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Tribunal · solo Pro
NOVOA DEL RÍO con SII
Fecha: 25-06-2026 · Materia: Liquidación · Juez: anselmo_ivan_cifuentes_ormeno
RECHAZA+100M No Ha Lugar
El tribunal rechaza la nulidad y reclamo contra la liquidación por subdeclaración de intereses de capitales mobiliarios, confirmando que el acto contiene fundamentos suficientes y que los intereses informados por el banco debían declararse conforme a la normativa de intereses reales.
Ramón Alejandro Novoa del Río presentó su declaración anual de impuesto a la renta para el año tributario 2020. El Banco de Chile informó intereses reales positivos por $394.571.823 e intereses reales negativos por $145.089.481, pero el contribuyente declaró solo $64.437.634 (código 155) e intereses negativos de $1.524.988 (código 169). El SII emitió la liquidación N° 104 de 2023 por subdeclaración neta de $186.569.696 en la base imponible del impuesto global complementario. El contribuyente controvertía que los dólares en cuenta corriente vista no debieron tributar mientras no se vendieran.
El tribunal distingue entre dos cuestiones: suficiencia de fundamentación y mérito de fondo. Respecto a la fundamentación, aunque la liquidación no reproduce operación por operación el cálculo bancario, sí identifica la declaración revisada, observación G36, certificado bancario, montos informados, montos declarados, diferencias determinadas y normas aplicables, entregando información bastante para comprender la controversia. Sobre el fondo, conforme a instrucciones de declaración jurada 1890 y artículo 41 bis LIR, los bancos deben informar intereses reales positivos y negativos actualizados p
Se rechaza la acción de nulidad y el reclamo deducido por Ramón Alejandro Novoa del Río contra liquidación N° 104 de 27 de julio de 2023, confirmándose la actuación del SII. No se condena en costas al reclamante.
Concepción, a la fecha indicada al pie de firma.
VISTOS:
Que, a folio 10 y siguientes, comparece don Ángel Espinoza Otárola, abogado, en representación de don Ramón Alejandro Novoa del Río, RUT número [RUT reservado], ambos domiciliados para estos efectos en calle Almagro número 250, oficina 704, de la ciudad de Los Ángeles, quien interpone nulidad de liquidación y, en subsidio, reclamo de liquidación en contra de la liquidación número 104, de 27 de julio de 2023, emitida por la Unidad de Los Ángeles de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos.
Expone que el Servicio de Impuestos Internos revisó la declaración anual de impuesto a la renta correspondiente al año tributario 2020, formulario 22 folio número 347973540, presentada el 30 de abril de 2020, y determinó la observación G36, referida al control de la tributación de rentas de capitales mobiliarios. Agrega que dicha observación se fundó en la información entregada mediante la declaración jurada 1890 presentada por el Banco de Chile, según la cual durante el año comercial 2019 habría obtenido intereses afectos a impuesto global complementario por $394.571.823, no declarados íntegramente en el código 155, y pérdidas por operaciones de capitales mobiliarios por $145.089.481, no consideradas en su totalidad en el código 169. Señala que, con posterioridad, el órgano fiscalizador emitió la citación número 101304909, de 19 de enero de 2023, la que fue contestada dentro de plazo, acompañándose balance general del año comercial 2019, copia de libro mayor, libro diario, certificado número 00019200 emitido por Banco de Chile y una planilla Excel de cálculo de intereses de inversión. A juicio del contribuyente, esos antecedentes justificaban la observación formulada.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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