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Tribunal · solo Pro
PRADENAS LIZAMA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 08-06-2018 · Materia: Artículo 19 Nº 24 CPR · Juez: Gonzalo Esteban Miguez Nuñez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por vulneración de derechos de contribuyente que solicita devolución de impuestos retenida por SII, fundada en observaciones tributarias pendientes de regularizar.
Roberto Pradenas Lizama solicita al SII la devolución de $1.659.599 por diferencias entre renta afecta a global complementario e impuesto único. El SII rechaza la solicitud mediante Ord. N°356 alegando que el contribuyente se encuentra querellado (RIT 67/2016) como representante legal de Salmones de Chile Alimentos S.A. y existe observación G23 sin subsanar. El contribuyente argumenta que la querella involucra a la sociedad, no a él como persona natural, y que la observación fue aclarada.
El Tribunal estima que la devolución de impuestos es una mera expectativa sujeta a la potestad fiscalizadora del SII mientras no exista acto terminal. La facultad de fiscalización del SII, conforme a los artículos 59, 60 y 200 del Código Tributario, permite examinar y verificar la exactitud de las declaraciones. La observación G23 relativa a venta de bienes raíces no declarada requería subsanación previa. El contribuyente no acreditó vulneración de derechos pues no ingresó al patrimonio suma alguna que merite protección constitucional. Procedencia de devolución está condicionada a que no exist
Se rechaza en todas sus partes el reclamo de vulneración de derechos interpuesto. No se condena en costas al reclamante por estimar motivos plausibles para litigar.
Puerto Montt, ocho de junio de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Gabriel Brunetti Barroso , RUT N°
[RUT reservado], abogado, en representación de Roberto Pradenas Lizama, RUT N° [RUT reservado], ambos domiciliados en calle Urmeneta, número 305, oficina 404, comuna de Puerto Montt, quien interpone reclamo en Procedimiento por Vulneración de D erechos en contra del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , de acuerdo a los argumentos que expone.
En cuanto a los hechos en que se basa su libelo, relata que con fecha 12 de octubre de 2017, el contribuyente Roberto Pradenas Lizama, solicita formalmente al Director Regional del Servicio de Impuestos Internos de Castro, le sea devuelta la suma retenida de $1.659.599.- por concepto de diferencias entre renta afecta a global complementario e impuesto único descontado de las remuneraciones. Con fecha 20 de diciembre del mismo año, el Jefe de Unidad de Castro, a través de la Ord. N o 356, responde a dicha solicitud señalando:
“Cumplo con informar que no se puede acceder a su solicitud, debido a que, de acuerdo a lo informado por nuestro departamento jurídico, el solicitante se encuentra querellado según RIT 67 /12016, seguido en el tribunal de Garantía de Coronel, hecho que no permite la liberación de su renta AT 2017 (observación J91). Adicionalmente, presenta observación de renta G23 que afecta al mismo año Tributario”
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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