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Tribunal · solo Pro
Chang Rajii con XV DRM STGO ORIENTE SII
Fecha: 07-04-2021 · Materia: Liquidación · Juez: Óscar Meriño Maturana
RECHAZA+18.000M Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Chang Rajii contra liquidaciones de IGC e IUL 2012-2016, confirmando aplicación de prescripción extraordinaria por declaraciones maliciosamente falsas.
El contribuyente Alberto Samuel Chang Rajii reclama liquidaciones N°853 a 857 (27 julio 2018) del SII que determinaron impuestos por IGC (años 2012-2013) e IUL (años 2014-2016), por montos superiores a $11.000 millones. Durante fiscalización se constató que realizó inversiones y adquisiciones sin declarar ingresos suficientes para solventarlas. El SII notificó requerimientos de información (2016-2018), los que el contribuyente no respondió. El contribuyente es accionista mayoritario de varias sociedades (Grupo Arcano, Ónix Capital, Alberto Chang SpA) que también presentaban irregularidades tri
El tribunal analiza si corresponde aplicar prescripción ordinaria (4 años) o extraordinaria (6 años). Establece que para declaración maliciosamente falsa se requiere acto consciente del declarante sabiendo que lo declarado no se ajusta a verdad, no bastando meras diferencias entre lo declarado y lo determinado. La malicia debe ser acreditada por el Servicio, presunción de buena fe del contribuyente. Analiza concepto de cuenta corriente mercantil y mandato sin representación alegados por el contribuyente, concluyendo que no acreditó estos antecedentes. Observa que el contribuyente no probó orig
Rechaza reclamo del contribuyente y confirma Liquidaciones N°853 a 857 del SII. No condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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ALBERTO SAMUEL CHANG RAJII
RUT N°[RUT reservado]
CUANTIA: 255.895,59 UTM
EN SANTIAGO, A SIETE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO.
Atendida la contingencia sanitaria y la modalidad de teletrabajo en que se encuentra funcionando el Tribunal, la presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 20 de noviembre de 2018, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don CARLOS ANTONIO PARADA ABATE, RUT N°[RUT reservado], en representación de don ALBERTO SAMUEL CHANG RAJII, RUT [RUT reservado], domiciliados para estos efectos en Francisco de Aguirre N°3720, oficina 42, comuna de Vitacura, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de las Liquidaciones N°853 a 857, de fecha 27 de julio de 2018, emitidas por la Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), que determinaron el pago de las sumas ascendentes a $5.645.405.182. - y $1.131.981.203. - incluidos reajustes e intereses, por concepto de Impuesto Global Complementario para los A ños Tributarios (en adelante AT) 2012 y 2013, y de los montos de $5.486.227.298.- , $51.682.184. - y $8.635 .752.-, incluidos reajustes, intereses y multas, por concepto de Impuesto Único del artículo 21 de la LIR para los AT 2014, 20 15 y 2016.
En su reclamo el contribuyente, en primer lugar, solicita la prescripción de las Liquidaciones N°853 a 855, por cuanto el SII habría ejercido sus facultades fiscalizadoras y determinado resultados tributarios fuera del plazo ordinario de prescripción contenido en el inciso 1° del artículo 200 del Código 2
Tributario, aplicando falsamente el plazo extraordinario de seis años establecido en el inciso 2 °·del artículo citado, toda vez que no ha bría cumplido con los supuestos que dicha norma establece para su efectiva aplicación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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