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Tribunal · solo Pro
IMPORTADORA Y EXPORTADORA INDUNORTE LIMITADA con DRM STGO CENTRO SII
Fecha: 05-04-2019 · Materia: Artículo 19 N° 21 CPR
RECHAZA No Ha Lugar
Rechaza reclamación por vulneración de derechos contra resolución del SII que se declaró inhibido de conocer RAF sobre liquidación ya judicializada y resuelta.
Importadora y Exportadora Indunorte Limitada solicitó mediante RAF revisión de Liquidación N° 313000000916 de marzo 2016. Previamente, esta liquidación fue materia de reclamo tributario que llegó a sentencia firme en marzo 2018, confirmada por Corte de Apelaciones en mayo 2018. El SII se declaró inhibido de conocer la RAF mediante Resolución Ex. 98.064 de septiembre 2018, argumentando que existía juicio pendiente sobre la misma pretensión. La contribuyente impugnó esta decisión por vulneración de garantías constitucionales.
El tribunal analiza la procedencia de la inhibición del Director Regional conforme a artículo 6° letra B N° 5 del Código Tributario y artículo 54 de Ley 19.880. Establece que una vez judicializado un asunto y dictada sentencia ejecutoriada, la administración tributaria no puede conocer nuevas peticiones administrativas que contengan las mismas pretensiones. Determina que RAF y reclamo tributario persiguen idéntico objeto: cuestionar la legalidad de la Liquidación N° 313000000916. Concluye que la resolución fue dictada en ejercicio legítimo de facultades legales y que el reclamante no acreditó
Rechaza reclamación por vulneración de derechos interpuesta contra Resolución Ex. 98.064 de 27 de septiembre 2018. No condena en costas al reclamante por tener motivos plausibles para litigar.
IMPORTADORA Y EXPORTADORA INDUNORTE LIMITADA con DRM STGO CENTRO
SII
Rol · solo Pro.
Rol · solo Pro.
Santiago, cinco de abril de dos mil diecinueve.
I. VISTOS. Contenido y Diligencias del Proceso
Uno. A fojas 1 el 22 de octubre de 201 8, IMPORTADORA Y EXPORTADORA
INDUNORTE LIMITADA, RUT N° 76.279.070-K, representada en estos autos por don
Ramón Paillán Acamil, cédula de identidad N° [RUT reservado], ambos domiciliados en calle Doctor Sotero del Río N° 326, Oficina 1102, piso 11, Santiago, en adelante la contribuyente, la reclamante, la sociedad , interpone reclamo por Vulneración de Derechos, en conformidad a los artículos 155 y siguientes del Código Tributario , en contra del siguiente acto u omisión del Servicio de Impuestos Internos (en adelante el Servicio, la Administración o el reclamado):
Resolución Ex. 98.064 de 27 de septiembre de 2018 , de la Dirección Regional
Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos.
Dos. El 12 de noviembre de 2018 a fojas 19, el Servicio responde el reclamo.
Tres. El 10 de enero de 2019 a fojas 47 se recibe la causa a prueba, estableciendo el siguiente punto de prueba:
1. Acredítese la vulneración de derechos alegada en este proceso. Hechos antecedentes y circunstancias que lo prueban.
Cuatro. El 4 de abril de 2019 a fojas 78, el Tribunal resuelve Autos para Fallo. II. FASE DE DISCUSIÓN.
A. Reclamo.
a) Los Hechos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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