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Tribunal · solo Pro
SII con SUR EVENTOS SPA
Fecha: 29-07-2022 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: dora_luisa_bastia_santander
ACOGE Ha Lugar No Ha Lugar
Tribunal rechaza denuncia por uso de crédito fiscal en facturas falsas por falta de acreditación del S.I.I. de los elementos constitutivos de la infracción del artículo 97 N°4 inciso segundo del CT.
El S.I.I. denuncia a Sur Eventos SPA por haber registrado, contabilizado y utilizado crédito fiscal IVA amparado en facturas emitidas por proveedores que integraban una cadena de comercialización de documentación tributaria falsa. Se alega que el 4,61% de sus créditos fiscales provenía de facturas falsas por $3.772.580, con perjuicio fiscal total de $8.990.783. La denunciada no presentó descargos al acta de denuncia.
El tribunal establece que el artículo 97 N°4 inciso segundo del CT exige: conducta de contribuyente afecto a IVA, malicia en la acción, y aumento del monto de créditos o imputaciones sobre cantidades a pagar. Rige el principio de inocencia y corresponde al S.I.I. probar los hechos. El tribunal constató que el S.I.I., pese a reiterados requerimientos, no acompañó los formularios 29 ni las facturas cuestionadas, siendo estos documentos disponibles en formato electrónico en poder de la administración. Se advirtieron incongruencias en el cálculo del perjuicio fiscal: la suma de $3.772.580 más $6.3
Rechaza la denuncia y deja sin efecto el Acta Denuncia N°2 de 25.01.2022 por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del CT por falta de acreditación de la comisión del ilícito, participación y malicia del denunciado.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
ORIENTE con SUR EVENTOS SPA”
RUC: Rol · solo Pro.
RIT: Rol · solo Pro.
En Providencia, a veintinueve de julio de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fs. 256 a 262, y 287 a 298 Acta Denuncia N° 2, de 25.01.2022, mediante la cual el Servicio de Impuestos Internos, XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente, le notificó a SUR EVENTOS SPA, RUT. N°76.171.536-4, representada legalmente por Mauro
Alejandro Espinoza San Martín, RUT N° [RUT reservado] y Ernesto Antonio Riffo Retamal RUT Nº [RUT reservado] (actuación conjunta), con giro en Transporte de carga por carretera, actividades de restaurantes, de servicio móvil de comidas, suministro de comidas por encargo (servicios de banquetearía), suministro industrial de comidas por encargo, concesión de servicios de alimentación, todos domiciliados en Avenida Las Condes N° 11755, comuna de Las Condes , Región Metropolitana, el haber incurrido en la infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario.
Rolan en autos, A fs. 1, Comprobante de distribución de causa por oficina virtual.
A fs. 2 a 264, Acta de Denuncia N° 2 de 25.01.2022, incompleta; Reservado N° 28 de fecha 25.01.2022; Informe N° 21 de fecha 29.12.2020; Comprobante de decisión del Director Nacional de ejercer acción infraccional de fecha 22.12.2021; Notificación N° 23 de fecha 25.01.2022; Resolución que la tiene por presentada y orden a certificar y testimonio de notificación.
A fs. 266; Certificado del señor Secretario del Tribunal, sobre el no haberse formulado descargos en contra del Acta de Denuncia N° 2 de fecha 25.01.2022.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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