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Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

SII con CONCHA MIRANDA

Fecha: 29-09-2022 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander

HA LUGAR EN PARTE No Ha Lugar

Resumen (IA)

Contribuyente condenada por usar facturas falsas para incrementar crédito fiscal IVA y deducir gastos inexistentes en impuesto a la renta. Se declaró prescrita la acción respecto a facturas 2015 y se confirmó sanción de $16.426.253.

Hechos

Guillermina Andrea Concha Miranda, dedicada a venta de máquinas de ejercicios, utilizó facturas electrónicas falsas emitidas por Inversiones Metrix SPA (luego Votkinsk SPA) y presuntamente por Mario Olivares Carrasco, para registrar y declarar crédito fiscal IVA en períodos 2015-2016 y deducir costos/gastos en declaraciones de impuesto a la renta años tributarios 2016-2017. Las facturas fueron entregadas por un intermediario llamado Guillermo Iglesias. El SII verificó que dichas facturas fueron emitidas a otros contribuyentes con fechas y montos diferentes. El proveedor decl aró no haber emiti

Considerandos clave

El tribunal acreditó la infracción por uso de facturas ideológicamente falsas que no corresponden a operaciones reales ejecutadas por los presuntos proveedores. La denunciada reconoció tácitamente la falsedad al admitir recibir documentos de Guillermo Iglesias cuando facturas provenían de contribuyentes diferentes. Se configuró dolo en su actuar. Respecto a prescripción, el tribunal aplicó el artículo 200 del Código Tributario, declarando prescrita la acción para facturas emitidas año 2015 en materia de impuesto a la renta AT 2016 (presentada 11.04.2016). Para facturas 2016 en AT 2017 (present

Resolutivo

Se declaró prescrita la acción para facturas 2015. Se confirmó parcialmente el Acta de Denuncia por infracciones artículo 97 N°4 incisos 1° y 2° del Código Tributario respecto a crédito fiscal IVA y solo inciso 1° respecto a débito fiscal. Se impuso multa de $16.426.253 equivalente al 100% del monto defraudado actualizado a septiembre 2022.

Texto del fallo

Lpp

“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

MIRANDA”

Rol · solo Pro

RUC N° Rol · solo Pro

En Providencia, a veintinueve de septiembre de dos mil veintidós.

VISTOS:

A fs. 4, Acta Denuncia N°3 , de 17.06.19, emitida por el Servicio de Impuestos

Internos, XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur , Rut N°60.803.408 -0, representado legalmente por doña Margarita León Díaz , Directora Regional (s) de la XVI Dirección Regional Sur según Resolución Ex. RA N° 246/510/2019, ambos domiciliados en calle Ramón Subercaseaux N°1273, Comuna de San Miguel, en relación a la contribuyente doña GUILLERMINA ANDREA CONCHA MIRANDA , Rut. N° [RUT reservado], venta de máquinas de ejercicios , domiciliada en calle Máximo Valdés Fontecilla N° 750, comuna de Pirque, representada por don Marcos Carreño Escobar, abogado, RUT N° [RUT reservado], por infracción al artículo 97 N°4 incisos primero y segundo del Código Tributario.

Rolan en autos, A fs. 1 a 23, Comprobante de distribución de causas; Comprobante de físico no escaneable; Acta Denuncia N°3, de 17.06.19 ; y documentos adjuntos, consistentes en: acta de notificación; Dos copias de Acta Denuncia N°3, de 17.06.19 ; Informe C. 8: N° 24 de fecha 04.02.2019; Reservado DJU 16.000 N° 4 de fecha 26.06.2019; una serie de documentos agregados a los autos como documentos físicos no escaneables, contenidos en una carpeta azul, según se detalla: Cartilla SIIC de la denunciada; acta de recepción de documentos entre otras actuaciones del proceso de fiscalización; Declaraciones juradas de la denunciada, prestada ante el S.I.I.; giros por diferencias de impuestos; Liquidación Nos 1241 a 1248, emitida en contra de la denunciada con fecha 28.08.2018; Informe N° 8 de fecha 28.08.2018, referente a Votkinsk SPA; declaración jurada prestada por don Mario Olivares Carrasco, con fecha 01.10.2018; copia de facturas impugnadas; Formularios 29 y 22 de la denunciada correspondiente a los períodos

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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