios y conservadores. El tribunal constató que respecto de 5 inmuebles (roles 918-300, 918-883, 918-884, 918-885 y 918-886) la reclamante acreditó su enajenación anterior al 31 de
Se acoge la reclamación. Se deja sin efecto la Notificación y Giro de Reemplazo Sobretasa del artículo 7 bis Ley N°17.235 contenido en carta N°9331160, folio N°6413913 de junio de 2021. Se ordena determinar nueva base imponible de sobretasa al 31 de diciembre de 2019 conforme lo resuelto. No se condena en costas.
1
EN SANTIAGO, VEINTIDÓS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO.
VISTOS:
El escrito de fecha 12 de octubre de 2021, rolante a fojas 1 de autos, presentado por doña YANET FONTANEZ CARRASCO, RUT N°14.417.667-7, abogada en representación de EMPRESA CONSTRUCTORA FE GRANDE S.A., RUT N°83.109.000-6, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Avenida Presidente Riesco N°5335, piso 11, comuna de Las Condes , mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra del Giro de Reemplazo Sobretasa del artículo 7 bis Ley N°17.235, contenido en Carta N°93 31160, Folio N°6413913, emitido por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) , que determinó un total anual a pagar de $3.226.213.- por este concepto.
La reclamante, en síntesis, expone que es una sociedad constructora que forma parte del Holding de Empresas Salfacorp S.A., en particular, de su línea de negocios relativos a la construcción.
En relación a la Sobretasa aplicada, indica que los 1 08 inmuebles considerados habían sido vendidos con anterioridad al periodo respectivo, lo que implica que la empresa ya no es propietaria de dichos bienes, por lo que no corresponde incluirlos en la base imponible del impuesto.
Advierte que el SII no habría actualizado adecuadamente sus registros, pese a haber recibido de Notarios y Conservadores las inscripciones de transferencias, lo que finalmente ocasionó que inmuebles que no le pertenecían fueran incluidos en el cálculo de la sobretasa.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.